Volver al índice de legislación
Tabla con las homologaciones de especialidades médicas en europa
Real
Decreto 326/2000, de 3 de marzo, por el que se modifican los anexos del Real
Decreto 1691/1989, de 29 de diciembre, modificado por el Real Decreto 2072/1995,
de 22 de diciembre, incorporándose al ordenamiento jurídico español las
directivas 98/21/CE, de 8 de abril; 98/63/CE, de 3 de septiembre, y 1999/46/CE,
de 21 de mayo, de la comisión, destinadas a facilitar la libre circulación de
los médicos y el reconocimiento mutuo de sus diplomas, certificados y otros títulos.
Mediante real
decreto 1691/1989, de 29 de diciembre, se incorporaron al ordenamiento
interno español las Directivas 75/362/CEE, 81/1057/CEE y 75/363/CEE. Tales
directivas y sus modificaciones parciales fueron refundidas mediante la
directiva 93/16/CEE, cuya transposición dio lugar a que se dictara el real
decreto 2072/1995, de 22 de diciembre, por el que se modificó parcialmente el
Real Decreto 1691/1989.
Con
posterioridad, las instituciones comunitarias han ido publicando las Directivas
97/50/CE, de 6 de octubre ; 98/21/CE, de 8 de abril; 98/63/CE, de 3 de
septiembre, y 1999/46/CE, de 21 de mayo, cuya finalidad ha sido la de modificar
la directiva 93/16/CEE, del consejo, de 5 de abril, destinada a facilitar la
libre circulación de los médicos y el reconocimiento mutuo de sus diplomas,
certificados y otros títulos.
La Directiva
97/50/CE tiene por objeto agilizar el procedimiento para modificar las listas de
las denominaciones de los títulos de médico y de médico especialista y la
duración mínima de las formaciones previstas. Tal modificación se refiere a
un procedimiento que atañe a la propia comisión, por lo que no resulta
necesaria su incorporación al ordenamiento interno español.
Sí procede en
cambio la transposición de las otras tres directivas mencionadas. En lo que se
refiere a la directiva 98/63/CE, su incorporación se hace necesaria por cuanto
modifica denominaciones de determinadas especialidades médicas, recogidas unas
en el capítulo de las comunes a todos los estados miembros y otras en el capítulo
de las comunes a dos o más estados, incluida España. Introduce además esta
directiva en la lista de especialidades, entre otras, la correspondiente a
"Neurofisiología", incorporada a petición de varios estados
miembros, entre ellos España, para quien la denominación es
"Neurofisiología Clínica".
Es también
necesaria la incorporación de la Directiva 1999/46/CE, ya que, además de
modificar de nuevo denominaciones de determinadas especialidades comunes a todos
los estados miembros o comunes a dos o más estados entre los que se incluye
España, introduce para España e Italia la especialidad de "Medicina
Preventiva y Salud Pública".
Además suprime
del grupo de las comunes a dos o más estados las especialidades médicas de
"Radiodiagnóstico" y "Radioterapia" y las incluye en el
grupo de especialidades comunes a todos los estados miembros.
Por otra parte,
a consecuencia de la incorporación de la Directiva 1999/46/CE se hace necesaria
la transposición de la Directiva 98/21/CE. Esta última no había sido
incorporada al ordenamiento interno español puesto que hacía referencia a las
especialidades de "Medicina Preventiva y Salud Pública" y
"Medicina del Trabajo", que hasta el momento no estaban incluidas para
España en la directiva 93/16/CEE en el capítulo referido a títulos de médico
especialista comunes a dos o más estados miembros. Sin embargo, puesto que la
Directiva 1999/46/CE precisamente incluye para España la especialidad de
"medicina preventiva y salud pública", es necesaria también la
incorporación de la Directiva 98/21/CE en lo que afecta a esta especialidad.
A fin de
mantener en un texto único la lista de especialidades y para facilitar su
consulta, se considera conveniente modificar, actualizar y ampliar los anexos
del Real Decreto 1691/1989, de 29 de diciembre, modificado por el Real Decreto
2072/1995, de 22 de diciembre, habiendo sido consultados en la elaboración de
esta nueva disposición el Consejo Nacional de Especialidades Médicas, el
Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos y el Consejo General de
Colegios de Odontólogos y Estomatólogos.
En su virtud, a
propuesta de los Ministros de Educación y Cultura y de Sanidad y Consumo, de
acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros
en su reunión del día 3 de marzo de 2000,
D i s p o
n g o :
Artículo
único. Modificación del real decreto 1691/1989, de 29 de diciembre.
Se modifica el
real decreto 1691/1989, de 29 de diciembre (modificado por el real decreto
2072/1995, de 22 de diciembre), por el que se regula el reconocimiento de
diplomas, certificados y otros títulos de médico y médico especialista de los
estados miembros de la unión europea, el ejercicio efectivo del derecho de
establecimiento y la libre prestación de servicios, actualizando los anexos i,
ii, iii y iv y sustituyéndolos por los incluidos en el anexo del presente real
decreto.
En el citado
anexo, se incluyen las modificaciones establecidas por las directivas 98/21/ce,
de 8 de abril ; 98/63/ce, de 3 de septiembre, y 1999/46/ce, de 21 de mayo, de la
comisión.
Disposición
final única.
Entrada en vigor.
El presente real
decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
"boletín oficial del estado".
Dado en Madrid a
3 de marzo de 2000.
JUAN CARLOS R.
