Información MIR para extranjeros 


ÍNDICE

Introducción

¿Puede un extranjero presentarse a la Convocatoria General de pruebas de acceso para Formación Especializada? 

¿Hay para los extranjeros alguna otra manera de obtener un título de especialista en España distinto al sistema MIR? 

¿Qué interés puede tener un extranjero en formarse como especialista en España? 

¿Qué tipo de problemas se le van a plantear al extranjero que decide hacer el examen MIR? 

Requisitos

¿Cuáles son los requisitos para participar en las Pruebas Selectivas MIR? 

¿Qué ocurre si te presentas al examen MIR, obtienes un resultado que te permite escoger plaza y aún no has resuelto la homologación? 

¿Cuáles son los plazos de presentación de documentos? ¿En qué fecha se celebrará la próxima Convocatoria General MIR? 

Homologación

¿Es complicada la homologación del título en España? ¿Cuánto se puede demorar? 

¿Qué pasos tengo que dar?

Cuestiones de extranjería. Trámites de visado y premiso de residencia

¿Cómo afecta la Nueva Ley de Extranjería de España a los licenciados en Medicina extranjeros que desean realizar el MIR? 

¿Qué opciones tiene un licenciado en Medicina para prolongar su estancia en España? 

Después del examen

¿Qué es lo primero que debo hacer si soy extranjero y obtengo una plaza MIR? 

Volver a la página principal


INTRODUCCIÓN

Este reportaje de e-residentes intentará dar respuesta a algunas de las preguntas que más plantean los médicos interesados en especializarse en España. Si descubres alguna novedad o algún error en la información que te damos en este texto, no dudes en hacérnoslo saber.

 

En la actualidad existe una sola Convocatoria anual para acceder a la formación especializada, después de la unificación de las pruebas de acceso para formación en Medicina de Familia y Comunitaria y de acceso al resto de Especialidades (Real Decreto 127/1984).


¿Puede un extranjero presentarse a la Convocatoria General de pruebas de acceso para Formación Especializada?  

 

A esta Convocatoria para formación especializada pueden optar :

El número total de plazas que podrá adjudicarse a estos aspirantes, si obtienen puntuación suficiente para solicitarla, no podrá superar un número prefijado antes de hacerse pública la convocatoria (5% de las plazas ofertadas en 1998/99, 8% de las plazas ofertadas en 1999/00, 2000/01 y 2001/02). Cuenta decir que hasta ahora nunca se ha dado el caso de un extranjero que, habiendo sacado suficiente puntuación, se haya quedado fuera de este cupo. Los ciudadanos andorranos podrán optar en igualdad de condiciones que los ciudadanos españoles siempre que hayan obtenido el título de licenciado en una universidad española.

Volver arriba


¿Hay para los extranjeros alguna otra manera de obtener un título de especialista en España distinto al sistema MIR?  

 

Hasta 1999 existía el sistema Médico Residente Extranjero. En esta modalidad, el súbdito extranjero podía ocupar, sin necesidad de pasar el examen selectivo, una de las plazas que quedaran vacantes tras el reparto del Sistema MIR. A diferencia de este último, el acceso a plaza no daba derecho a ejercer posteriormente la profesión en España ni a cobrar un sueldo durante el período de especialización. Pues bien, este sistema "alternativo" ha desaparecido, y ahora sólo existe un sistema MIR igual para todos.

Volver arriba


¿Qué interés puede tener un extranjero en formarse como especialista en España?  

 

En España se ofertan anualmente más plazas de formación especializada en hospitales que en la mayoría de los países latinoamericanos y muchos europeos. La formación MIR, una vez aprobado el duro examen, requiere menos años y te dota de un título reconocido sin necesidad de homologación en casi todos los países miembros de la Comunidad Europea, además de ser particularmente muy  valorado en todo el mundo. La calidad científica y asistencial de la medicina española se ha situado entre las primeras del mundo gracias a la implantación del sistema MIR desde los años setenta. 

 

Esto no te debe hacer pensar que es fácil encontrar trabajo como médico en España: debido a la mala previsión de los años pasados, ahora muchos especialistas españoles no encuentran un empleo acorde con su formación, y las condiciones laborales del médico especialista público (la mayoría) se han deteriorado; es más, el exceso de mano de obra en el sector sanitario incluso repercute en la precariedad laboral en el sector privado. 

