PROYECTO DE
ESTATUTOS
APROBADO POR LA COMISION
ORGANIZADORA NACIONAL
PARTIDO
DE LOS COMUNISTAS
MEXICANOS
proyecto de estatutos
PRESENTACION
La vida interna
del Partido de los Comunistas Mexicanos se norma
esencialmente por el hecho singular de que todos
sus miembros compartimos el
elevado propósito de luchar por una nueva
democracia basada en la propiedad
social de los medios de la produccion, todos los
miembros del Partido de los
Comunistas Mexicanos compartimos el ideal de llevar
a la clase trabajadora al
poder para construir en México
una sociedad que oponga a la lógica del
dinero y el capital, la lógica del humanismo
y la racionalidad; y que sustituya
,en consecuencia, a la sociedad basada en la explotación
de unos hombres por
otros, por aquella que, respetando las diferencias
individuales permita que cada
quien,de acuerdo su trabajo , tenga acceso
a los bienes materiales que le
permitan una vida digna y confortable; una sociedad
en la que la pobreza, la
insalubridad, la miseria y las injusticias sociales
serán cosa del pasado.
Un Partido basado en estos elevados
propósitos, no requiere de una abundante
reglamentacion, sino más bien de la normatividad
mínima que delimite las
funciones de sus órganos de gobierno, a
la vez que reglamente la convivencia
fraternal de los integrantes del Partido.
Los presentes Estatutos
contienen esas normas mínimas para reglamentar la
vida interna.
CAPITULO I
DATOS BASICOS SOBRE EL PARTIDO.
1.- El Nombre:
Partido de los Comunistas
Mexicanos
2.- El Lema:
Por una Nueva Democracia
Socialista.
3.- El Emblema:
Tomando como fondo una
bandera roja, el emblema se compone de la siguiente
manera: Una hoz y un martillo de
color amarillo con bordes negros, insertado
en una composición de
globo terráqueo del mismo color el que en la parte
izquierda lleva escritas en
forma vertical y resaltadas las letras PCM
de color blanco, matizado con amarillo tenue
con bordes negros , sobre una
figura de los meridianos y paralelos
terestres; todo esto sobre un fondo
en el cual aparece el mapa de
México en color amarillo.
CAPITULO II
COMPOSICION Y FORMAS DE INGRESO AL PARTIDO
4.- Composición:
El Partido de los
Comunistas Mexicanos es un partido democrático y de
clase, integrado básicamente
por obreros y trabajadores de todas las ramas
de la producción y los servicios,
por profesionistas, científicos, académicos
y artistas, por pequeños y medianos
empresarios, por estudiantes, por
campesinos , y en general por hombres
y mujeres , que tienen el propósito de
llevar a la clase trabajadora al poder, desplazando
a la burguesía, para
construir una sociedad de productores
libres, y por el establecimiento de una
nueva democracia socialista que sea
el medio para un nuevo humanismo, en el
cual la explotación de unos hombres
por otros desaparecerá para siempre, y
el centro de su existencia será el
bienestar material y espiritual de todos
los seres humanos.
5.- Ingreso:
Se ingresa al Partido
de los Comunistas Mexicanos en forma libre,
voluntaria e individual; sin más requisito
que el de ser Mexicano que acepta
luchar por una nueva democracia socialista , hace
suyo el Programa permanente
del Partido y por lo tanto acepta también
las reglas y normas de la vida
partidaria expresadas en el presente
estatuto. Por lo que cada miembro, un
vez transcurrida una etapa necesaria de reconocimiento
acerca de la estructura
partidaria, deberá escoger
el colectivo de trabajo político en el cual va
militar.
CAPITULO III
LA ESTRUCTURA INTERNA DEL PARTIDO
6.- La Estructura de todo el partido tiene como
base a los COLECTIVOS DE TRABAJO
POLITICO, los cuáles son los organismos
donde se forman los cuadros políticos
del partido y constituyen la forma basica de la
militancia en él; son
organismos autónomos de discusión,
de diseño y ejecución de planes y proyectos
de trabajo político entre los diferentes
estamentos de la sociedad, y en las
diferentes organizaciones sociales de los trabajadores;
tienen el objetivo
concreto de llevar las ideas del partido a toda
la sociedad, hacer crecer al
partido, penetrar con las ideas del partido
en ellos, y contribuir a la
mejor consecución de los objetivos de clase
de los trabajadores; así como para
realizar tareas internas de organización
y fortalecimiento del partido. Los
COLECTIVOS DE TRABAJO POLITICO tienen absoluta
autonomía creativa , y solo
podrán ser reconvenidos por el colectivo
de dirección municipal cuando sus
acciones contravengan la política general
, estatal o municipal del Partido.
