Aprobada por el Honorable Consejo Directivo de la Facultad de Odontología de
la Universidad Nacional de Tucumán el 13 de abril de 2000
Expediente No: 88275-2000
Resolución No: 258-2000
Artículo 1º- Aprobar las siguientes condiciones de regularidad de la
asignatura ¨Clínica de Prótesis¨ 2º curso, perteneciente al año académico
2000
El plan de regularidad constará de dos (2) ciclos:
-PROTESIS PARCIAL REMOVIBLE:
Clases teóricas: A partir de este año se dictarán durante los meses de
abril y mayo de 14 a 16 horas hasta completarlos y, para que luego el
alumno rinda un examen parcial deberá aprobar para poder luego comenzar con los
trabajos prácticos. tendrá derecho a una (1) recuperación, que en caso de no
aprobar no podrá continuar cursando la materia
Trabajos prácticos: Una vez aprobados los exámenes parciales
correspondientes a este ciclo se llevará a cabo un período de adiestramiento,
que el alumno deberá realizar para luego continuar con los trabajos prácticos.
Los horarios de los trabajos prácticos se extenderán desde las 15 a las 18
horas. estos trabajos prácticos consistirán en una (1) Prótesis parcial
removible dentosoportada y una (1) prótesis parcial removible
dentomucosoportable.
PROTESIS PARCIAL FIFA:
Clases teóricas: Se dictarán de 14 a 15 horas. Al finalizar los mismos el
alumno deberá aprobar un (1) examen parcial para poder iniciar los trabajos
prácticos respectivos, teniendo derecho a una (1) recuperación.
Trabajos prácticos: Se realizarán de 15 a 18 horas y consistirán en:
Un (1) perno muñon colado en el sector anterior con su correspondiente
corona provisoria, Un (1) Perno muñon preformado en el sector posterior con su
correspondiente corona provisoria, Una(1) corona definitiva anterior y una
corona definitiva posterior.
El alumno deberá tener una asistencia del setenta por ciento (70%) de los
trabajos prácticos y el cien por ciento (100) de los trabajos prácticos
aprobados.
El alumno deberá respetar las fechas topes establecidas por la Cátedra y
oportunamente comunicadas, para iniciar y finalizar los trabajos prácticos.
Las inasistencias a los trabajos prácticos deberán justificarse mediante
certificados expedidos por Servicio Medico para Estudiantes de la Universidad
Nacional de Tucumán y hasta cuarenta y ocho (48) horas después de las
mismas.
Artículo 2º- Comuníquese, regístrese y archívese.