 

Sin embargo, cada vez son más los extranjeros que piensan que merece la pena aprovechar el gran número de plazas de especialización remuneradas ofrecidas en España, a diferencia de sus países de origen, y que una vez adquirido el título retornan a la patria o continúan su viaje por otros países europeos.

Volver arriba


¿Qué tipo de problemas se le van a plantear al extranjero que decide hacer el examen MIR?  

 

En general, el extranjero se va a enfrentar con cuatro problemas diferentes pero estrechamente relacionados: 

  1. Los requisitos para participar en las Pruebas Selectivas MIR, dependientes del Ministerio de Sanidad y Consumo de España. 

  2. La necesidad de homologación del título de licenciado, de doctorado si lo tuviera y del certificado académico, dependiente del Ministerio de Educación y Cultura de España. 

  3. La necesidad de preparar el examen MIR en una academia especializada, que requiere una estancia de más de seis meses en España, lo que a veces siempre significa resolver cuestiones de "extranjería" trámites de visado y permiso de residencia, dependientes del Ministerio de Asuntos Exteriores y del Ministerio de Interior de España.

  4. Si después del examen consigues número suficiente como para escoger una plaza en un hospital, debes hacer dos tipos de trámites burocráticos para integrarte como trabajador legal en España: los comunes con los españoles, y los trámites específicos que, como extranjero, debes resolver en varios ministerios, incluido el Ministerio de Trabajo para obtener el permiso de trabajo.

    Volver arriba


REQUISITOS


¿Cuáles son los requisitos para participar en las Pruebas Selectivas MIR?
 

 

En principio, los mismos que para los aspirantes españoles, aunque con algunos matices:

  1. Estar en posesión del Título Superior de Licenciado en Medicina o en Medicina y Cirugía, expresamente reconocido (es decir, “homologado” o “convalidado”) por el Ministerio de Educación y Cultura de España. Hay que presentar una fotocopia compulsada del mismo y, si no está en español, hay que aportar una traducción jurada.

  2. Presentar las tres primeras hojas del modelo 750 de “Solicitud de admisión a pruebas selectivas y liquidación de tasa de derechos de examen”. También se puede hacer desde el extranjero, realizando el pago de las tasas mediante transferencia bancaria.

  3. Presentar una fotocopia del pasaporte o tarjeta de residencia en España.

  4. Presentar una fotocopia compulsada de la Certificación Académica personal, extendida por la universidad donde se cursó la carrera. En esta figurarán las calificaciones y/o el número de créditos de cada asignatura obtenidos durante la licenciatura y, si existiera, también del Doctorado (en cuyo caso aparecerán los créditos realizados y el reconocimiento de la suficiencia investigadora). Deben figurar la fecha del fin de carrera y la fecha de abono de las tasas de expedición. Se debe acompañar de un documento legalizado (y con traducción jurada, si no está en español) que contenga la tabla oficial de calificaciones usada en la Universidad de origen. 

Las calificaciones serán trasladadas a su equivalencia según el baremo español. Todo esto forma parte de los “méritos académicos” que, más o menos, constituyen el 25% de la puntuación final con que se puede obtener un número de orden para elegir plaza (el otro 75% lo aporta el ejercicio tipo test o “examen MIR”).

Volver arriba


¿Qué ocurre si te presentas al examen MIR, obtienes un resultado que te permite escoger plaza y aún no has resuelto la homologación?  

 

Que pierdes la plaza. No obstante debes saber que si ya se ha abierto el estrecho plazo de solicitud de participación en las pruebas MIR (que empieza unas cuatro semanas después de su anuncio en el Boletín Oficial del Estado, dura unos diez días y acaba unas nueve semanas antes de la celebración del examen) y aún no tienes la homologación, te admitirán condicionalmente para presentarte al examen si presentas aportas fotocopia de un certificado sustitutivo de solicitud de homologación; en la relación provisional de resultados (que suele hacerse pública unas cinco semanas después del examen) figurarías como “excluido”; entonces se abriría un plazo de cinco días para que presentases los documentos que te faltan. 

 

Ahora bien, no basta con presentar los documentos dentro de ese plazo: la concesión definitiva de la homologación, aunque no materializada, debe estar fechada antes de la realización del examen, pues en caso contrario seguirás “excluido” definitivamente.

