Programa de Mejoramiento de la calidad de la educación (MED-BID)
Consultoría Carrera magisterial, política salarial, sistema de pagos,
incentivos y sanciones
PROPUESTA DE
SISTEMA DE INCENTIVOS AL MAESTRO PERUANO
Sigfredo
Chiroque Chunga
Lima, Enero 2002
ESQUEMA
1. LOS
INCENTIVOS: CONCEPTO Y REALIDAD
2. MARCO DE
UNA NUEVA PROPUESTA
2.1 SUPUESTO
1. NEXO: DESARROLLO HUMANO, CALIDAD
EDUCATIVA Y DESEMPEÑO DOCENTE.
2.3 ALGUNOS CRITERIOS A CONSIDERAR
3.1
INCENTIVOS EN LA EXPERIENCIA COLOMBIANA
3.2 INCENTIVOS EN LA EXPERIENCIA CHILENA
4. PROPUESTA
DE SISTEMA DE INCENTIVOS
4.3.
INCENTIVOS MONETARIOS POR DESEMPEÑO DOCENTE (IDD-I)
4.4 INCENTIVOS NO-MONETARIOS POR DESEMPEÑO
DOCENTE II (IDD-II)
4.5. INCENTIVOS POR CONTEXTO DEL DESEMPEÑO
DOCENTE (ICDD).
5. LAS
SANCIONES: CONCEPTO Y REALIDAD
6.
TIPIFICACIÓN DE LAS SANCIONES
6.1 RESPONSABILIDADES
Y FALTAS
7. ESTRATEGIA
GENERAL PARA ELABORAR Y APLICAR UN REGLAMENTO DE SANCIONES
Todo trabajo, como el
docente, conlleva una retribución. Sin embargo: ¿es conveniente y necesario
otorgar retribuciones monetarias y no-monetarias diferenciadas, en función a la
calidad del trabajo (desempeño) o a las condiciones en que se trabaja?
El objeto de la presente
propuesta asume la necesidad de otorgar a los docentes estas retribuciones diferenciales o
incentivos. Esto debe hacerse, considerando las características peculiares de
los maestros peruanos, pero buscando conjugar el derecho de los alumnos y la
sociedad a tener una educación de calidad, con los derechos laborales de los
mismos docentes.
Pero al mismo tiempo, el
maestro tiene deberes cuyo incumplimiento debe dar origen a sanciones. Éstas -antes que pensarse con
criterio punitivo- se deben presentar como procesos que también se orienten al
respeto de los derechos de los educandos y también de los trabajadores de la
educación.
La actual Ley del
Profesorado, formalmente vigente, contempla un conjunto de incentivos y
sanciones. En el presente documento, se busca profundizar y avanzar en una
renovada propuesta, principalmente en el campo de los incentivos. En este
sentido, se ha priorizado la I Parte referida a los incentivos.
Metodológicamente, se han
seguido los siguientes procedimientos: a) Estudio de antecedentes, sobre
incentivos y sanciones dentro y fuera
del país; b) Encuesta a docentes; c) Estudio de sugerencias de especialista; d)
Focus group con grupos de docentes en aspectos específicos (propuesta para
docentes rurales); y e) Recojo sistemático de críticas y sugerencias a
documentos preliminares al presente Informe. En este último caso, se han
recogido los aportes de los consultores nacionales y extranjeros, hechos de
manera directa e indirecta.
Ciertamente el tema de incentivos y sanciones al docente peruano no
se justifica per se. Es un componente
más que debe articularse coherentemente en una propuesta más amplia para
promover calidad docente, en función
a desarrollar calidad educativa, como
una herramienta estratégica para mejorar la calidad
de vida y de sociedad en nuestra Patria.
Hay dos cuestiones
iniciales por precisar: ¿qué entender por incentivos docentes y cuál sus
fundamentos? ¿Cómo estos incentivos se vienen dando en el caso peruano?
Analizando la experiencia
práctica y la literatura sobre el tema, encontramos hasta tres acepciones sobre
los incentivos:
·
Retribuciones diferenciales solamente por calidad de
desempeño docente, dentro de un atractivo sistema remunerativo-laboral;
·
Orgánicas retribuciones diferenciales por calidad y
condiciones de desempeño;
·
Inorgánicas retribuciones diferenciales que
formalizan solamente incrementos de haberes.
1)
Como
un sistema laboral y remunerativo que -por sus características estructurales y
de totalidad- resulta atractivo a los docentes, quienes se sienten plenamente
retribuidos por su trabajo. De manera directa, este sistema atractivo no es
sino el Modelo de Carrera Magisterial,
que puede incluir retribuciones diferenciales por mejor desempeño, pero no por
condiciones de desempeño.
