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DECÁLOGO DE LA
ATENCIÓN SANITARIA A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
por
CERMI / INSALUD
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La salud y el derecho a una
asistencia sanitaria eficaz y satisfactoria es un elemento esencial de las
sociedades democráticas avanzadas, pues es un presupuesto esencial para el
desarrollo de los demás derechos que tiene reconocidos los ciudadanos para
alcanzar una vida social plena y participativa. Las personas con
discapacidad no son enfermos, son unos ciudadanos más que en el ámbito de
la salud y de la asistencia sanitaria pueden presentar singularidades y
especialidades que el sistema de salud tiene que atender y dar respuesta.
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Con la Encuesta de
Deficiencias, Discapacidades y Estado de Salud (EDDES) de 1999, y en fase
de desarrollo aún, se dispone de una información suficiente y exhaustiva
sobre los estados de salud de los ciudadanos españoles en su relación con
la discapacidad que habrá que explotar adecuadamente y conectar con las
administraciones públicas. Se recomienda la difusión masiva de esta
información entre los planificadores sanitarios y los profesionales de
este ámbito.
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Las personas con discapacidad,
tanto globalmente consideradas como atendiendo al tipo específico de
discapacidad, presentan una serie de singularidades que tienen que ser
tenidas en cuenta por el sistema de salud dentro del marco global de los
principios que inspiran a éste: universalidad, gratuidad, calidad y
atención a la diversidad. España dispone de un sistema sanitario que ha de
ser considerado como un valor social irrenunciable que para alcanzar
mayores cotas de equidad y satisfacción social ha de atender las
particularidades asociadas a grupos de población específicos, como es el
caso de las personas con discapacidad.
En materia de prevención de la
discapacidad es fundamental promover el diagnóstico precoz de posibles
discapacidades, así como sus posibilidades terapéuticas.
Se considera muy importante
desde las distintas discapacidades una revisión profunda del catálogo
ortoprotésico, a fin de optimizar y normalizar la vida del discapacitado y
de su entorno. Asimismo, habría que reconsiderar la financiación pública de
ciertos medicamentos útiles y necesarios para el colectivo que antaño fueron
financiados por el sistema público y hoy día han de correr a cargo del
propio discapacitado.
Determinados tipos de
discapacidad reclaman un tratamiento intenso en términos de recursos y
programas de acción y atención a fin de ir resolviendo situaciones de una
enorme gravedad y complejidad. Aspectos de salud, a título meramente
enunciativo, como la prevención y detección precoz de la sordera infantil;
la aproximación a la realidad del autismo o del síndrome de down, así como
las cuestiones conexas que en materia de salud presenta la discapacidad
psíquica (asistencia sanitaria bucodental), requieren de planes enérgicos de
las autoridades sanitarias, dotados humana y financieramente para atajar la
situación de desventaja de la que parten.
La enfermedad mental requiere
específicamente una acción intensa y efectiva por parte del sistema de salud
y del sistema de servicios sociales para vencer los graves problemas por los
que atraviesa actualmente.
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La concepción y planificación
de la atención sanitaria en términos de atención interna a la diversidad
supone un valor añadido para el sistema sanitario en su conjunto, pues al
dar respuesta a las necesidades y demandas más específicas se beneficia,
por extensión, a todo el universo de ciudadanos.
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La accesibilidad entendida en
sentido amplio y el diseño para todos son principios que han de informar
toda la acción de las autoridades sanitarias a la hora de concebir,
planificar y poner en práctica instalaciones, dependencias, servicios y
prestaciones. La planificación en términos de accesibilidad global no ha
de ser entendida como un gasto sino como una inversión que humaniza y hace
más grato el ámbito sanitario, al tiempo que permite no sólo atender a las
personas que presentan alguna diferencia, sino mejorar la atención global
de todos los usuarios. En esta esfera de la accesibilidad, las personas
sordas padecen especiales problemas, al no responder el sistema de salud a
sus necesidades de comunicación a través de su lengua propia. Es necesario
avanzar en el reconocimiento de la lengua de signos y en la extensión de
servicios de intérpretes en los centros sanitarios, así como llevar a cabo
otras medidas de carácter técnico que faciliten la comunicación y la
información.
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Los profesionales sanitarios
han de conocer directamente la realidad de las personas con discapacidad y
de sus distintas tipologías, para que el servicio que reciben estos
usuarios sea prestado en condiciones óptimas. La discapacidad ha de formar
parte de los planes de estudio de los profesionales sanitarios, tanto en
su etapa de formación como posteriormente en la fase de formación
continuada. Las personas con discapacidad han de ser tratadas con
naturalidad y normalidad, pues antes que la circunstancia de la
discapacidad, que ha de ser vista como una circunstancia más, son unos
usuarios entre otros más del sistema sanitario.
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El derecho a la salud en
igualdad de condiciones y en términos de equidad territorial, eliminando
las diferencias regionales o autonómicas existentes actualmente y
exigiendo un protocolo de mínimos a las distintas Comunidades Autónomas,
no se materializa sólo con la asistencia sanitaria, es imprescindible que
exista un modelo de atención sociosanitaria íntegra y global que tenga en
cuenta y armonice los aspectos médicos y los aspectos sociales. Los
principios que rigen le sistema de salud, y que hemos enunciado en el
punto 3 han de extenderse y aplicarse al sistema de servicios sociales
para que el derecho a la salud no sea una realidad incompleta.
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Las instituciones sanitarias,
en relación con las personas con discapacidad, tienen más virtualidades
que las puramente de salud, siendo factores propicios para la generación
de empleo directo e indirecto. Las instituciones sanitarias han de
cumplir rigurosamente las reservas de empleo para discapacitados
establecidas legalmente y han de favorecer con mecanismos de preferencia
la contratación de productos, bienes y servicios de empresas de que
integren a discapacitados.
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Las personas con discapacidad
no pueden ser consideradas como meros sujetos pasivos que reciben una
atención y unos servicios por parte de las instituciones sanitarias. Las
personas con discapacidad a través de sus organizaciones representativas
han de ser consultadas y tenidas en cuenta a la hora de planificar y
administrar los recursos del sistema de salud.
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La atención en términos de
satisfacción a las personas con discapacidad por parte del sistema de
salud ha de constituir un indicador de calidad del propio sistema. A mayor
atención a la diversidad, mayor calidad tendrá el sistema.
Madrid, 28 de
noviembre de 2001.
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