OPINION
Por Horacio Verbitsky

Un golpe al terrorismo

La resolución firmada ayer por los camaristas Martín Irurzun, Horacio Cattani y Eduardo Luraschi, quienes confirmaron la invalidez e inconstitucionalidad de las leyes de punto final y de obediencia debida dictada en marzo por el ex juez federal Gabriel Cavallo, es un triunfo de la convivencia civilizada sobre el terrorismo. Cuando algunas voces destempladas empiezan a clamar que los ataques del 11 de septiembre en Estados Unidos vindican los métodos usados por Videla, Massera & Cia durante la guerra sucia como los únicos posibles para responder a una agresión de ese tipo, la Justicia argentina pone las cosas en su lugar. El terrorismo estatal no es aceptable bajo ninguna circunstancia y sus responsables deben rendir cuentas por sus crímenes. Eso sí, con todas las garantías del debido proceso que negaron a sus víctimas.
La Sala II de la Cámara Federal mantuvo una ejemplar coherencia. Su fallo cita una larga serie de resoluciones previas que cobran ahora pleno sentido. El voto de dos de sus miembros (el propio Cattani y Mario Gustavo Costa) por la inconstitucionalidad de los decretos de indulto, la apertura de las causas por investigación de la verdad, las identificaciones y restituciones de cuerpos de personas detenidas-desaparecidas y la declaración de imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad en las causas del dictador chileno Pinochet y los secuestradores y torturadores de la Escuela de Mecánica de la Armada, condujeron con naturalidad hacia lo ahora dispuesto.
Este fallo reivindica a los otros magistrados que nunca consintieron las leyes de impunidad, como el ex ministro de la Corte Suprema Jorge Bacqué. Entre ellos también están los integrantes de la Cámara Federal de Bahía Blanca Luis Cotter, Ignacio Larraza y Ricardo Planes, y su fiscal Hugo Cañón; el camarista de Paraná Gabriel Chausovsky y el de Mendoza, Juan Antonio González Macías, los jueces Carlos Oliveri, Juan Ramos Padilla y Luis Niño y el ex fiscal Aníbal Ibarra. Sus pronunciamientos por la Justicia y contra la impunidad fueron firmados en distintos años a.g., o sea antes de Baltasar Garzón.
El texto de la resolución también recorre la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia, que antes aún de la reforma constitucional declaró la prioridad de los tratados internacionales sobre cualquier norma interna. Esta aplicación de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados fue reforzada por el artículo 75 de la Constitución sancionada en 1994, que estableció en forma expresa esa primacía del derecho internacional. La misma Corte Suprema reconoció que la interpretación y aplicación de la Convención Americana sobre Derechos Humanos debe tomar como guía la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el tribunal que este mismo año declaró “inadmisibles” la amnistía y la prescripción en favor de los responsables “de las violaciones graves de los derechos humanos tales como la tortura, las ejecuciones sumarias extralegales o arbitrarias y las desapariciones forzadas”. Por todo eso, dijo ayer la Cámara Federal, la invalidez y la inconstitucionalidad de esas leyes “no es una alternativa, sino una obligación”.

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