RECOMENDACIONES GENERALES PARA MEJORAR LA PRACTICA DE LA MEDICINA

Uno de los principales compromisos de la Comisión Estatal de Arbitraje Médico de Oaxaca CEAMO es la de influir positivamente en la mejora de la practica medica publica y privada en nuestro estado. es por eso que nos permitimos hacerles llegar las Recomendaciones Generales para mejorar la Practica de la Medicina y en esta ocasión haremos los comentarios del primer punto, de los siete a tratar. Estas Recomendaciones derivan del Consenso de la Primera Reunión Nacional de Comisiones Estatales de Arbitraje Médico , convocadas por la CONAMED . El pleno considero que siguiendo estas recomendaciones se mejorará la relación médico paciente y se garantizara una atención medica de calidad:

l..- Mantener una relación respetuosa con el Paciente y su familia.

2.-Informar y obtener válido consentimiento por escrito antes de realizar procedimientos con riesgo .

3.-Elaborar un expediente clínico completo.

4.-Actuar con bases científicas y apoyo clínico .

5.-Proceder sólo con facultad y conocimientos.

6.-Garantizar seguridad en las instalaciones y equipo.

7.-Atender a todo paciente en caso de urgencia y nunca abandonarlo .

En la primera recomendación. mantener una relación respetuosa significa llevar a cabo básicamente ocho acciones :

Presentarse e identificarse con el paciente. sus familiares y/o los que representen al paciente .

Tratar de tener buenas relaciones con todos ellos y evitar siempre los malos tratos.

No demorar injustificadamente la atención medica solicitada. tratando de proporcionarla lo mas pronto posible.

Ser siempre imparcial y justo. es decir. no discriminar por ninguna razón al paciente .
independientemente de su nacionalidad, raza , condición social. creencia religiosa o política, etc.

Tener una excelente comunicación. utilizando siempre lenguaje entendible , sin tecnicismos .
asegurándonos siempre haber sido comprendidos en todo lo relacionado con la atención medica .

Tener siempre actitud de tolerancia, demostrando todo el tiempo disponible para escuchar al paciente y su familia. mostrando una actitud de que es muy importante para nosotros todo lo que se nos esta diciendo.

Dar la seguridad al enfermo y sus familiares que respetamos absolutamente el secreto profesional. es decir . mantener la confidencialidad que se requiera.

Ser claro y no confundir al paciente o familiares, en cuanto al diagnóstico, tratamiento y pronóstico. y sobre todo, no mentirle, no crear falsas expectativas.

“Informar y obtener el válido consentimiento por escrito antes de realizar procedimientos con riesgo”.

El consentimiento informado es considerado uno de los mayores aportes del derecho a la medicina; c conceptualmente se ha pasado de una relación vertical, proteccionista, paternalista, a la priorización del principio bioético de autonomía que actualmente debe regirlo. Hoy en día se constituye pues en un derecho fundamental del paciente y en una obligación ética y legal para el médico , así como un punto clave en la relación médico-paciente. El consentimiento informado establece una exigencia en la lex artis médica, por lo que se considera un acto clínico cuyo incumplimiento puede generar responsabilidad.

Esta recomendación merece diversas opiniones:

1) Ofrecer información clara y completa. Una información completa y veraz sobre cualquier procedimiento diagnóstico o terapéutico que se le proponga. El médico tiene el deber de comunicar los beneficios y los riesgos que ofrecen tales procedimientos en un lenguaje sencillo, claro, suficiente y adecuado para el o los familiares del paciente. En los casos excepcionales en que la información pudiese ocasionar graves perjuicios al paciente, ésta deberá dirigirse a la familia o tutor legal con el fin de obtener un consentimiento válido.

2) Se le debe dar información amplia y precisa, es decir, dar a conocer las demás opciones o alternativas a los procedimientos propuestos, y ser el paciente o el tutor del mismo que decidan o elijan sin coerción, o en su caso de rechazar el acto médico propuesto.

3) Explicar cual sería la evolución natural de la enfermedad sin el tratamiento propuesto.

4) Permitir una segunda opinión y no presionar al paciente a decidir cuando no haya una urgencia real.

4) Siempre es recomendable obtener el consentimiento informado por escrito en la historia clínica. Aquellos casos en los cuales han habido reclamaciones y se procedió mediante la información de los riesgos del acto médico y el paciente los asume y firma en la historia clínica, han sido absueltos de toda culpa u obligación.

5) En el caso de menores, el consentimiento debe ser firmado por padres o tutores; en ancianos, si se encuentra con sus capacidades mentales conservadas, es capaz de consentir por sí solo, de lo contrario deben ser sus familiares o representante legal.

6) El consentimiento informado no exime de responsabilidad al médico o institución en hipótesis de daño por impericia, imprudencia o negligencia.

7) Si el médico no da la información y no obtiene el consentimiento informado y el paciente desconoce los riesgos y las complicaciones del acto médico, este último no puede asumir la responsabilidad del mismo, recayendo esta en el médico por no haberlo hecho.

Así pues, podemos concluir que dos son los puntos claves, por un lado, la cantidad, calidad y forma de comunicar la información al paciente y, por otro, la necesidad de dejarlo documentado. Esta última consideración no supone el abandono de la información verbal que es la base del consentimiento.

Sabemos que un alto porcentaje de procedimientos diagnósticos y terapéuticos (principalmente quirúrgicos) en los cuales el consentimiento informado en forma escrita debería existir, no se lleva a cabo, y en aquellos en que sí se lo hace se constata una serie de errores conceptuales y de forma.

Si se nos permite, en el próximo boletín comentaremos sobre la importancia de la elaboración de un expediente clínico completo, mientras tanto el personal de la CEAMO les envía un afectuoso saludo.

Dr. Manuel Ortega González

Presidente de la Comisión Estatal

de Arbitraje Médico de Oaxaca.

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