PRINCIPIOS CRUZ ROJA INTERNACIONAL

La XX Conferencia Internacional de la Cruz Roja proclamó los siete principios fundamentales siguientes:

Humanidad: La Cruz Roja, a la que ha dado nacimiento la preocupación de prestar auxilio, sin discriminación, a todos loa heridos en los campos de batalla, se esfuerza, bajo su aspecto internacional y nacional, en prevenir y aliviar el sufrimiento de los hombres en todas las circunstancias. Tiende a proteger la vida y la salud, así como a hacer respetar a la persona humana. Favorece la comprensión mutua, la amistad, la cooperación y una paz duradera entre todos los pueblos.

Imparcialidad: La Cruz Roja no hace ninguna distinción de nacionalidad, raza, religión, condición social o credo político. Se dedica únicamente a socorrer a los individuos en proporción con los sufrimientos, remediando sus necesidades y dando prioridad a las más urgentes.

Neutralidad: Con el fin de conservar la confianza de todos, se abstiene de tomar parte en las hostilidades y, en todo tiempo, en las controversias de orden político, racial, religioso o filosófico.

Independencia: La Cruz Roja es independiente. Auxiliares de los poderes públicos en sus actividades humanitarias y sometidas a las leyes que rigen los países respectivos, las Sociedades Nacionales deben, sin embargo, conservar una autonomía que les permita actuar siempre de acuerdo con los principios de la Cruz Roja.

Voluntariado: La Cruz Roja es una institución de socorro voluntaria y desinteresada.

Unidad: En cada país sólo puede existir una sola Sociedad de la Cruz Roja; ésta debe ser accesible a todos y extender su acción humanitaria a la totalidad del territorio.

Universalidad: La Cruz Roja es una institución universal, en cuyo seno todas las Sociedades tienen los mismos derechos y el deber de ayudarse mutuamente.

 

DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO

El Derecho Internacional Humanitario son todas las disposiciones jurídicas internacionales, escritas o consuetudinarias, que garantizan el respeto a la persona humana en caso de conflicto armado. Procede, inspirándose en el sentimiento de humanidad, del principio de que los beligerantes no deben causar a su adversario males sin proporción con el objetivo de la guerra, que es destruir o debilitar el potencial militar del enemigo.

El derecho internacional humanitario está integrado por el <<derecho de Ginebra>>, que tiende a salvaguardar a los militares fuera de combate y a las personas que no participan en las hostilidades, y por el <<derecho de La Haya<<, que fija los derechos y deberes de los beligerantes en la conducción de las operaciones y limita la elección de los medios para dañar.

En el documento titulado <<Normas fundamentales del derecho internacional humanitario>>, se resume lo esencial de ese derecho. El texto fue concebido de la manera más sencilla y breve posible.

Esas reglas no tienen la autoridad de un instrumento jurídico internacional y no pretenden, en absoluto, reemplazar los tratados en vigor. Este texto tiene la única finalidad de facilitar la difusión del derecho internacional humanitario.

Normas fundamentales del derecho internacional humanitario aplicables en los conflictos armados

  1. Las personas fuera de combate y quienes no participen directamente en las hostilidades tienen derecho a que se les respeten la vida, la integridad física y moral. Serán protegidas y tratadas, en toda circunstancia con humanidad, sin ninguna distinción de carácter desfavorable.
  2. Está prohibido matar o herir a un adversario que se rinda o que esté fuera de combate.
  3. Los heridos y los enfermos serán recogidos y asistidos por la Parte en conflicto que los tenga en su poder. Esta protección se extiende asimismo, al personal sanitario, a los establecimientos, a los medios de transporte y al material sanitario. El emblema de la Cruz Roja (de la media luna roja, del león y sol rojos) es el signo de esta protección y ha de ser siempre respetado.
  4. Los combatientes capturados y las personas civiles que estén bajo autoridad de la Parte adversa tienen derecho a que se les respeten la vida, la dignidad, los derechos personales y las convicciones. Serán protegidos contra todo acto de violencia y de represalias. Tendrán derecho a intercambiar noticias con sus familiares y a recibir socorros.
  5. Cada persona se beneficiará de las garantías judiciales fundamentales. A nadie se considerará responsable de una acto que no haya cometido. Nadie será sometido a la tortura física o mental, ni a castigos corporales o a tratos crueles o degradantes.
  6. Las partes en conflicto y los miembros de sus fuerzas armadas tienen un derecho ilimitado por lo que respecta a la elección de métodos y de los medios de guerra. E prohibe emplear armas y métodos de guerra que puedan causar pérdidas inútiles o sufrimientos excesivos.
  7. Las partes en conflicto harán siempre la distinción entre la población civil y los combatientes, protegiendo a la población civil y los bienes civiles. Ni la población civil, como tal, ni las personas civiles serán objeto de ataques. Los ataques se dirigirán sólo contra los objetivos militares.

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