Ambito laboral

El VIH/SIDA no comporta ningún riesgo laboral por tanto no deberían exigirte la prueba del VIH al formalizar un contrato de trabajo.

El VIH/SIDA no es causa legal de despido y hacerlo supone una discriminación.

Las recomendaciones de los organismos internacionales, en este sentido, son múltiples y contundentes. Sin embargo, por ahora, no existe una legislación al respecto que prohiba la realización de la prueba del SIDA para acceder a un puesto de trabajo o que sancione a quien lo hace o a quien ponga trabas para dar trabajo a una persona con VIH/SIDA.

En caso de que tengas que solicitar una baja laboral, en ésta sólo es necesario que conste la enfermedad concreta que tengas en ese momento, por ejemplo: fiebre, diarrea, herpes etc. No es necesario que conste VIH o SIDA. No tienes que informar a tu empresa sobre tu situación con respecto al VIH/SIDA.

Si tuvieras algún problema puedes dirigirte al sindicato, a una Asociación o Comisión Ciudadana AntiSIDA o consultar con un abogado.


Accidentes en el trabajo

En caso de accidentes menores, como pequeñas heridas, cortaduras..., basta con que las desinfectes y cubras con una tirita hasta que se curen.


Historia - Esencia - Direcciones - Desaparecidos - Sida

Hosted by www.Geocities.ws

1