Volver arriba


¿Cuáles son los plazos de presentación de documentos? ¿En qué fecha se celebrará la próxima Convocatoria General MIR?  

 

Es imposible saber con un año de antelación la fecha exacta de la convocatoria. El Ministerio anuncia la convocatoria anual del examen MIR aproximadamente tres meses y medio antes de su celebración. Y esta fecha cambia todos los años. La experiencia de las tres últimas convocatorias nos dice que en la 2ª quincena de diciembre se suele publicar la convocatoria en el BOE con las fechas exactas del examen, y de los plazos de presentación de solicitudes, relación de admitidos, presentación de reclamaciones, relación de resultados y adjudicación de plazas. Pero estas tendencias pueden variar. 

 

Al margen de fechas precisas, lo que debe quedarte claro es que el proceso de homologación debe iniciarse al menos 12 meses antes de que se publique la convocatoria ¡¡Y plantéate también unos 12 meses de estudio intensivo como mínimo!!

 

¿Qué tipo de curso se adapta mejor a las necesidades del extranjero? Lo más importante es plantearse el examen MIR como una prueba a largo plazo que exige muchos meses de estudio intensivo, jalonado de simulacros MIR y orientado con materiales y con un estilo de docencia diseñado específicamente para la prueba, lo cual tiene poco que ver con el sistema de estudio que utilizaste en la Universidad. 

 

Como ya habrás pensado, esto significa resolver cuestiones de visado y permiso de residencia.

Volver arriba


HOMOLOGACIÓN

 

¿Es complicada la homologación del título en España? ¿Cuánto se puede demorar?  

 

En principio no es complicada, puesto que la licenciatura en Medicina es muy parecida en casi todos los países. Si quieres conocer todos los detalles, te recomendamos consultar los siguientes documentos:

  1. La "hoja informativa" que el Ministerio de Educación ofrece al público general sobre "homologación y convalidación de títulos extranjeros": www.mec.es

  2. El impreso de homologación, con toda la legislación aplicada al respecto, incluida en el dorso.

También puede serte de utilidad consultar:

¿Cuánto tiempo se demora el proceso de homologación? En el mejor de los casos tardará 6 meses. Lo habitual es que se demore 9 meses. En el peor de los casos puede durar más de 12 meses o no ser concedida; esto último ocurre si ha habido una aportación incompleta y defectuosa de documentación, o si existen dudas sobre la calidad de los estudios cursados. Lo importante es tener bien claros los plazos de presentación de documentos para participar en las pruebas MIR... Te recomendamos que inicies los trámites como mínimo 12 meses antes del examen, o sea 9 meses antes de la publicación de la convocatoria.

Volver arriba


¿Qué pasos tengo que dar?


Solicitar la homologación mediante un escrito (ver el impreso de solicitud de homologación) al Ministerio de Educación de España. 

Este trámite lo puedes resolver desde las representaciones diplomáticas de España en tu país. Debes acompañarlo de la siguiente documentación (prácticamente la misma que habrás de aportar cuando te presentes al MIR): 

La admisión de la solicitud se demora 3 meses, periodo en el cual pueden pedirte documentación adicional. Puede que sea necesario "legalizar" la documentación aportada, según tu país de origen. 

Ver la tabla siguiente:

 

Tipo de convenio de cooperación cultural firmado por el país de origen

Convenio de la Haya

Convenio Andrés Bello

Otros

Tipo de legalización de documentos exigida

Legalización por las autoridades del país de origen exclusivamente

Legalización por vía diplomática

Legalización por vía diplomática

Países (sólo hemos incluido los de habla hispana)

Argentina
El Salvador
Méjico
Panamá Venezuela

Bolivia
Colombia
Chile
Ecuador
Panamá
Perú
Venezuela

Resto de países latinoamericanos que no figuren en las otras casillas

Vías de legalización

No necesarias: bastan las apostillas de las autoridades de tu país

1-Títulos y Certificados de estudios: 

Mº de Educación propio país + Rep. diplomática de España
2-Certificado de nacionalidad: 

Mº correspondiente.
3-Todo: 

Mº de Asuntos Exteriores propio país + Rep. diplomática de España.

1-Títulos y Certificados de estudios: 

Mº de Educación propio país + Rep. diplomática de España
2-Certificado de nacionalidad:

Mº correspondiente.
3-Todo:

Mº de asuntos Exteriores propio país + Rep. diplomática de España.