Dentro
de este enfoque, no caben retribuciones excepcionales o diferenciales, en el
cumplimiento de similar cargo, sea cual fuere la condición de trabajo. Se asume
que todos los trabajadores de la educación laboran en similares condiciones y,
por lo tanto, todos tienen igual retribución monetaria o no monetaria. Cuando
más, puede existir diferenciación por mejores
desempeños, pero no por condiciones de desempeño. No se trata de dar incentivos por los simples
desempeños docentes, sino por la diferencia de calidad en los mismos. Las situaciones excepcionales (por ejemplo,
trabajo en zonas rurales de menor desarrollo relativo) pueden considerarse para
ganar méritos, en función de acelerar los prerrequisitos para mejorar en el
sistema único de carrera o de tratamiento laboral común a todos.
Este
planteamiento generalmente está asociado a modelos socio-económicos ortodoxos,
de creencia en el libre mercado. Siendo así, las excepciones resultan factores
de distorsión; y los incentivos por condiciones de trabajo se identifican como
excepciones distorsionadoras. Dos casos
ilustrativos de este planteamiento pueden ser:
·
Claudia Uribe (2000) postula que los incentivos
deben encararse como parte de un sistema laboral atractivo para los maestros y
postula estímulos económicos y no-económicos exclusivamente por su mejor
desempeño;
·
La legislación mexicana contempla -como parte del
sistema de ascensos en la carrera magisterial- que los años de permanencia en
un nivel disminuyen, cuando el docente labora en zonas de "bajo
desarrollo"[1]
2)
Un
conjunto estructurado de retribuciones monetarias y no monetarias que se
incluyen o adicionan al sistema remunerativo de los docentes. Estas
retribuciones no son generalizadas a todos los docentes, sino que se brindan de
manera personalizada, en la medida del contexto de trabajo y/o en relación a la
calidad diferenciada del desempeño del docente. Se trata de una suerte de
premio por el contexto o calidad del desempeño.
En
este segundo enfoque, se aceptan retribuciones diferenciales de los docentes
que devienen de dos factores: calidad del desempeño y condiciones de trabajo.
Aquí se trata de compensar el mayor esfuerzo, cuando las condiciones de trabajo
lo ameritan; o de premiar "los logros excepcionales en el desempeño
docente"[2]
·
Kemmerer (1989) desarrolla un "Inventario de
incentivos para maestros". Allí contempla incentivos monetarios, como:
salario, beneficios, suplementos en especies (vivienda, comida gratis...,
bonos, beneficios, empleo adicional; que deben complementarse con incentivos no
monetarios: reconocimiento nacional, apoyo institucional, calidad de vida en la
escuela, características de la escuela. Es decir, un verdadero sistema de
trabajo atractivo para el docente;
·
De igual manera, Francoise Delannoy (2001) -al
referirse a los incentivos docentes- los incluye en un "modelo basado en
competencia y desarrollo profesional"; pero también contempla no
generalizadas "remuneraciones en forma de bonos colectivos para escuelas
eficaces".
3)
Varias
retribuciones fundamentalmente monetarias que se dan al maestro y que se
incluyen o adicionan al sistema remunerativo de los maestros, de manera
inorgánica. Ni los incentivos constituyen un todo orgánico, ni las razones por
las cuales se dan los incentivos o estímulos tienen consistencia. Se trata más
bien de procesos formales para incrementar los montos remunerativos de los
docentes.
·
En la práctica, la mayoría de nuestros países asumió
los incentivos docentes en esta acepción.
·
En el caso peruano, los estímulos se han tomado de
esta manera. Formalmente (considerando algunos fundamentos normativos) se han
usado los estímulos, con el real objetivo de aumentar los haberes docentes,
como veremos más adelante.
En la presente propuesta,
nos ubicamos en la segundo enfoque. Lo hacemos descartando la inorganicidad del
tercer planteamiento y, porque creemos que la realidad peruana donde laboran
los maestros tiene disparidades que importa considerar cuando se definen
políticas laborales. En el caso de los docentes, ellos tienen una alta
movilidad que los lleva a trabajar algún tiempo en zonas deprimidas y
posteriormente buscar reasignaciones hacia otras lugares. El trabajo en
condiciones deprimidas de alguna manera debe ser recompensado de manera
diferencial[3]. Sin
embargo, hay necesidad de complementar un necesario y atractivo sistema de
carrera pública magisterial y un adecuado sistema de incentivos. En ambos
casos, la obtención de ascensos o de incentivos necesariamente debe ser materia
de un adecuado sistema de evaluación.
En
el presente documento, entonces, vamos a entender a los incentivos, como un
conjunto articulado de retribuciones monetarias y no monetarias que se
adicionan a las retribuciones generales que reciben los maestros. Las
retribuciones generales se dan por cumplir un cargo o función, dentro de la
escala prevista en la Carrera Pública Magisterial. Los incentivos se adicionan
a estas retribuciones generales, en razón a la calidad del desempeño docente o
al contexto del desempeño docente. Las retribuciones monetarias por incentivos
no son generalizadas, ni son permanentes, ni pensionables.
Por ejemplo, la retribución de un director del II Nivel
(categoría o estrato) es igual en todas partes. Puede ser diferente, con los
incentivos: sea porque ejerce el cargo en áreas rurales (contexto del
desempeño) o porque cualitativamente destaca en ese desempeño.