El
Vicepresidente Primero del Gobierno y Ministro de la Presidencia,
FRANCISCO ÁLVAREZ-CASCOS
FERNÁNDEZ
ANEXO
La nueva redacción
de los anexos del real decreto 1691/1989, de 29 de diciembre, modificado por el
real decreto 2072/1995, de 22 de diciembre, será la siguiente
Anexo i
Diplomas,
certificados y otros títulos médicos
En Bélgica:
"Diplome Légal
De Docteur En Médecine, Chirurgie Et Accouchements"/"wettelijk
diploma van doctor in de genees-, heel- en verloskunde" (diploma legal de
doctor en medicina), expedido por las facultades de medicina de las
universidades o por el tribunal central o los tribunales de estado de la enseñanza
universitaria.
En Dinamarca:
"Bevis For
Bestaet Laegevidenskabelig Embedseksamen" (diploma legal de médico),
expedido por la facultad de medicina de una universidad, así como "Dokumentation
For Gennemfort Praktisk Uddannelse" (certificado de prácticas), expedido
por las autoridades competentes de los servicios sanitarios.
En Alemania:
1.
"Zeugnis Über Die Ärztliche
Staatsprüfung" (certificado de examen de estado de médico), expedido por
las autoridades competentes, y "Zeugnis Über Die Vorbereitungszeit Als
Medizinalassistent" (certificado que acredita que se ha realizado el período
preparatorio como ayudante médico), en la medida en que la legislación alemana
establezca aún un período de ese tipo para completar la formación médica.
2.
"Zeugnis Über Die Ärztliche
Staatsprüfung" (certificado de examen de estado de médico), expedido por
las autoridades competentes después del 30 de junio de 1988, y el documento que
certifique el ejercicio de la actividad de médico durante un período de prácticas
("Arzt Im Praktikum").
En Francia:
1.
"Diplome D'etat De Docteur En Médecine"
(diploma de estado de doctor en medicina), expedido por las facultades de
medicina o las facultades mixtas de medicina y farmacia de las universidades o
por las universidades.
2.
"Diplome D'université De Docteur En
Médecine" (diploma de universidad de doctor en medicina), en la medida en
que éste acredite el mismo ciclo de formación que el previsto por el
"Diplome D'etat De Docteur En Médecine".
En Irlanda:
"Primary
Qualification" (certificado que acredita los conocimientos básicos),
expedido en irlanda tras la superación de un examen calificativo realizado ante
un tribunal competente, y un certificado referido a la experiencia adquirida,
expedido por el mismo tribunal, que autoricen la inscripción como "Fully
Registered Medical Practitioner" (médico generalista).
En Italia:
"Diploma Di
Laurea In Medicina E Chirurgia" (diploma de licenciado en medicina y cirugía),
expedido por la universidad y acompañado por el "Diploma Di Abilitazione
All'esercizio Della Medicina E Chirurgia" (diploma de habilitación para el
ejercicio de la medicina y de la cirugía), expedido por la comisión de examen
de estado.
En Luxemburgo:
"Diplome
D'etat De Docteur En Médecine, Chirurgie Et Accouchements" (diploma de
estado de doctor en medicina, cirugía y partos), expedido por el tribunal de
examen de estado y en el que figure el visto bueno del ministro de educación
nacional, y "certificado de prácticas" en el que figure el visto
bueno del ministro de salud pública.
En Los Países
Bajos:
"Universitair
Getuigschrift Van Arts" (certificado universitario de médico).
En El Reino
Unido:
"Primary
Qualification" (certificado que acredita los conocimientos básicos),
expedido en el reino unido tras la superación de un examen calificativo
referido a la experiencia, expedido por el mismo tribunal, que autoricen la
inscripción como "Fully Registered Medical Practitioner" (médico
general).
En Grecia:
"Pstvio
Iasqij'gy" (licenciatura en medicina) expedida por la facultad de medicina
de una universidad, o por la facultad de ciencias de la salud, departamento de
medicina de una universidad.
En Portugal:
"Carta De
Curso De Licenciatura Em Medicina" (diploma sancionando los estudios de
medicina), expedido por una universidad, así como el "Diploma Comprovativo
De Concluçao Do Internato Geral" (diploma sancionando el internado
general) expedido por las autoridades competentes del ministerio de la salud.
En Austria:
"Doktor Der
Gesamten Heilkunde" (diploma de licenciado en medicina) expedido por una
facultad universitaria de medicina, y "Diplom Über Die Spezifische
Ausbildung In Der Allgemeinmedizin" (diploma de formación de especialista
en medicina general), o "Facharztdiplom" (título de médico
especialista) extendido por la autoridad competente.
En Finlandia:
"Todistus Lääketieteen
Lisensiaatin Tutkinnosta/Bevis Om Medicine Licenciat Examen" (certificado
del grado de licenciado en medicina) extendido por una facultad universitaria de
medicina, y un certificado de formación práctica extendido por las autoridades
competentes en materia de salud pública.
En Islandia:
"Próf I
Lfra Lháskola Islands" (diploma de la facultad de medicina de la
universidad de islandia) y un certificado de formación práctica en un
hospital, de un mínimo de doce meses, extendido por el médico jefe.
En
Liechtenstein:
Los diplomas,
certificados y otros títulos expedidos en otro estado en que se aplique esta
directiva y que aparezca en la relación del presente artículo, junto con un
certificado sobre la formación práctica realizada, extendido por las
autoridades competentes.
En Noruega:
"Bevis For
Bestatt Medisinsk Embetseksamen" (diploma de grado de licenciado en
medicina) extendido por una facultad universitaria de medicina, y un certificado
de formación práctica extendido por las autoridades competentes en materia de
salud pública.
En Suecia:
"Läkarexamen"
(título universitario de medicina) expedido por una facultad universitaria de
medicina, y un certificado de formación práctica extendido por el comité
nacional de salud y bienestar.