 4-Todo:

sección de legalizaciones del Mº español de Asuntos Exteriores (C/Padilla 46, Madrid)

 

Sometimiento de la solicitud al informe de la Comisión Académica del Consejo de Universidades. Se demora 3 meses.

El Informe puede ser: 

Tienes un plazo de 3 meses para presentar alegaciones. No respuesta por parte de la Comisión: el Ministerio resuelve a tu favor la homologación.

 

Resolución final de la homologación por el Ministerio. Tarda 3 meses. 

 

En resumen, lo mínimo que puede demorarse la homologación es 6 meses (3 de admisión de solicitud + 3 de resolución sin informe de la Comisión). Lo habitual es 9 meses (3 adicionales para la Comisión). Lo peor es que por falta de documentación recibas un informe "desfavorable", que te retrasará 12 ó más meses.

Volver arriba


CUESTIONES DE EXTRANJERÍA. TRAMITES DE VISADO Y PERMISO DE RESIDENCIA

 

¿Cómo afecta la Nueva Ley de Extranjería de España a los licenciados en Medicina extranjeros que desean realizar el MIR? 

 

Por si aún no lo sabías, en España existe actualmente un intenso debate político en torno a la llegada masiva de inmigrantes procedentes de Latinoamérica, África, Asia y los Países del Este Europeo. Las autoridades, desbordadas por el fenómeno de la inmigración, aprobaron a mediados del año 2000 una Nueva Ley de Extranjería (Ley Orgánica 4/00 de 11-01-00, B.O.E. de 12-01-00), pero el actual equipo de gobierno, con mayor poder en el Congreso tras las elecciones, está preparando otro texto aún más restrictivo que el actual. 

 

De modo que la información que obtengáis hasta la aprobación definitiva de la "Reforma de la Nueva Ley", es siempre provisional. La participación de extranjeros en el MIR está contemplada en la normativa del Ministerio de Sanidad; el problema es que el carácter "ideal" del MIR (seleccionar a los mejores para formarlos como especialistas) no se ajusta al carácter "real" (el MIR, desde hace poco la única manera de especializarse, es de hecho un examen que exige meses de preparación intensiva: no es una alternativa más, sino la única vía). 

 

Esto explica por qué más del 90% de los candidatos se preparan durante meses con el método de alguna academia privada especializada en esta prueba. Estudiar para el MIR durante más de 8-10 meses en una academia privada es de facto imprescindible para los extranjeros, los cuales necesitan tiempo y entrenamiento para familiarizarse con el tipo de Medicina impartida en las universidades españolas, además de las peculiaridades del propio examen (por no hablar de las dificultades del idioma...).

 

Además hay que añadir el tiempo que tarda la publicación de resultados, las impugnaciones a los mismos y la adjudicación de plazas y la firma del contrato laboral con el hospital adjudicado, lo cual demora la estancia en el país 2 ó 3 meses más. 

 

En total es preciso permanecer entre 10 y 13 meses seguidos en España. Pues bien: en general, la Nueva Ley de Extranjería pone trabas a las estancias de estudiantes ciudadanos extranjeros por durante más de 6 meses si sólo aportan visado de turista. Puedes consultar esta Ley en la página web del Ministerio del Interior

Volver arriba


¿Qué opciones tiene un licenciado en Medicina para prolongar su estancia en España?  

 

Si obtienes un visado y un permiso de residencia, puedes permanecer en España durante un número suficiente de meses. Por ejemplo, el permiso de residencia "por razón de estudios" dura lo que dure el curso en el que estés matriculado. El problema es que prepararse para el MIR no está considerado oficialmente una "razón de estudios" por razones que a continuación sabrás. En principio ten en cuenta estas dos situaciones:

  1. Si eres de la Comunidad Europea, o provienes de un país muy desarrollado no emisor de inmigración masiva (p.ej.:Japón), o te ajustas a alguno de los supuestos de concesión de residencia distintos al de "ser estudiante" contemplados en la Ley Orgánica 4/00 de 11-01-00 (B.O.E. de 12-01-00), no tendrás demasiadas trabas para obtener el permiso de residencia.