Este enfoque preciso de
incentivos no entra en contradicción con la propuesta de contar con un sistema
laboral y remunerativo que sea lo suficientemente motivador para el magisterio
nacional. Es más, los incentivos deberían conformar un subsistema de la
propuesta general.
La experiencia chilena ha
corroborado la combinación que estamos señalando. En efecto, el 1996 se puso en
marcha el Sistema Nacional de Evaluación
de Desempeño de los Establecimientos Educacionales Subvencionados (SNED) como
una importante estrategia de
incentivos colectivos. El año 2000, la propuesta se complementó al firmarse el Protocolo de acuerdo entre el Ministerio de
Educación y el Colegio de Profesores de Chile A.G. Aquí el acuerdo era más
amplio y tocaba aspectos centrales de la Carrera Pública Magisterial (jornada
laboral, remuneraciones generales, condiciones laborales, profesión docentes y
nuevas oportunidades en la carrera y nuevos espacios de participación de los
docentes.
En este marco, el modelo
de Carrera Pública Magisterial y su operativización en un Escalafón debería contar con dos dimensiones:
·
Una referida a retribuciones monetarias según los
niveles, cargos y funciones que ocupa el docente; y
·
Otra referida a retribuciones monetarias y no
monetarias, según la calidad y el contexto del desempeño en las funciones del
docente. Estas retribuciones de incentivos no permanentes y, por lo tanto, no
deben ser pensionables.
Analizando la información
que se presenta en el Cuadro 1, Cuadro 2 y Anexo 1, podemos señalar:
a) El
sistema remunerativo vigente para los docentes peruanos -por sus valores y por
su estructura. no representan ningún estímulo
·
El docente mejor remunerado no llega a cubrir ni el
50% de la canasta familiar básica;
·
La estructura vigente no contempla mayores
diferencias entre el monto remunerativo de un nivel magisterial a otro: El
grupo de docentes mejor remunerado (V nivel Magisterial) se diferencia del
Grupo con menores ingresos (Estrato E) en un 22.7%;De un nivel magisterial a
otro, la diferencia no llega -en el mejor de los casos- al 4%.
b) No
podemos decir que tenemos un conjunto estructurado de retribuciones monetarias
y no monetarias que se incluyen o adicionan al sistema remunerativo de los
docentes:
·
Formalmente, la vigente Ley del Profesorado
contempla múltiples bonificaciones, algunas de las cuales se podrían asumir
como incentivos.
·
Sin embargo, respecto a los incentivos legalmente
reconocidos se dan dos situaciones: ni formalmente llegan a constituir un
cuerpo orgánico, ni en la práctica se cumplen a cabalidad.
Cuadro 1.
Remuneración Bruta Promedio del Docente peruano, según Niveles
Magisteriales
(Enero 2002)
|
NIVELES MAGISTERIALES: TÍTULO PEDAGÓGICO |
ESTRATOS: SIN TÍTULO PEDAGÓGICO |
||||||||||
|
V |
IV |
III |
II |
I |
PROM. |
A |
B |
C |
D |
E |
PROM. |
|
905.83 |
872.26 |
850.83 |
829.74 |
813.32 |
835.51 |
736.93 |
725.77 |
720.59 |
706.27 |
699.86 |
718.56 |
|
100.0% |
96.29% |
93.93% |
91.60% |
89.79% |
90.94 |
81.35% |
80.12% |
79.55% |
77.97% |
7726% |
78.21 |
|
100.0% |
96.29% |
93.93% |
91.60% |
89.79% |
|
100.0% |
98.49% |
97.78% |
95.84 |
94.97 |
|
|
|
|
|
|
|
100.0% |
|
|
|
|
|
86.0% |
FUENTE.-
Elaboración propia, en base a datos del MED-Unidad de Estadística (Pedro Orihuela).
Ver Anexo 1.
Cuadro 2.
Estructura de la
Remuneración Bruta Promedio del Docente peruano
(Enero 2002)
|
|
BRUTA TOTAL |
REM. BÁSICA |
REMUNERACIÓN TOTAL PERMANENTE |
BONIFI-CAC. |
||||
|
Refrigerio |
Personal |
Familiar |
Varios |
Total |
||||
|
A) Con Título Pedagógico |
835.51 |
50.00 |
5.00 |
0.00279 |
3 |
57.11021 |
65.113 |
720.40 |
|
100.00% |
6.00% |
0.60% |
0.00% |
0.36% |
6.83% |
7.78% |
86.12% |
|
|
B) Sin Título Pedagógico |
718.56 |
50.00 |
5.00 |
0.00195 |
3 |
44.44305 |
52.445 |
616.12 |
|
100.00% |
6.96% |
0.70% |
0.00% |
0.42% |
6.18% |
7.29% |
85.74% |
|
|
A + B |
805.13 |
50.00 |
5.00 |
0.00253 |
3 |
53.21747 |
61.22 |
693.91 |
|
100.00% |
6.21% |
0.62% |
0.00% |
0.37% |
6.61% |
7.60% |
86.19% |
|
|
Zona rural S/ 45 10% de Rem.Tot.Perm. |
Bonificaciones Direc.Subdirect. * Menos
de 16 secciones: S/ 45 * De 16
a 34 secciones S/ 60 * De 35
a más secdiones S/ 75 |
Bonificac.Direcc-Subdirec. * 6% de
Rem.Total Permante *
Equivalencia promedio: S/ 3.67 |
FUENTE.-
Elaboración propia, en base a datos del MED-Unidad de Estadística (Pedro
Orihuela). Ver Anexo 1
c) De
acuerdo al concepto de incentivos que hemos asumido, la cobertura actual de
estos incentivos es la siguiente:
·
Contexto de trabajo.- Unos 60198 docentes trabajan
realmente (1998) en área rural[4];
pero una cifra mayor formalmente se le considera como si estuviese en áreas
rurales, aunque ahora laboren en pleno centro de la ciudad. Cada uno de ellos percibe un adicional S/ 45