7.- LOS COLECTIVOS DE TRABAJO POLITICO coordinan
sus actividades con el
Colectivo de Dirección Municipal correspondiente,
pueden integrarse en cada
municipio con un mínimo de tres miembros
y en atención a sus propias
particularidades demográficas, geográficas
y socioeconómicas; los colectivos de
trabajo politico se podran integrar para fotalecer
y contribuir a un mejor
desarrollo de la vida interna del partido,
tales como finanzas, organizacion,
prensa, propaganda, etc. Asi como para atender
tareas relativas a la vida
exterior del partido, particularmente para
organizar a la clase trabajadora en
sus diversas ramas productivas; de tal forma que
se podran formar colectivos de
trabajo politico en la clase obrera, en la clase
campesina, en las mujeres, en
la juventud, en los estudiantes, en los intelectuales,etc;
El Colectivo
Municipal de Direccion vigilara de forma que el
surgimientode los colectivos
atiendan ala realizacion de tareas
concretas de crecimiento,y fortalecimiento
del Partido en esos sectores de la clase trabajadora.
7.- La estructura general del partido es la
siguiente, de abajo hacia arriba:
1.- Colectivo de Trabajo Político ( base
)
2.- Colectivo de Dirección Municipal.
3.- Colectivo de Dirección Estatal.
COORDINADORA DE RESOLUCIONES ESPECIALES
4.- Colectivo de Dirección Nacional.
5.- Consejo Nacional.
6.- Congreso del Partido.
Entre el Consejo Nacional
y los colectivos de Trabajo Político existe
además un organismo denominado COORDINADORA
DE RESOLUCIONES ESPECIALES cuya
única función es la de atender, examinar
y resolver sobre las demandas de los
miembros o de los colectivos de trabajo político,
de dirección municipal y de
dirección estatal, que acudan a él
en reclamo de rectificación de medidas que
atenten contra sus derechos dictadas por organismos
superiores. Estableciendose
que mientras se este en proceso de resolucion,
se suspenden las acciones en
contra del compañero o del organismo que
haya demandado la participacion de la
Coordinadora de resoluciones especiales.
8.- Integración del Congreso Nacional.- El
Congreso Nacional es la autoridad
máxima del Partido, se reune cada tres años,
y se integra por delegados de los
COLECTIVOS DE TRABAJO POLITICO electos democráticamente
en reuniones convocadas
para tal fin, en donde se elige un delegado si
el COLECTIVO DE TRABAJO POLITICO
tiene hasta tres miembros ; dos delegados , si
tiene hasta seis miembros;
tres si tiene entre seis y 12 miembros y
cuatro si tiene más de doce miembros;
sus facultades son:
a) Examinar la situación internacional y
nacional; así como para resolver
la vida
interna del partido.
b) Modificar los estatutos y emitir
resoluciones sobre la
vida interna.
c) Elegir a la parte que le corresponde
del Consejo Nacional.
9.- El Consejo Nacional se elige cada tres
años, y se integra hasta por 96
miembros; 64 de ellos,( dos por entidad)
son electos en elecciones
democráticas estatales en las que participa
con voto directo y secreto,
convocada por una comisión Estatal electa
también democráticamente para tal fin,
toda la base del partido ; los 32 restantes
son electos democráticamente en el
Congreso Nacional, también por voto directo
y secreto de los delegados . En
ningún caso podrá haber más
de 5 miembros de una sola entidad en el Consejo
Nacional; el Consejo Nacional se reuna cada tres
meses y sus facultades son:
a) Elegir de entre sus miembros a los integrantes
del Colectivo Nacional de
Dirección
b) Analizar, discutir y resolver sobre cuestiones
de la vida internacional,
nacional o local;
c) Dar los lineamientos generales para que los resolutivos
del Congreso Nacional
sean llevados a la práctica.
d) Evaluar en cada reunión el trabajo
del Colectivo Nacional de Dirección, y
reestructurarlo de ser necesario.