  2. Si sólo puedes alegar "razón de estudios" para residir en España (como hasta hace un año hacían sin problema la mayoría de los alumnos extranjeros), te vas a encontrar con que la Ley 4/00 establece en su artículo 41: "Se concederá la autorización de admisión y residencia en España por razones de estudio a los extranjeros que hayan sido admitidos en un centro docente, público o privado oficialmente reconocido" Pues bien, desde su publicación todo extranjero que ha pretendido viajar a España para prepararse el MIR con la antelación y la academia privada necesarias ha visto cómo le denegaban el permiso de residencia e incluso el visado. Según la confusa información proporcionada por los ministerios implicados (Exteriores, Interior y Educación), hemos llegado a estas conclusiones:

Por eso muchos de nuestros alumnos extranjeros han optado por solicitar un visado de turista, que te permite una estancia de 3 meses que, una vez en España, es prorrogable por otros 3 meses. Si quieres conocer las condiciones para solicitar la tarjeta de estudiante, consulta la página web del Ministerio del Interior que te ofrecemos más arriba. En esa página web puedes consultar también el resto de la Ley de Extranjería. 

 

Si ya estás en España y estás teniendo problemas con la prolongación de tu estancia, puedes probar (aunque no tenemos experiencia con esta vía) a solicitar la "exención del visado para Permiso de Residencia con Exceptuación del Permiso de Trabajo" (o para otros tipos de permiso de residencia). Hay consulados de algunos países en España que otorgan una "Tarjeta de Estudiante" (que no equivale a un permiso de residencia), que te permite la estancia en España mientras dure el curso. Para ello debes consultar si en el consulado de tu país esto es posible, y aportar un certificado de estudios de la Academia donde estés matriculado donde conste que se ha pagado las tasas de estudio y la duración del curso por más de 6 meses. 

Volver arriba


DESPUÉS DEL EXAMEN

 

¿Qué es lo primero que debo hacer si soy extranjero y obtengo una plaza MIR? 

 

Desde el mismísimo día de la elección de plaza, sin la menor demora, debes comenzar a legalizar tu situación como futuro trabajador extranjero, es decir, obtener un PERMISO DE TRABAJO. 

 

Cada hospital tiene su propia manera de resolver el caso de los extranjeros, de hecho algunos te permiten firmar el contrato laboral sin necesidad de estar en posesión del Permiso de Trabajo, pero has de saber que esto va contra la Ley: en el caso de que esta se aplicase con más rigor, podría conllevar una multa para el hospital contratante y para el extranjero contratado. 

 

Si decides asumir el riesgo, no tienes que esperar el Permiso (ya lo obtendrás), y te incorporas cuando los demás. Pero si decides esperar hasta haber reunido todos los papeles, es muy probable que tengas que incorporarte más tarde que los demás al hospital: POR ESO ES TAN IMPORTANTE QUE INICIES CUANTO ANTES TODOS LOS TRÁMITES. 

 

¿Qué puede pasar si tardo demasiado en incorporarme al hospital? En general no es recomendable demorarse. Si te integras en los equipos médicos de las sucesivas rotaciones prácticas con un desfase marcado respecto a los colegas de tu misma promoción de residentes, esto puede ser perjudicial para tu aprendizaje. 

 

Si tardas más de 3 meses en incorporarte a tu hospital, estás obligado a posponer durante un año dicha incorporación. Si tardas menos de 3 meses, también estás obligado a solicitar en tu hospital una prórroga en la incorporación, y además tienes que llegar a un acuerdo con el jefe y el tutor de residentes de tu Servicio Médico (que en general están interesados en llenar cuanto antes la plaza vacante para disponer de un trabajador más...). 

 

Bien, ¿Y cómo inicio la obtención del Permiso de Trabajo? Mientras obtienes los papeles, el día de la firma del contrato laboral con el hospital debes hacer lo siguiente: conseguir una carta del departamento de personal del hospital dirigida explícitamente al Ministerio de Sanidad y Consumo en la que se indique que tú te has presentado al MIR, que has ganado una plaza, que la has elegido en ese hospital, que te has presentado en el hospital, que en espera de obtener todos los papeles reglamentarios solicitas la PRÓRROGA DE INCORPORACIÓN AL HOSPITAL. Esto es muy importante, pues si el Ministerio no recibe dicha carta, puedes perder el derecho a una plaza MIR.

Volver arriba

1
Hosted by www.Geocities.ws