+ un 10% de la Remuneración Total Permanente, que en promedio equivale a S/
8.12. Es decir, un total de S/ 53.12, por laborar en este contexto.
·
Mérito personal.- En la medida que algunos docentes
destacan por su nivel académico o su compromiso profesional, se ven
incentivados con estímulos no monetarios como las Palmas Magisteriales.
Estas
retribuciones fundamentalmente monetarias que se dan al maestro y que se
incluyen o adicionan al sistema remunerativo de los maestros -en el mejor de
los casos- representan un adicional de S/ 53 a la media de S/ 805. Es decir,
los incentivos propiamente dichos significan un 5.7% de un total límite de S/
930.
Es
interesante anotar que formalmente, los maestros peruanos han ido recibiendo un
conjunto de bonificaciones que representan el 86.19% del total de las
remuneraciones docentes en promedio. En algunos casos, estas bonificaciones se
han otorgado como incentivos, pero con ellos lo único que se buscaba es una
nivelación o incremento en las remuneraciones magisteriales. Por ello, podemos
decir que -actualmente en el sistema educativo peruano- ni los incentivos a los docentes constituyen
un todo orgánico, ni las razones por las cuales se dan tienen consistencia, que
no sean los procesos formales para
incrementar los montos remunerativos de los docentes.
Ante todo, importa afirmar
que no se puede hablar de un sistema de incentivos y sanciones de los maestros,
al margen de una necesaria política
docente global. Pero tampoco ésta tiene sustento per se. La práctica docente se da dentro de una urgente propuesta
de mejoramiento de la calidad educativa,
que también se da como parte de una estrategia de desarrollo humano, en contextos peculiares -económicos, sociales y
culturales- de nuestros pueblos. Es
decir, hay una teleología y un marco cuyo olvido lleva a desnaturalizar la misma razón de ser de la
práctica docente y educativa. En este sentido, queremos explicitar -de manera
muy resumida- algunos supuestos y criterios
de una renovada propuesta.
Bien
sabemos que la educación surge históricamente como un satisfactor de las personas
que requieren saber -social e históricamente acumulado- para sobrevivir y para
desarrollarse. Las necesidades
humanas que se responden con prácticas
y éstas que se convierten en experiencias
permiten acumulación de saberes que a
veces se transmiten y desarrollan de manera no intencional y otras se plasman
como aprendizajes mediados e
intencionales.
La
práctica educativa nace como una forma intencional
y mediada de promover aprendizajes,
mediante acciones de enseñanza. Pero, la práctica educativa en su ontogénesis
surge en función al desarrollo humano. Por
lo tanto, sus procesos básicos de enseñanza y de aprendizaje solamente tienen
razón de ser si apuntan hacia el desarrollo humano. Las tareas que tiene el
alumno de aprender y las tareas de enseñar del docente, encuentran la misma
teleología. Por ello: las políticas en
referencia a quienes aprenden o a quienes enseñan deben necesariamente
orientarse hacia el desarrollo humano de ellos y de los demás. Sería
contradictorio, entonces, trazar propuestas de Carrera Pública Magisterial que
marginasen el desarrollo humano de estudiantes y/o docentes.
Cuando
postulamos calidad educativa, está
claro que no solamente buscamos mejores aprendizajes del alumno, sino también
mejores enseñanzas; pero finalmente que ambos procesos se orienten a mejorar la
condición de vida de los sujetos.
Pero
importa precisar que el desarrollo humano
está determinado por múltiples factores, uno de los cuales es la calidad educativa. A su vez, la calidad
educativa está determinada por múltiples factores endógenos y exógenos al
sistema educativo. Una de las determinaciones de calidad educativa -no la
única- es justamente el factor docente. En
estudios hechos en el Perú y en otros países, se afirma que la calidad del
trabajo de los maestros estaría explicando al rededor del 45 % del rendimiento
de los alumnos.
