C. de Regularidad
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Odontología de Tucumán

 

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Aprobada por el Honorable Consejo Directivo de la Facultad de Odontología de la Universidad Nacional de Tucumán el 13 de abril de 2000

Expediente No: 88275-2000

Resolución No: 258-2000

Artículo 1º- Aprobar las siguientes condiciones de regularidad de la asignatura ¨Clínica de Prótesis¨ 2º curso, perteneciente al año académico 2000

El plan de regularidad constará de  dos (2) ciclos:

-PROTESIS PARCIAL REMOVIBLE:

Clases teóricas: A partir de este año se dictarán durante los meses de abril y mayo de 14 a 16 horas hasta completarlos y, para que  luego el alumno rinda un examen parcial deberá aprobar para poder luego comenzar con los trabajos prácticos. tendrá derecho a una (1) recuperación, que en caso de no aprobar no podrá continuar cursando la materia

Trabajos prácticos: Una vez aprobados los exámenes parciales correspondientes a este ciclo se llevará a cabo un período de adiestramiento, que el alumno deberá realizar para luego continuar con los trabajos prácticos. Los horarios de los trabajos prácticos se extenderán desde las 15 a las 18 horas. estos trabajos prácticos consistirán en una (1) Prótesis parcial removible dentosoportada y una (1) prótesis  parcial removible dentomucosoportable.

PROTESIS PARCIAL FIFA:

Clases teóricas: Se dictarán de 14 a 15 horas. Al finalizar los mismos el alumno deberá aprobar un (1) examen parcial para poder iniciar los trabajos prácticos respectivos, teniendo derecho a una (1) recuperación.

Trabajos prácticos: Se realizarán de 15 a 18 horas y consistirán en:

Un (1) perno muñon colado en el sector anterior con su correspondiente corona provisoria, Un (1) Perno muñon preformado en el sector posterior con su correspondiente corona provisoria, Una(1) corona definitiva anterior y una corona definitiva posterior.

El alumno deberá tener una asistencia del setenta por ciento (70%) de los trabajos prácticos y el cien por ciento (100) de los trabajos prácticos aprobados.

El alumno deberá respetar las fechas topes establecidas por la Cátedra y oportunamente comunicadas, para iniciar y finalizar los trabajos prácticos.

Las inasistencias a los trabajos prácticos deberán justificarse mediante certificados expedidos por Servicio Medico para Estudiantes de la Universidad Nacional de Tucumán y hasta cuarenta y ocho (48) horas después  de las mismas.

Artículo 2º- Comuníquese, regístrese y archívese. 

 

Diseño y publicación: Luis Francisco Sugrañes

Email: [email protected]

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