Autor: P. Fernando Pascual
| Fuente:
Catholic.net
Leyes y "leyes" |
| Hagamos el bien y que
testimoniemos la belleza de la ética |
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Leyes y "leyes" |
Algunos
piensan que algo es bueno simplemente porque lo
permite una ley. En realidad, muchas veces no es
así, pues lo legal y lo ético se mueven en ámbitos
diferentes. Además, existen leyes realmente mal
hechas, impuestas de un modo arbitrario y fuera de
contexto.
¿Qué requisitos debe cumplir una ley para ser
realmente correcta y, sobre todo, justa? Hay una
serie de requisitos de tipo formal, y otros, más
profundos, de tipo ético.
Desde el punto de vista formal, una ley vale si es
establecida por los legisladores, de acuerdo con una
serie de requisitos básicos. El primero consiste, en
la mayoría de los estados, en ser aprobada por el
Parlamento según los reglamentos propios.
Pero no basta con la aprobación del Parlamento.
Existen otros requisitos formales que deben ser
respetados. Uno de ellos es sumamente importante:
que la ley esté de acuerdo con la Constitución o
Regla fundamental de cada estado. Otro, en cambio,
se refiere a la compatibilidad entre leyes: no es
correcto aprobar una ley cuyo contenido se opone a
otra ley en vigor. En esos casos, los legisladores
deben reajustar lo que haga falta en una (o en las
dos leyes) para superar la contradicción.
En conclusión, una ley adquiere fuerza en la vida de
un estado si respeta las “formalidades” o requisitos
establecidos por la Constitución, y si encaja bien
en el conjunto legislativo vigente.
Pero existen, además, una serie de requisitos
éticos, con los cuales podemos emitir un juicio
sobre los contenidos de la ley. Para poder
considerarlos, vamos a preguntarnos qué es la ética.
Podemos decir que la ética es una disciplina
filosófica que nos permite valorar la bondad o
maldad de los actos humanos. La ética nos pone ante
deberes profundos, ante exigencias de la conciencia,
según las cuales descubrimos que hay acciones que no
debemos ejecutar, y hay otras acciones que son
obligatorias.
Obviamente, entre estos dos tipos de acciones
(buenas y malas) existe una serie de acciones
indiferentes, que pueden ser llevadas a cabo según
la libre elección de cada uno, y que también podemos
considerar como buenas en sentido amplio.
Parte de la ética es el estudio de la justicia.
Sobre la justicia nos dice el Catecismo de la
Iglesia católica (n. 1807): “Para con los hombres,
la justicia dispone a respetar los derechos de cada
uno y a establecer en las relaciones humanas la
armonía que promueve la equidad respecto a las
personas y al bien común”.
Pongamos ahora en relación el contenido de las leyes
y la ética. Nos damos cuenta de que en el pasado y
en el presente ha habido y hay leyes que declaraban
(que declaran) como legales acciones que son
inmorales e injustas. Un ejemplo clásico son las
leyes a favor de la esclavitud en algunos estados de
Europa, África, Asia y América. O las leyes contra
los judíos, los gitanos y otros grupos humanos que
fueron aprobadas por la Alemania dominada por los
nazis. O, más cercanas a nosotros en el tiempo, las
leyes que permiten el aborto, la eutanasia, la
mutilación de algunos tipos de delincuentes, la
lapidación de mujeres, el “matrimonio” entre
homosexuales, etc.
En otras palabras: el que una ley permita algo no
significa automáticamente que lo permitido (o lo
mandado, en algunos casos) por la ley sea éticamente
correcto. Grandes pensadores del pasado, al
reflexionar sobre esto, reconocieron que por encima
de la ley “positiva”, formalmente “correcta”, existe
una norma ética que permite juzgar la justicia de la
ley.
Cuando una ley permite o manda algo éticamente
incorrecto y contrario a la justicia, se convierte
entonces en una “no ley”. Ante tal “ley”, por lo
tanto, cada ciudadano puede sentirse libre, o
incluso obligado, a no obedecerla. Cuando la
gravedad del asunto lo requiera, está llamado a
desobedecer, aunque esto pueda implicar
consecuencias graves para la vida o los bienes del
ciudadano “rebelde”. Los peligros son mucho mayores
en los estados totalitarios, aunque tampoco faltan
en aquellas democracias que, a base de mayorías
parlamentarias, imponen a la sociedad leyes
injustas.