"El
conjunto de los factores docentes estudiados explican el 51.16% de la varianza
del rendimiento de los alumnos en la línea de matemática. Este porcentaje es el
índice -podríamos decir- en participación de los factores docentes en la línea
de matemática. De tales factores, se ha determinado que contribuyen en mayor
medida: la forma democrática y afectuosa de conducción y organización
pedagógica del docente (26%), la capacidad numérica (15%), la ascendencia como
rasgo de la personalidad docente (12%)[5]
Dos
estudios hechos en Estados Unidos corroboran la gran influencia del desempeño
magisterial en el desarrollo de las competencias escolares. Ronald Fergusson[6]
establece que el 40% de la varianza en pruebas de lectura y de matemáticas en
900 distritos del Estado de Texas encuentra explicación en la calidad
profesional de los maestros. Linda Darling-Hammond[7]
encontró similares resultados para el caso de Alabama, Michigan, Georgia, Virginia
y la ciudad de New York.



El
influjo del trabajo docente (su desempeño) en la calidad de la educación no es,
pues, un simple enunciado doctrinario; sino que existen evidencias empíricas
que lo corroboran. Sin embargo: ¿en qué sentido el desempeño mejora, al
modificarse positivamente las condiciones el sistema laboral y específicamente
los incentivos a los docentes?
Implícitamente
se acepta que los desempeños docentes tienen que ver con un buen sistema de
Incentivos, que provocarían una mejor
motivación laboral en los docentes. Cuando estos procesos coinciden con una
buena formación profesional, se plasmarían los mejores desempeños de los
maestros[8].





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No
hemos encontrado estudios nacionales que nos permitan precisar la mayor o menor
determinación explicativa del desempeño docente. Lícitamente podríamos
preguntarnos: ¿Cuál la mayor determinación en el desempeño docente? ¿la
variable formación inicial o continua? ¿la variable incentivos? ¿las
condiciones de trabajo?
E.
Cohn (1996) -citado por Alejandra Mizala y Pilar Romaguera[9]-
asevera que la calidad de los docentes se relaciona con su estructura salarial
en dos aspectos:
·
Los bajos salarios y poca diferencia en los
niveles magisteriales impiden reclutar y retener a los mejores alumnos de
formación magisterial; y
·
Los salarios parejos no permiten discriminar
entre áreas de enseñanza y niveles de desempeño.
Sin
embargo, a partir de experiencia internacional[10],
se puede decir que los simples incentivos cuando son personales: no solamente
promueven el individualismo en una práctica como la educación eminentemente
colectiva; sino generan dificultades al aplicarse los procesos de evaluación
de estándares de desempeño individual.
Esto ha llevado, como en el caso de Chile, a combinar incentivos individuales e
institucionales como formas para mejorar los desempeños docentes, en función a
la calidad educativa.
Analizando
el desarrollo cuantitativo y cualitativo de los maestros peruanos, vamos a
encontrar como tres enfoques latentes que importa explicitar. Estos enfoques
tienen que ver en la relación que se establecen entre los maestros y los
alumnos; entre los sujetos que enseñan y los sujetos que aprenden; señalando
tres formas alternas de encarar la relación entre el derecho de los maestros y
el derecho de los alumnos. Según el enfoque que uno asuma, pondrá énfasis en
los roles que deben cumplir los maestros, así como en las políticas a
implementar con los docentes.
Acerca
del desarrollo magisterial
encontramos tres enfoques, en la medida que se pone el acento en:
·
Los sujetos que enseñan;
·
Los sujetos que aprenden; o
·
Interacción de los sujetos que enseñan y
aprenden.
a)
Desarrollo magisterial y acento en sujetos que enseñan.
Acorde
a modelos de Pedagogía Tradicional, por mucho tiempo, la práctica educativa
puso énfasis en la enseñanza. El
mejoramiento de la educación se centraba en una atención peculiar a los
diversos elementos relacionados al proceso de enseñar: maestros, contenidos y
programas.
Dentro de
este enfoque, hay una atención peculiar a quienes
enseñan: los maestros; pero sin establecer un nexo específico con el
desarrollo del aprendizaje.
Tradicionalmente,
se aceptaba mejorar las condiciones del magisterio en razón a su simple
situación de trabajadores y en la medida de constituir un grupo
social organizado con capacidad de hacer presión. Desde 1892, en el Perú,
los gremios magisteriales han tenido importante influjo en el mejoramiento de
las condiciones laborales de sus asociados.
Nuestra
Constitución y otra legislación vigente
en el Perú reconocen a los trabajadores un conjunto de derechos que no pueden
desconocerse. El 16 de diciembre de 1966, la Asamblea General de las Naciones
Unidas aprobó la Resolución 2200 A (XXI), donde se reconocían los Derechos Económicos, Sociales y Culturales
(DESC) de los grupos sociales. Surgió así el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
(PIDESC), que fue ratificado por
el Perú mediante Decreto ley No. 22129
del 28 de marzo de 1978.Con ello, se asumía que así como existen derechos
humanos para los sujetos individuales, se aperturaba la aplicación de los mismos
derechos humanos cuando hablamos de sujetos colectivos[11].
Tratándose de un grupo social como el magisterio, es posible -entonces- hablar
de los DESC del magisterio.