Anexo ii
1. Diplomas,
certificados y otros títulos de médico especialista
En Bélgica:
"Le Titre
D'agrégation En Qualité De Médecin Spécialiste"/"Erkenningstitel
Van Geneesheer Specialist". (título de admisión en calidad de médico
especialista) expedido por el ministro que tenga la sanidad pública entre sus
atribuciones.
En Dinamarca:
"Bevis For
Tilladelse Til At Betegne Sig Som Speciallaege" (certificado que otorga el
título de médico especialista) expedido por las autoridades competentes de los
servicios sanitarios.
En Alemania:
"Erteilte
Fachärztliche Anerkennung" (certificado de especialización médica
expedido por los "Landesärztekammern" (colegio de médicos del Land).
En Francia:
1.
"Le Certificat D'études Spéciales
De Médecine" (certificado de estudios especiales de medicina), concedido
por la facultad de medicina, por las facultades mixtas de medicina y farmacia y
de las universidades o por las universidades.
2.
"L'attestation De Médecin Spécialiste
Qualifié" (certificado de médico especialista cualificado), expedido por
el colegio de médicos.
3.
"Le Certificat D'études Spéciales
De Médecine" (certificado de estudios especiales de medicina), expedido
por la facultad de medicina o las facultades mixtas de medicina y farmacia de
las universidades, o "l'attestation d'équivalence de ces certificats"
(certificación de equivalencia de estos certificados), expedida por orden del
ministro de educación nacional.
4.
"Le diplome d'études specialisées
de médecine" (diploma de estudios especializados de medicina), expedido
por las universidades.
En Irlanda:
"Certificate
Of Specialist Doctor" (diploma de médico especialista), expedido por la
autoridad competente facultada a tal fin por el ministro de salud pública.
En Italia:
"Diploma Di
Medico Specialista" (diploma de médico especialista) expedido por un
rector de universidad.
En Luxemburgo:
"Certificat
De Médecin Spécialiste" (certificado de médico especialista), expedido
por el ministro de salud pública, previo dictamen del colegio de médicos.
En Los Países
Bajos:
1.
"Afgegeven Getuigschrift Van
Erkenning En Inschrijving In Het Specialistenregister" [certificado de
admisión y de inscripción en el registro de especialistas, expedido por la
Specialisten-Registratiecommissie (Src) comisión de registro de especialistas].
2.
"Getuigschrift Van Erkenning En
Inschrijving In Het Register Van Sociaal-Geneeskundigen" (certificado de
admisión y de inscripción en el registro de médicos de medicina social
expedido por la "Sociaal -Geneeskundigen Registratie- Commissie (Sgrc)"
(comisión de registro de médicos de medicina social).
En El Reino
Unido:
"Certificate
Of Completion Of Specialist Training" (certificado de formación
especializada), expedido por la autoridad competente facultada a tal fin.
En Grecia:
"Siskoy
Iasqij'gy (título de especialización en medicina), expedido por las
prefecturas.
En Portugal:
1.
"Grau De Assistente" expedido
por las autoridades competentes del ministerio de la salud, o
2.
"Título De Especialista"
expedido por el colegio de médicos.
En Austria:
"Facharztdiplom"
(título de especialista médico) expedido por las autoridades competentes.
En Finlandia:
"Todistus
Erikoislääkarin Tutkinnosta/Betyg Över Specialläkarexamen" (certificado
de grado de especialista médico) expedido por las autoridades competentes.
En Islandia:
"Sérfr(título
de especialista médico) expedido por el ministerio de salud.
En
Liechtenstein:
Los diplomas,
certificados y otros títulos expedidos en otro estado en que se aplique esta
directiva y que aparezca en la relación del presente artículo, junto con un
certificado sobre la formación práctica realizada, extendido por las
autoridades competentes.
En Noruega:
"Bevis For
Tillatelse Til A Benytte Spesialisttittelen" (certificado del derecho de
usar el título de especialista) extendido por las autoridades competentes.
En Suecia:
"Bevis Om Specialistkompetens Som Läkare Utfärdat Av Socialstyrelsen" (certificado del derecho de usar el título de especialista) extendido por el comité nacional de salud y bienestar.
2.
Denominaciones en vigor en los estados miembros, correspondientes a las
formaciones especializadas
A) comunes a todos los estados miembros de la unión europea y a aquellos signatarios del acuerdo sobre el espacio económico europeo para los que se incluyan
1
Anestesia-Reanimación: Alemania: Anästhesiologie. Bélgica: Anesthésiologie/Anesthesiologie. Dinamarca:
Anaestesiologi. Francia: Anesthésiologie-Réanimation
Chirurgicale. Irlanda:
Anaesthetics. Italia:
Anestesia E Rianimazione. Luxemburgo:
Anesthésie-Réanimation. Países Bajos:
Anesthesiologie. Reino Unido:
Anaesthetics. Grecia:
Amairhgriolocia. España:
Anestesiología Y Reanimación. Portugal:
Anestesiologia. Austria: Anästhesiologie
Und Intensiv-Medizin. Finlandia:
Anestesiologia/Anestesiologi. Islandia: Sv Liechtenstein:
Anästhesiologie. Noruega:
Anestesiologi. Suecia: Anestesi
Och Intensivvard. 2 Cirugía
General: Alemania:
Chirurgie. Bélgica:
Chirurgie/Heelkunde. Dinamarca:
Kirurgi Eller Kirurgiske Sygdomme. Francia:
Chirurgie Générale. Irlanda: General
Surgery. Italia:
Chirurgia Generale. Luxemburgo:
Chirurgie Générale. Países Bajos:
Heelkunde. Reino Unido:
General Surgery. Grecia:
Xeiqotqcij'g. España: Cirugía
General y del Aparato Digestivo. Portugal:
Cirurgia Geral. Austria: Chirurgie. Finlandia: Kirurgia/Kirurgi. Islandia: Almennar Skuol Liechtenstein: Chirurgie. Noruega:
Generell Kirurgi. Suecia: Kirurgi. 3 Neurocirugía: Alemania:
Neurochirurgie. Bélgica:
Neurochirurgie/Neurochirurgie. Dinamarca:
Neurokirurgi Eller Kirurgiske Nervesygdomme. Francia:
Neurochirurgie. Irlanda:
Neurological Surgery. Italia:
Neurochirurgia. Luxemburgo:
Neurochirurgie. Países Bajos:
Neurochirurgie. Reino Unido:
Neurosurgery. Grecia:
Metqoveiqotcij'g. España:
Neurocirugía. Portugal:
Neurocirurgia. Austria:
Neurochirurgie. Finlandia: Neurokirurgia/Neurokirurgi. Islandia: Taugaskur-L Liechtenstein:
Neurochirurgie. Noruega:
Nevrokirurgi. Suecia:
Neurokirurgi. 4 Ginecología Y
Obstetricia: Alemania: Frauenheilkunde Und Geburtshilfe. Bélgica: Gynécologie-Obstétrique/Gynecologie-Verloskunde. Dinamarca:
Gynaecologi Og Obstetrik Eller Kwindesygdomme Of Fodselshj Francia: Gynécologie-Obstétrique. Irlanda: Obstetrics And Gynaecology. Italia:
Ginecologia E Ostetricia. Luxemburgo: Gynécologie-Obstétrique. Países Bajos:
Verloskunde En Gynaecology. Reino Unido:
Obstetrics And Gynaecology. Grecia:
Maietsij'g-Ctmaijokoc'ia. España:
Obstetricia Y Ginecología. Portugal:
Ginecologia E Obstetricia. Austria: Frauenheilkunde Und Geburtshilfe. Finlandia: Naistentaudit Ja Synnytykset/Kvinnosjukdomar Och Förlossningar. Islandia: Kvenl Liechtenstein: Gynäkologie Und Geburtshilfe. Noruega: Fog Kvinnesykdommer. Suecia:
Obstetrik Och Gynekologi. 5 Medicina
Interna: Alemania: Innere
Medizin. Bélgica: Médecine
Interne/Inwendige Geneeskunde. Dinamarca:
Intern Medicin Eller Medicinske Sygdomme. Francia: Médecine
Interne. Irlanda: General
(Internal) Medicine. Italia: Medicina
Interna. Luxemburgo:
Maladies Internes. Países Bajos:
Inwendige Geneeskunde. Reino Unido:
General (Internal) Medicine. Grecia:
Pahokoc'ia. España:
Medicina Interna. Portugal:
Medicina Interna. Austria: Innere Medizin. Finlandia: Sisätaudit/Inremedicin. Islandia: Lyfl Liechtenstein: Innere Medizin. Noruega:
Indremedisin. Suecia:
Internmedicin. 6 Oftalmología: Alemania:
Augenheilkunde. Bélgica:
Ophtalmologie/Oftalmologie. Dinamarca:
Oftalmologi Eller Ojensygdomme. Francia:
Ophtalmologie. Irlanda:
Ophthalmology. Italia:
Oftalmologia. Luxemburgo:
Ophtalmologie. Países Bajos:
Oogheelkunde. Reino Unido:
Ophthalmology. Grecia: O España:
Oftalmología. Portugal:
Oftalmologia. Austria: Augeheilkunde Und Optometrie. Finlandia: Silmätaudit/ Islandia: Augnl Liechtenstein: Augenheilkunde. Noruega: Suecia: (Oftalmologi). 7
Otorrinolaringología: Alemania: Hals-Nasen-Ohrenheilkunde. Bélgica: Oto-Rhino-Laryngologie/Otorhinolaryngologie. Dinamarca: Oto-Rhino-Laryngologi
Eller Ore-N Francia: Oto-Rhino-Laryngologie. Irlanda:
Otolaryngology. Italia:
Otorinolaringoiatria. Luxemburgo: Oto-Rhino-Laryngologie. Países Bajos:
Keel,-Neus-En Oorheelkunde. Reino Unido:
Otolaryngology. Grecia:
Xsoqimokaqtccokoci'a. España:
Otorrinolaringología. Portugal:
Otorrinolaringologia. Austria: Hals-,
Nasen- Und Ohrenkrankheiten. Finlandia: Korva,
Nenä- Ja Kurkkutaudit/Nä- Soch Strupsjukdomar. Islandia: Háls-, Nef- Og Eyrnal Liechtenstein: Hals-, Nasen- Und Ohrenkrankheiten. Noruega: Suecia: Oron-, Näs- Och Halssjukdomar (Oto-Rhino-Laryngologi).
8 Pediatría: Alemania:
Kinderheilkunde. Bélgica: Pédiatrie/Kindergeneeskunde. Dinamarca:
Peller B Francia: Pédiatrie. Irlanda:
Paediatrics. Italia:
Pediatria. Luxemburgo: Pédiatrie. Países Bajos:
Kindergeneeskunde. Reino Unido:
Paediatrics. Grecia:
Paidiasqijg'. España: Pediatría
y sus areas específicas. Portugal: Pediatria. Austria: Kinder-Und Jugendheilkunde. Finlandia: Lastentaudit/Barnsjukdomar. Islandia: Barnal Liechtenstein: Kinderheilkunde. Noruega: Barnesykdommer. Suecia: Barn-Och Ungdomsmedicin.