10.- El Colectivo Nacional de Dirección ,se
integra hasta con 15 miembros,
electos por el Consejo Nacional en votación
directa, universal y secreta de sus
integrantes. Para ser miembro del Colectivo Nacional
de Dirección debe
pertenecerse al Consejo Nacional. El Colectivo
Nacional de Dirección se elige
cada dos años por el Consejo Nacional. La
vida interna del Colectivo de
direccion Nacional y de todos los colectivos de
direccion estatal , municipal o
de trabajajo politico sera normada por el principio
de la DIRECCION COLECTIVA;
por lo que se establece el cargo de Coordinador,
el cual deberan ocupar todos
los miembros del colectivo de direccion en durante
el tiempo que
igualitariamente les corresponda. Es obligación
del Colectivo Nacional de
Dirección dirigir de la mejor manera posible
la vida del partido en los periodos
que le corresponde actuar; lo mismo que rendir
un informe de sus actividades al
Consejo Nacional, en los aspectos político,
administrativo y financiero.
11.- Los Colectivos de Dirección Estatales
y Municipales se integran hasta con
9 miembros , y se eligen en procesos electorales
de su respectiva
circunscripción en los que participan todos
los miembros de la base del partido,
en votación universal, directa y secreta;
para lo cual debe integrarse, una
Comisión Estatal o Municipal Electoral en
la que deberá participar un miembro
del Colectivo de Dirección Nacional y cuatro
miembros de la base del partido;
esta Comisión Electoral deberá ser
electa democráticamente y también en votación
directa y secreta, en una reunión
estatal o municipal convocada para tal fin.
Las funciones de la Comisión Estatal o Municipal
Electoral son las de dirigir y
llevar a cabo todo el proceso electoral correspondiente.
12.- El Colectivo de Resoluciones Especiales se
integra con 9 miembros que no
sean miembros del Colectivo Nacional de Dirección;
y pueden o no ser miembros
del Consejo Nacional; sus integrantes son electos
por el Consejo Nacional y
deben cubrir el siguiente perfil:
a) Ser miembros destacados por su honestidad, y probada militancia.
b) No pertenecer al Colectivo Nacional de Dirección
c) Ser de preferencia fundador o una antiguedad
superior a la media de
los integrantes
del partido .
CAPITULO IV
DE LA DEMOCRACIA INTERNA
13.- La democracia es el principal fundamento de
las relaciones internas y de la
vida partidaria; su práctica diaria y permanente
es la forma de existencia del
partido. Concebimos la democracia como la decisión
de la mayoría.
Todas las decisiones del partido deberan
adoptarse siguiendo un proceso de
discusion y analisis de la base hacia los organos
superiores de direccion,
evitando prácticas cupulares y centralistas.
Cuando excepcionalmente , y por
urgencias que determinen las circunstancias, lo
organos superiores tomen
resoluciones sin seguir este proceso,
en caso de así solicitarse, deben ser
tambien llevados a los organos inferiores para
su analisis y discusion, a fin
deque se sugieran modificaciones y una vez seguido
este proceso, seran
obligatorios para todos.
CAPITULO V
DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS.
14.-Son derechos de los miembros del Partido:
a) Participar libre y democráticamente en
todos los eventos del Partido de
acuerdo a su cargo o jerarquía.
b) Elegir y ser electo para cualesquiera de los
cargos de Dirección o de
Estructura partidaria; así como para
cumplir cualquier otra tarea.
c) Renunciar a su militancia partidaria.
d) Solicitar la intervencion de la Coordinadora
de Resoluciones Especiales
cuando lo considere necesario.
15.-Son Deberes de los miembros del Partido:
a) Militar encuadrado en un COLECTIVO DE TRABAJO POLITICO.
b) Contribuir al sostenimiento económico
del partido de acuerdo a la cuotización
que libremente se fije en su colectivo de trabajo
político.
c) Cumplir las tareas que le sean asignadas por
su colectivo de trabajo
político o por otros organos superiores
de dirección.
16.- LA ORGANIZACION JUVENIL.- Los jóvenes
mayores de 14 años y que ingresen a
nuestra lucha lo harán a través
de la organización juvenil del partido,
denominada Liga Juvenil Comunista , la cual
tiene las mismas facultades y
deberes que los colectivos de trabajo político.
Si un miembro de nuevo ingreso
tiene una edad menor a 18 años deberá
ingresar a la LJC ; y si tiene entre 18 y
21 años podrá optar por ingresar
a la organización juvenil o ingresar
directamente al partido; si su edad es superior
a los 21 años deberá ingresar
directamente al partido.