Cuando se pone el acento en los derechos de quienes
enseñan, las políticas de incentivos se daban, fundamentalmente, atendiendo al
criterio de los derechos imanentes a toda persona en cuanto trabajador.
De alguna manera, muchas de las prácticas gremiales de
los maestros (felizmente en superación) reproducen con radicalidad esta
orientación; en la medida que reivindican mejoras al magisterio, como derechos
justificables por sí mismos, sin establecer cómo estas mejoras (económicas o de
condiciones de trabajo, digamos) aportan en la calidad educacional, perfilando
un mejor aprendizaje de los alumnos. En este marco, en la práctica, los derechos de los maestros se ponen al margen
de los derechos de los estudiantes.
b)
Desarrollo magisterial y acento en sujetos que aprenden.
La
Pedagogía Contemporánea trajo una importante recuperación del aprendizaje, como orientación central de
toda acción educativa. El mismo concepto de calidad
educativa se asocia al avance de los estudiantes en aprendizajes individual
y socialmente significativos. De allí, la importancia que asumen los
estudiantes y sus desempeños como parámetro de primer orden para determinar los
avances en la educación de un país.
Dentro
de este marco, se ha generado una importante tendencia actual a poner el
derecho de quienes aprenden, como referente paradigmático de todo sistema
educativo. Ahora bien, en la medida que todos los sujetos de la educación (estudiantes, maestros y comunidad) son
asumidos como insumos del sistema, se
acepta que ellos (los sujetos) también son funcionales a los objetivos del
mismo sistema. El desarrollo magisterial, en este enfoque, se debe dar en la
medida que coadyuva a lograr los objetivos del sistema, que no son sino los de
mejorar los estándares de aprendizaje en los estudiantes.
Radicalizando
este enfoque, algunos postulan terminar con la estabilidad laboral absoluta de
los maestros, por cuanto esto impediría una adecuada selección (anual) de
maestros que realmente aporten a la calidad educativa. O se plantea que los
incrementos salariales u otras mejoras de desarrollo magisterial deban tener
como único parámetro su real aporte al desarrollo en la calidad educativa o
aprendizajes de los estudiantes.
En
realidad, con este enfoque, no se buscan anular todos los beneficios de los
maestros, sino supeditarlos al nuevo paradigma del aprendizaje. Los derechos de los maestros se supeditan a
los derechos de los estudiantes.
c)
Desarrollo magisterial y acento en la interacción de los sujetos que
enseñan y aprenden
Dentro
de una visión holística y con criterio de desarrollo humano, existe un tercer
enfoque que busca conjugar el derecho de todos los sujetos que intervienen en
la acción educativa. Apostamos en esta dirección.
Para
nosotros, los dos primeros enfoques no relevan que la educación es práctica
intencional de interacción de los sujetos. Siendo verdad que el núcleo central
de toda acción educativa es el aprendizaje intencional, éste solamente es
posible en la interacción de quien aprende, con quien enseña. De igual manera,
los sujetos de la educación también
son sujetos de todo sistema educativo
y no meramente insumos.
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Bien
sabemos que, históricamente, de la conciencia de aprender, la humanidad
adquirió la conciencia de enseñar;
por ello, procesos como el del aprendizaje (bajo directa responsabilidad de los
educandos) y de enseñanza (bajo directa responsabilidad de los docentes), si
bien son diferenciados, son inseparables entre sí.
"El
enseñar no existe sin el aprender y viceversa. Fue aprendiendo socialmente que
-históricamente- hombres y mujeres descubrrieron que era posible enseñar. Fue
así que -aprendiendo socialmente a lo largo de los tiempos- mujeres y hombres
se dieron cuenta que era posible desarrollar diversas maneras, caminos y
métodos de enseñar. El aprender precedió al enseñar. O dicho, en otras
palabras, el enseñar se diluía en la experiencia realmente fundante de
aprender"[12].
El
rol de quien enseña solamente tiene sentido en su nexo con el proceso de quien
o quienes aprenden. Ni el alumno es meramente funcional al maestro, ni el maestro es meramente funcional al alumno. Por naturaleza, la
acción educativa la concebimos como un proceso de interacción orgánica y
sistemática de sujetos, para el desarrollo formativo de los sujetos.
Pero
importa hacer otra precisión, en referencia a concebir a los sujetos como insumos de un sistema. En el caso que estamos analizando, los
maestros serían los insumos, funcionales a los objetivos del sistema educativo.
En
la Teoría del Capital Humano, hay un
importante avance al reconocer la importancia de las habilidades de la
población en el desarrollo socio-económica de un pueblo; y por lo tanto, el
aporte educacional. Sin embargo, algunos confunden el medio-insumo (desarrollo
de habilidades), con el fin (desarrollo humano): la parte con el todo. En
realidad, en todo sistema, los humanos somos sujetos del mismo y no meros insumos.
Las habilidades de los maestros y no propiamente los maestros son los insumos
del sistema educativo.
