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Normativa internacional sobre libertad religiosa |
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Las Constituciones de Africa y la libertad religiosa |
(1990)
Título I
Principios fundamentales
Capítulo I
La República
Artículo 9
1. La República de Mozambique es un Estado laico.
2. La actuación de la instituciones religiosas se conformará a las leyes del Estado.
3. El Estado valora las actividades de las confesiones religiosas dirigidas a promover un clima de entendimiento y tolerancia social y a reforzar la unidad nacional.
Título II
Derechos, deberes y libertades fundamentales
Artículo 66
Todos los ciudadanos son iguales ante la ley, disfrutarán de los mismos derechos y serán objeto de los mismos deberes, con independencia de su color, raza, sexo, origen étnico, lugar de nacimiento, religión, grado de instrucción, posición social, estado civil de los padres o profesión.
Artículo 69
Todos los actos dirigidos a atentar contra la unidad nacional, perjudicar la armonía social, crear divisiones, situaciones de privilegio o discriminación basadas en el color, la raza, el sexo, el origen étnico, el lugar de nacimiento, la religión, el grado de instrucción, la posición social, la condición física o mental, el estado civil de los padres o la profesión, serán sancionados con arreglo a la ley.
Capítulo II
Derechos, deberes y libertades
Artículo 78