Santo Tomás de Aquino (siglo XIII) era especialmente
claro sobre esto: “La ley humana es tal en cuanto
está conforme con la recta razón y, por tanto,
deriva de la ley eterna. En cambio, cuando una ley
está en contraste con la razón, se la denomina ley
inicua; sin embargo, en este caso deja de ser ley y
se convierte más bien en un acto de violencia” (Suma
de teología I-II, 93, 3, a la 2ª objeción). San
Agustín decía que una ley que va contra la ley
natural (contra la ética) no es realmente una ley,
sino una corrupción de la ley (cf. De libero
arbitrio I,5,11).
Estas ideas han sido recogidas por las enseñanzas de
los últimos Papas. Juan XXIII, por ejemplo,
afirmaba: “El derecho de mandar constituye una
exigencia del orden espiritual y dimana de Dios. Por
ello, si los gobernantes promulgan una ley o dictan
una disposición cualquiera contraria a ese orden
espiritual y, por consiguiente, opuesta a la
voluntad de Dios, en tal caso ni la ley promulgada
ni la disposición dictada pueden obligar en
conciencia al ciudadano (...) más aún, en semejante
situación, la propia autoridad se desmorona por
completo y se origina una iniquidad espantosa” (Pacem
in terris n. 51). Juan Pablo II, en la encíclica
Evangelium vitae nn. 68-74, recoge ampliamente estas
ideas.
En conclusión, cuando una ley formalmente perfecta
encierra un contenido contrario a la ética, se
convierte entonces en una “no-ley”: nadie está
obligado a respetarla. Porque encima de las leyes
positivas existe una ley superior, una "ley
natural". Lo recordó el Papa Benedicto XVI en un
discurso el 12 de febrero de 2007:
"La ley natural es la fuente de donde brotan,
juntamente con los derechos fundamentales, también
imperativos éticos que es preciso cumplir. En una
actual ética y filosofía del derecho están muy
difundidos los postulados del positivismo jurídico.
Como consecuencia, la legislación a veces se
convierte sólo en un compromiso entre intereses
diversos: se trata de transformar en derechos
intereses privados o deseos que chocan con los
deberes derivados de la responsabilidad social. En
esta situación, conviene recordar que todo
ordenamiento jurídico, tanto a nivel interno como a
nivel internacional, encuentra su legitimidad, en
último término, en su arraigo en la ley natural, en
el mensaje ético inscrito en el mismo ser humano".
Conviene añadir una última reflexión. Hay no pocos
deberes éticos que no están recogidos en las leyes y
no por eso dejan de ser obligatorios. Pensemos, por
ejemplo, en un estado que no haya establecido
ninguna normativa para los casos en los que alguien
deje abandonado a un niño recién nacido en la calle.
Desde el punto de vista legal, uno que pasa y ve
llorar al niño no estaría obligado por alguna ley
estatal a recogerlo y salvarlo de la muerte. Su
indiferencia no le llevaría a la cárcel. Pero
percibimos en seguida que la ética interpela a esa y
a cualquier persona que pase ante ese niño y le
haría sentir la obligación de prestar toda la ayuda
posible para salvar su vida.
Todos estamos llamados a colaborar en la
construcción de un mundo más justo. Justo
precisamente porque se basará en una ética que está
por encima de las “leyes positivas”. Una ética que
seguirá siempre en pie mientras exista en el corazón
del ser humano sentido de justicia y amor al bien,
respeto a cada ser humano, sea cual sea su edad,
tamaño, raza, apariencia, salud, religión, estado
socioeconómico. Una ética que nos pide, siempre, por
encima de cualquier ley inicua, que hagamos el bien
y que testimoniemos la belleza de la ética incluso
cuando llegue la hora de la persecución y de la
prueba. Antígona y Sócrates dejan huella, hacen al
mundo más hermoso y más feliz, y, al final, obligan
a los estados a mejorar sus leyes para adecuarlas a
la justicia.
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