Analizando
el reduccionismo de considerar al humano como instrumento o insumo del
desarrollo (económico), Amartya Sen señala con mucha precisión:
"El énfasis que se ha asignado al capital humano
-en particular al desarrollo de la destrezza y la capacidad productiva de toda
la población- ha contribuido a suavizar y humanizar la concepción de
desarrollo. A pesar de ello, cabe preguntar si el hecho de reconocer la
importancia del 'capital humano' ayudará a comprender la relevancia de los
seres humanos en el proceso de desarrollo. Si en última instancia
considerásemos al desarrollo como la ampliación de la capacidad de la población
para realizar actividades elegidas (libremente) y valoradas, sería del todo
inapropiado ensalzar a los seres humanos como instrumentos del desarrollo económico"[13]
Dentro
de este marco, existe la necesidad de hablar del maestro, pero sin olvidarnos
de los sujetos-educandos; y viceversa
Por razones didácticas, podemos hacer separaciones, pero ambos temas son
inseparables.Existe un nexo
complementario e inseparable entre derechos de los estudiantes y derechos de
los docentes.
Al postular una renovada
alternativa de Carrera Pública Magisterial e Incentivos, quisiéramos explicitar
algunos criterios importantes.
(1) Los incentivos
deben darse como parte de una política docente integral y participativa.
Hay un eje de acumulación
en toda política magisterial: las personas que ejercen la docencia. Ellos deben
ser asumidos como profesionales de la
educación y, en cuanto tales, se debe promover su desarrollo integral.
Al trazar una política de
desarrollo integral de los profesionales de la educación, importa abordar sus
aspectos de desarrollo: personal / ocupacional / económico, social y de
condiciones de trabajo y / cultural.
Por la misma concepción
educativa, los maestros y su organización representativa (SUTEP) deben ser
partícipes en la formulación, implementación, ejecución y evaluación de toda
política docente. Sin embargo, importa precisar que el gremio no solamente está
constituido por las dirigencias.
(2) Los incentivos
deben darse, considerando una opción de discriminación positiva.
Asumiendo el criterio de
equidad social, surge la necesidad de priorizar los espacios
geográfico-sociales y culturales donde la calidad educativa es más deficitaria.
Si existe un nexo entre calidad educativa y desempeños docentes, una manera de
concretizar una discriminación positiva a
estos espacios es estableciendo incentivos a los docentes que laboren allí.
Dentro de este marco,
deben ampliarse y organizarse mejor los incentivos particulares a los docentes
de áreas rurales; no solamente en razón a que -como trabajadores- laboran en
condiciones de mayor dificultad, sino dentro de una estrategia de mejoramiento
de la calidad de la educación, aplicando discriminación positiva.
(3) Los incentivos
deben darse desde una sociedad educadora.
Tradicionalmente se ha
puesto énfasis en una educación en manos del Estado, donde la comunidad era
poco relevante en las decisiones. El Estado se presentaba como la
representación de lo público. Se configuró así lo que se ha dado por denominar
el Estado docente. Desde este
enfoque, el Estado y casi nunca la sociedad
civil participaban en las decisiones de política magisterial.
Acorde con la dinámica
contemporánea, planteamos transitar de la concepción de Estado docente, al de Sociedad Educadora. Es decir, donde las
diversas organizaciones de la sociedad civil y no solamente el Estado asuman un
rol protagónico en la educación y también en el campo de las políticas
magisteriales. Siendo así, todo sistema de incentivos y sanciones debe
contemplar la participación de la sociedad civil.
(4) Los incentivos
deben darse asumiendo el contexto económico y social del país.
Actualmente, el tamaño
del gasto educativo gira al rededor del
3% del PBI. De este total un 70% se orienta al gasto en remuneraciones.
Asumiendo que el número de alumnos matriculados va a tener un crecimiento
desacelerado, al igual que el número de docentes, se puede estimar que este 70%
del Pliego Educación -dirigido a sufragar los gastos en remuneraciones- debe
tender a mantenerse en los próximos años.
De acelerarse el ritmo en
el crecimiento del PBI nacional, su mayor tamaño impactaría positivamente en el
volumen absoluto del PBI para educación y en mejores condiciones en todos los
campos de inversión.
En el caso específico del
factor docente y tomando como base el 3% PBI, podemos estimar que -en términos generales- cada unidad de
incremento del PBI para educación, permite
un 33.3% de mayores posibilidades de mejoramiento de los maestros
peruanos y, a su vez, mayores posibilidades de inversión en factores
no-docentes. De esta forma, si se duplica el tamaño del PBI para Educación, no
solamente se tendrían posibilidades para duplicar el Rubro remuneraciones; sino
también duplicar otros rubros del gasto del Sector.
Pensaríamos que una real
alternativa de un nueva propuesta Carrera Pública Magisterial y de incentivos
al magisterio nacional debe pensarse en tres escenarios:
·
Escenario 1.- El PBI para educación se mantiene en
3%. Por lo tanto, las propuestas simplemente deben buscar racionalizar los
actuales gastos.