|
9 Medicina de
las vías respiratorias: Alemania: Lungen-Und Bronchialheilkunde. Bélgica:
Pneumologie/Pneumologie. Dinamarca:
Medicinske Lungesygdomme. Francia:
Pneumologie. Irlanda:
Respiratory Medicine. Italia: Malattie
Dell'apparato Respiratorio. Luxemburgo:
Pneumo-Phtisiologie. Países Bajos:
Longziekten En Tuberculose. Reino Unido:
Respiratory Medicine. Grecia:
Ttlasiokoci'a-Lmetlomokoci'a. España:
Neumología. Portugal:
Pneumologia. Austria: Lungenkrankheiten. Finlandia: Keuhkosairaudet/Lungsjukdomar. Islandia: Lungnal Liechtenstein: Lungenkrankheiten. Noruega:
Lungesykdommer. Suecia:
Lungsjukdomar (Pneumonologi). 10 Urología: Alemania:
Urologie. Bélgica:
Urologie/Urologie. Dinamarca:
Urologi Eller Urinvejenes Kirurgiske Sygdomme. Francia:
Chirurgie Urologique. Irlanda: Urology. Italia: Urologia. Luxemburgo:
Urologie. Países Bajos:
Urologie. Reino Unido:
Urology. Grecia:
Otqokocia España: Urología. Portugal:
Urologia. Austria:
Urologie. Finlandia: Urologia/Urologi. Islandia: Pvagf Liechtenstein: Urologie. Noruega: Urologi. Suecia: Urologi. 11 Ortopedia: Alemania: Orthopädie. Bélgica: Orthopédie/Orthopedie. Dinamarca:
Ortopkirurgi. Francia:
Chirurgie Orthopédique Et Traumatologie. Irlanda:
Orthopaedic Surgery. Italia:
Ortopedia E Traumatologia. Luxemburgo:
Orthopédie. Países Bajos:
Orthopedie. Reino Unido:
Trauma And Orthopaedic Surgery. Grecia:
Oqhopedijg. España:
Traumatología Y Cirugía Ortopédica. Portugal:
Ortopedia. Austria: Orthopädie
Und Orthopädische Chirurgie. Finlandia:
Ortopedia Ja Traumatologia/Ortopedioch Traumatologi. Islandia: B Liechtenstein: Orthopädische Chirurgie. Noruega:
Ortopedisk Kirurgi. Suecia: Ortopedi. 12 Anatomía
Patológica: Alemania:
Pathologie. Bélgica:
Anatomie Pathologique/Pathologische Anatomie. Dinamarca:
Patologisk Anatomi Og Histologi Eller, V Francia:
Anatomie Et Cythologie Pathologique. Irlanda: Morbid Anatomy And Histopathology. Italia: Anatomia
Patologica. Luxemburgo:
Anatomie Pathologique. Países Bajos:
Pathologische Anatomie. Reino Unido:
Histopathology. Grecia:
Pahokocijg' Amasolijg'. España: Anatomía
Patológica. Portugal:
Anatomia Patológica. Austria:
Pathologie. Finlandia:
Patologia/Patologi. Islandia: Liff Liechtenstein: Pathologie. Noruega:
Patologi. Suecia: Klinisk
Patologi. 13 Neurología: Alemania:
Neurologie. Bélgica:
Neurologie/Neurologie. Dinamarca:
Neuromedicin Eller Medicinske Nervesygdomme. Francia:
Neurologie. Irlanda:
Neurology. Italia:
Neurologia. Luxemburgo:
Neurologie. Países Bajos:
Neurologie. Reino Unido:
Neurology. Grecia:
Metqokoci'a. España:
Neurología. Portugal:
Neurologia. Austria:
Neurologie. Finlandia:
Neurologia/Neurologi. Islandia: Taugal
Liechtenstein:
Neurologie. Noruega:
Nevrologi. Suecia:
Neurologi. 14 Psiquiatría: Alemania:
Psychiatrie. Bélgica: Psychiatrie/Psychiatrie. Dinamarca:
Psykiatri. Francia:
Psychiatrie. Irlanda:
Psychiatry. Italia:
Psichiatria. Luxemburgo:
Psychiatrie. Países Bajos:
Psychiatrie. Reino Unido:
General Psychiatry. Grecia:
Wtviasqijg'. España:
Psiquiatría. Portugal:
Psiquiatria. Austria:
Psychiatrie. Finlandia: Psykiatria/Psykiatri. Islandia: Ge-L Liechtenstein: Psychiatrie Und Psychotherapie. Noruega:
Psykiatri. Suecia:
Psykiatri. 15 Radiodiagnóstico: Alemania:
Radiologische Diagnostik. Bélgica:
Radiodiagnostic/Röntgendiagnose. Dinamarca:
Diagnostik Radiologi Eller R Francia:
Radiodiagnostic Et Imagerie Médicale. Irlanda:
Diagnostic Radiology. Italia:
Radiodiagnostica. Luxemburgo:
Radiodiagnostic. Países Bajos:
Radiodiagnostiek. Reino Unido:
Clinical Radiology. Grecia:
Ajsitodiactxrsijg'. España:
Radiodiagnóstico. Portugal:
Radiodiagnóstico. Austria:
Medizinische Radiologie-Diagnostik. Finlandia:
Radiologia/Radiologi. Liechtenstein:
Medizinische Radiologie. Suecia:
Medicinsk Radiologi. 16 Oncología
Radioterápica: Alemania:
Strahlentherapie. Bélgica:
Radio-Et Radiumthérapie/Radio-En Radium Therapie. Dinamarca:
Terapeutisk Radiologi Eller Stralebehandling. Francia:
Oncologie, Option Radiothérapie. Irlanda:
Radiotherapy. Italia:
Radioterapia. Luxemburgo:
Radiothérapie. Países Bajos:
Radiotherapie. Reino Unido:
Clinical Oncology. Grecia: Ajsito heqapetsijg'-Ocjokoía. España: Oncología
Radioterápica. Portugal:
Radioterapia. Austria:
Strahlentherapie-Radio-Onkologie. Finlandia: Syöpätaudit
Ja Sädehoito/Cancersjukdomar Och Radioterapi. Noruega:
Onkologi. Suecia: Onkology. |
B) Comunes a dos o más estados miembros
1 Biología Clínica: Bélgica:
Biologie Clinique/Klinische Biologie. Francia:
Biologie Médicale. Italia:
Patologia Clinica. Luxemburgo:
Biologie Clinique España: Análisis
Clínicos. Portugal:
Patologia Clínica. Austria:
Medizinische Biologie. 2 Microbiología-Bacteriología: Alemania:
Mikrobiologie Und Infektionsepidemiologie. Dinamarca:
Klinisk Mikrobiologi. Irlanda:
Microbiology. Italia:
Microbiologia E Virologia. Luxemburgo:
Microbiologie. Países Bajos:
Medische Microbiologie. Reino Unido:
Medical Microbiology And Virology. Grecia:
Lijqobiokocía. España:
Microbiología Y Parasitología. Austria: Hygiene Und Mikrobiologie. Finlandia: Kliininen Mikrobiologia/Klinisk Mikrobiologi. Islandia:
Sy'klafr Noruega:
Medisinsk Mikrobiologi. Suecia: Klinisk
Bakteriologi. 3 Química Biológica: Dinamarca:
Klinisk Kemi. Irlanda: Chemical Pathology. Italia:
Biochimica Clinica. Luxemburgo:
Chimie Biologique. Países Bajos:
Klinische Chemie. Reino Unido:
Chemical Pathology. España: Bioquímica
Clínica. Austria: Medizinische Und Chemische Labordiagnostik. Finlandia: Kliininen Kemia/Klinisk Kemi. Noruega: Klinisk
Kjemi. Suecia: Klinisk
Kemi. 4 Inmunología: Irlanda:
Clinical Immunology. Reino Unido:
Immunology. España:
Inmunología. Austria:
Immunologie. Finlandia:
Immunología/Immunologi. Islandia: On Noruega:
Immunologi Og Transfusjonsmedisin. Suecia: Klinisk
Immunologi. 5 Cirugía Plástica
Reparadora: Bélgica:
Chirurgie Plastique/Plastische Heelkunde. Dinamarca:
Plastikkirurgi. Francia:
Chirurgie Plastique, Reconstructrice Et Esthéthique. Irlanda: Plastic
Surgery. Italia:
Chirurgia Plastica E Ricostruttiva. Luxemburgo:
Chirurgie Plastique. Países Bajos:
Plastische Chirurgie. Reino Unido:
Plastic Surgery. Grecia: Pkarsijg'
Veiqotqcijg'. España: Cirugía
Plástica Y Reparadora. Portugal:
Cirurgia Plástica E Reconstentiva. Austria:
Plastische Chirurgie. Finlandia:
Plastiikkakirurgia/Plastikkirurgi. Islandia: Lytal Noruega:
Plastikkirurgi. Suecia:
Plastikkirurgi. 6 Cirugía
Torácica: Bélgica:
Chirurgie Thoracique/Heelkunde Op De Thorax. Dinamarca: Thoraxkirurgi Eller Brysthulens Kirurgiske Sygdomme. Francia:
Chirurgie Thoracique Et Cardio-Vasculaire. Irlanda:
Thoracic Surgery. Italia:
Chirurgia Toracica. Luxemburgo:
Chirurgie Thoracique. Países Bajos:
Cardio-Pulmonale Chirurgie. Reino Unido:
Cardio-Thoracic Surgery. Grecia:
Veiqotqvijg' Hx'qajay. España: Cirugía
Torácica. Portugal:
Cirurgia Cardio-Torácica. Finlandia: Thorax- Ja Verisuonikirurgia/Thoraxoch Kärlkirurgi. Islandia: Brjóstholsskur-L Noruega: Thoraxkirurgi. Suecia:
Thoraxkirurgi. 7 Cirugía
Pediátrica: Francia:
Chirurgie Infantile. Irlanda:
Paediatric Surgery. Italia:
Chirurgia Pediatrica. Luxemburgo:
Chirurgie Pédiatrique. Reino Unido:
Paediatric Surgery. Grecia: Viqotqvijg' Paidxm. España: Cirugía
Pediátrica. Portugal: Cirurgía
Pediátrica. Finlandia: Lastenkirurgia/Barnkirurgi. Islandia: Barnaskur-L Noruega: Barnekirurgi. Suecia: Barn-Och Ungdomskirurgi. 8 Cirugía de
los vasos: Bélgica:
Chirurgie Des Vaisseaux/Bloedvatenheelkunde. Francia:
Chirurgie Vasculaire. Italia:
Chirurgia Vascolare. Luxemburgo:
Chirurgie Cardio-Vasculaire. Grecia:
Acceioveiqotqcijg'y. España:
Angiología Y Cirugía Vascular. Portugal:
Cirurgia Vascular. Islandia: Noruega:
Karkirurgi. 9 Cardiología: Bélgica:
Cardiologie/Cardiologie. Dinamarca:
Cardiologi Eller Hjerte-Og Kredsl Francia:
Pathologie Cardio-Vasculaire. Irlanda:
Cardiology. Italia:
Cardiologia. Luxemburgo:
Cardiologie Et Angiologie. Países Bajos:
Cardiologie. Reino Unido:
Cardiology. Grecia:
Jaqdiokoci'a. España:
Cardiología. Portugal:
Cardiologia. Finlandia:
Kardiologia/Kardiologi. Islandia:
Hjartal Noruega:
Hjertesykdommer. Suecia:
Kardiologi. 10 Aparato
Digestivo: Bélgica: Gastro-Entérologie/Gastro-Enterologie. Dinamarca:
Medicinsk Gastroenterologi Eller Medicinske Mave-Tarmsygdomme. Francia: Gastro-Entérologie
Et Hépatologie. Irlanda:
Gastroenterology. Italia:
Gastroenterologia. Luxemburgo:
Gastro-Entérologie. Países Bajos:
Gastro-Enterologie. Reino Unido:
Gastroenterology. Grecia:
Carsqemseqokoci'a. España: Aparato
Digestivo. Portugal:
Gastrenterologia. Finlandia:
Gastroenterologia/Gastroenterologi. Islandia:
Meltingarl Noruega: Ford Suecia:
Medicinsk Gastro-Enterologi Och Hepatologi. 11 Reumatología: Bélgica:
Rhumatologie/Reumatologie. Dinamarca:
Reumatologi. Francia:
Rhumatologie. Irlanda:
Rheumatology. Italia:
Reumatologia. Luxemburgo:
Rhumatologie. Países Bajos:
Reumatologie. Reino Unido:
Rheumatology. Grecia:
Qetlasokoci'a. España:
Reumatología. Portugal:
Reumatologia. Finlandia:
Reumatologia/Reumatologi. Islandia: Gigtl
Liechtenstein: Rheumatologie. Noruega:
Revmatologi. Suecia: Reumatologi.
|
12 Hematología
Y Hemoterapia: Irlanda:
Haematology. Italia:
Ematologia. Luxemburgo: Hématologie. Reino Unido:
Haematology. Grecia:
Ailasokoci'a. España:
Hematología Y Hemoterapia. Portugal: Imuno-Hemoterapia. Finlandia:
Kliininen Hematologia/Klinisk Hematologi. Islandia: Bló-Meinafr
Noruega: Blodsykdommer. Suecia:
Hematologi. 13
Endocrinología Y Nutrición: Francia:
Endocrinologie-Maladies Métaboliques. Irlanda:
Endrocrinology And Diabetes Mellitus. Italia:
Endrocrinologia E Malattie Del Ricambio. Luxemburgo:
Endocrinologie, Maladies Du Métabolisme Et De La Nutrition. Reino Unido:
Endrocrinology And Diabetes Mellitus. Grecia:
Emdojqikoci'a. España:
Endocrinología Y Nutrición. Portugal:
Endocrinologia-Nutriçao. Finlandia:
Endokrinologia/Endokrinologi. Islandia:
Efnaskipta-Op Innkirtlal Noruega:
Endokrinologi. Suecia:
Endokrinologi. 14
Rehabilitación: Bélgica: Médecine
Physique/Fysische Geneeskunde. Dinamarca:
Fysiurgi Og Rehabilitering. Francia: Rééducation Et Réadaptation Fonctionnelles. Italia: Medicina
Fisica E Riabilitazione. Luxemburgo: Rééducation Et Réadaptation Fonctionnelles. Países Bajos:
Revalidatie. Grecia: Ttrijg'
Iasqijg' Jai Apojasa'rsarg. España:
Rehabilitación. Portugal:
Fisiatria. Austria: Physikalische Medizin. Finlandia: Fysiatria/Fysiatri. Islandia: Orku-Og Endurh Liechtenstein: Physikalische Medizin Und Rehabilitation. Noruega:
Fysikalsk Medisin Og Rehabilitering. Suecia:
Rehabiliteringsmedicin. 15
Estomatología: Francia:
Stomatologie. Italia:
Odontostomatología. Luxemburgo:
Stomatologie. España:
Estomatología. Portugal:
Estomatologia. 16 Dermato-Venereología: Alemania:
Dermatologie Und Venerologie. Bélgica:
Dermato-Vénéréologie/Dermato-Venereologie. Dinamarca:
Dermato-Venerologi Eller Hud-Og K Francia:
Dermatologie Et Vénéréologie. Italia:
Dermatologia E Venerologia. Luxemburgo:
Dermato-Vénéréologie. Países Bajos:
Dermatologie En Venerologie. Grecia:
Deqlasokoci'a-A España:
Dermatología Médico-Quirúrgica Y Venereología. Portugal:
Dermatovenereologia. Austria: Haut-Und
Geschlechtskrankheiten. Finlandia: Iho-Ja
Sukupuolitaudit/Hud-Och Könssjukdomar. Islandia: Húd-Og Kynsjúkdomal Liechtenstein: Dermatologie Und Venereologie. Noruega: Hud-Og Veneriske Sykdommer. Suecia: Hud-Och
Könssjukdomar. 17 Geriatría: Irlanda:
Geriatrics. Italia:
Geriatria. Países Bajos:
Klinische Geriatrie. Reino Unido:
Geriatric Medicine. España: Geriatría. Finlandia:
Geriatria/Geriatri. Islandia: Oldrunarl Liechtenstein: Geriatrie. Noruega:
Geriatri. Suecia:
Geriatrik. 18
Enfermedades Renales: Dinamarca:
Nefrologi Eller Medicinske Nyresygdomme. Francia: Néphrologie. Irlanda:
Nephrology. Italia:
Nefrologia. Luxemburgo: Néphrologie. Reino Unido:
Renal Medicine. Grecia: N España:
Nefrología. Portugal:
Nefrología. Finlandia:
Nefrologia/Nefrologi. Islandia: Nyrnal Noruega: Nyresykdommer. Suecia:
Medicinska Njursjukdomar (Nefrologi). 19 Farmacología: Alemania:
Pharmakologie. Irlanda: Clinical Pharmacology And Therapeutics. Reino Unido:
Clinical Pharmacology And Therapeutics. España:
Farmacología Clínica. Austria: Pharmakologie Und Toxicologie. Finlandia: Kliininen Farmakologia/Klinisk Farmakologi. Islandia:
Lyfjafr Noruega: Klinisk
Farmakologi. Suecia: Klinisk
Farmakologi. 20 Alergología: Italia:
Allergologia Ed Immunologia Clinica. Países Bajos:
Allergologie. Grecia: Akk España:
Alergología. Portugal:
Imunoalergologia. Finlandia:
Allergologia/Allergologi. Islandia: Félagslakningar. Suecia:
Allergisjukdomar. 21 Medicina
Nuclear: Alemania:
Nuklearmedizin. Bélgica: Médecine Nucléaire/Nucleaire Geneeskunde. Francia: Médecine
Nucléaire. Italia: Medicina
Nucleare. Luxemburgo: Médicine
Nucléaire. Países Bajos:
Nucleaire Geneeskunde. Reino Unido:
Nuclear Medicine. Grecia: Ptqgmijg'
Iasqijg'. España:
Medicina Nuclear. Portugal:
Medicina Nuclear. Austria: Nuklearmedizin. Finlandia: Isotooppitutkimukset/Isotopundersökningar. 22 Cirugía
Maxilo-Facial (formación básica de médico): Francia:
Chirurgie Maxillo-Faciale Et Stomatologie. Italia:
Chirurgia Maxillo-Facciale. España: Cirugía
Maxilofacial. Luxemburgo:
Chirurgie Maxillo-Faciale. 23
Neurofisiología: Dinamarca:
Klinisk Neurofysiology. España:
Neurofisiología Clínica. Irlanda: Neurophysiology Suecia: Klinisk Neurofysiology. Reino Unido:
Clinical Neurophysiology. 24 Medicina
Preventiva Y Salud Pública: España:
Medicina Preventiva Y Salud Pública. Francia: Santé
Publique Et Médecine Sociale. Irlanda: Community Medicine. Italia: Igiene E
Medicina Sociale. Suecia:
Socialmedicin. Reino Unido:
Public Health Medicine. Grecia: Jo I Mxm Ijg' Iasq I Jg'. Austria: Soczialmedizin. Finlandia: Terveydenhuolto/Hälsovard. Islandia: Emb Liechtenstein: Prävention Und Gesundheiswesen. Noruega: Samfunnsmedisin.
|
Anexo Iii
Condiciones de
formación de los médicos
1. La formación
acreditada debe comportar:
A)
un conocimiento adecuado de las ciencias
en las que se funda la medicina, así como una buena comprensión de los métodos
científicos incluidos los principios de medida de las funciones biológicas, de
la evaluación de los hechos científicamente probados y del análisis de datos.
B)
un conocimiento adecuado de la estructura,
de las funciones y del comportamiento de los seres humanos, sanos y enfermos, así
como de las relaciones entre el estado de salud del hombre y su entorno físico
o social.
C)
un conocimiento suficiente de las materias
y de las prácticas clínicas que le proporcione una visión coherente de las
enfermedades mentales y físicas, de la medicina en sus aspectos preventivo, del
diagnóstico y terapéutica, así como de la reproducción humana.
D)
una experiencia clínica adecuada
adquirida en hospitales bajo la vigilancia pertinente.
2. Esta formación
médica total comprenderá, por lo menos, seis años de estudios o cinco mil
quinientas horas de enseñanza teórica y práctica impartidas en una
universidad o bajo el control de una universidad.
Anexo iv
Condiciones de
formación de los médicos especialistas
1. La formación
que permita la obtención de un diploma, certificado u otro título de médico
especialista responderá, por lo menos, a las condiciones siguientes:
A)
con el cumplimiento y validación,
previos, de seis años de estudios en el marco del ciclo de formación de médico,
con las condiciones mencionadas en el anexo iii.
B)
recibiendo una enseñanza teórica y práctica.
C)
desarrollando una formación a tiempo
completo y bajo el control de las autoridades u organismos competentes.
D)
llevando a cabo la formación en un centro
universitario, en un centro hospitalario y universitario o, en su caso, en un
establecimiento sanitario autorizado a tal fin por las autoridades u organismos
competentes.
E)
realizando la formación en puestos específicos
reconocidos por las autoridades competentes.
F)
participando personalmente, como médico
candidato a especialista, en la totalidad de las actividades médicas de los
servicios, incluidas las guardias y en las responsabilidades de los servicios de
que se trate.
G)
dedicando a esta formación práctica y teórica
toda su actividad profesional durante toda la semana de trabajo y durante todo
el año.
H)
recibiendo una retribución adecuada.
2. La concesión
de un diploma, certificado u otro título de médico especialista se subordina a
la posesión de uno de los diplomas, certificados u otros títulos de médico.
3. La duración
mínima de las formaciones especializadas citadas a continuación no serán
inferiores a las que se especifican en cada caso:
Cinco años:
Cirugía General, Neurocirugía, Medicina Interna, Urología, Ortopedia, Cirugía
Plástica Reparadora, Cirugía Torácica, Cirugía Pediátrica, Cirugía de los
vasos, Cirugía Maxilofacial.
Cuatro años:
Ginecología-Obstetricia, Pediatría, Medicina de las vías respiratorias,
Cardiología, Aparato Digestivo, Neurología, Reumatología, Psiquiatría,
Biología Clínica, Radiodiagnóstico, Oncología Radioterápica, Farmacología,
Microbiología-Bacteriología, Anatomía Patológica, Química Biológica,
Inmunología, Geriatría, Enfermedades Renales, Hematología y Hemoterapia,
Medicina Nuclear, Neurofisiología, Medicina Preventiva y Salud Pública.
Tres años:
Anestesia-Reanimación, Oftalmología, Otorrinolaringología, Endocrinología y
Nutrición, Rehabilitación, Estomatología, Dermatovenereología, Alergología.
Volver al índice de legislación