·
Escenario 2.- El PBI para educación crece al 5% como
se comprometió el Dr. Alejandro Toledo Manrique, Presidente de la República del
Perú, ante el SUTEP. En este escenario, la media de S/ 805.13 por maestro,
podría (en soles constantes) aumentar a S/ 1342. Este monto se daría por todos
los conceptos.
A
nuestro juicio este escenario es el políticamente aceptado y, por lo tanto, la
propuesta debería girar al rededor del mismo.
·
Escenario 3.- El PBI para educación crece al 7%,
como lo solicita el sindicato magisterial. En este caso, la media de inversión
por maestro podría subir a S/ 1879, considerando todos los conceptos.
La estrategia de
aplicación de los incentivos docentes deben conjugar por lo menos dos
variables:
·
Controlar un posible efecto social negativo, de
general aplicaciones igualitarias con otros grupos ocupacionales de la
administración pública; y
·
El efecto económico, de promover básicamente el
consumo de productos de importación (alimentos, por ejemplo), contribuyendo a
la generación de problemas macroeconómicos. Esto se provoca, cuando las mejoras
son lentas o excesivamente graduales.
Queremos resumir muy
brevemente las experiencias de Colombia y de Chile sobre incentivos docentes,
en los términos que los estamos entendiendo. Hemos seleccionado estos dos
países, en la medida que representan dos maneras de encarar la cuestión, dentro
de la Región: en Colombia, en términos generales, se trabaja con la categoría
tiempo de servicio; mientras en Chile, se usa la categoría desempeño docente, en
función al mejoramiento de la calidad educativa. Importa señalar que -en ambas
experiencias- los incentivos son parte adicional de una estructura remunerativa
generalizada; en el caso chileno inclusive, se precisa un piso remunerativo o
Remuneración Básica Mínima Nacional (RBMN).
De igual manera,
presentamos brevemente algunas sugerencias sobre incentivos docentes recogidas
para el caso peruano.
En Colombia, el Estatuto
Docente[14]
contempla desde 1979, siete (7) incentivos para el magisterio:
1)
Tiempo
doble.- Con fines de ascenso, se reconoce el doble de tiempo
de servicio para los docentes que laboran en zonas rurales y de menor
desarrollo;
2)
Preferencia
para traslado.- Para los docentes que trabajan en ciudades de menos
de 100000 habitantes;
3)
Tiempo
de servicio por estudios de posgrado. Se
reconoce tres (3) años válidos para ascensos a quien obtenga título de
posgrado;
4)
Prestaciones
para hijos de educadores. Los hijos de maestros no pagan
matrícula ni pensiones en instituciones oficiales o semioficiales. De igual
manera, se conceden facilidades de préstamos para pago de sus estudios
profesionales;
5)
Equivalencia de cursos. El
docente titulado que dicta un curso, se le reconoce como si lo hubiese recibido
con fines escalafonarios;
6)
Tiempo
de servicio por obra escrita. Para efectos de ascenso,
se reconocen dos años de servicio para el profesor que escriba una obra
científica, didáctica o técnica.
7)
Comisiones
de estudio. Los docentes tienen facilidades de estudio, dentro
o fuera del país.
El Gobierno y la
organización gremial (FECODE) combinieron posteriormente que de los gastos del
Ministerio de Educación en el magisterio: un 80% deberían derivarse para
remuneraciones generales y un 20% para incentivos diferenciales.
La estructura remunerativa
del docente chileno contempla unos 16 componentes[15]:
(1) Remuneración Básica Mínima Nacional, RBMN; (2) Asignación de experiencia;
(3) Asignación de perfeccionamiento; (4) Asignación por desempeño en
condiciones difíciles; (5) Asignación de responsabilidad directiva y técnico
profesional; (6) Asignación especial de incentivo profesional; (7) Incrementos
a las asignaciones de experiencia, perfeccionamiento y responsabilidad; (8)
Remuneración Total Mensual, RTM, o Ingreso Mínimo Docente, IMD; (9) Planilla
complementaria para alcanzar RTM o IMD; (10) Bonificación proporcional; (11)
Bono extraordinario anual; (12) Unidad de Mejoramiento Profesional, UMP; (13)
Complemento UMP; (14) Bonificación de excelencia; (15) Refuerzo educativo; y
(16) Bonificación especial para profesores encargados de escuelas rurales.
De estos componentes y
según el concepto asumido de incentivos, podemos señalar que el docente chileno
tiene los siguientes incentivos monetarios:
1)
La
asignación por perfeccionamiento. Consiste en un
porcentaje de hasta el 40% de la RBMN por estudios. El monto de la asignación
depende de las horas de duración de cada programa, curso o actividad de
perfeccionamiento o de postítulo y posgrado. Las instituciones que brindan la
formación son acreditadas. El beneficio llega a los docentes del sector
municipal y particular subvencionado.
2)
La
asignación por desempeño en condiciones difíciles. Se otorga a los docentes municipales y del
sector particular subvencionado que laboran en establecimientos educativos,
calificados como de condiciones difíciles. Éstas se definen por: a) Aislamiento
geográfico; b) Ruralidad efectiva; y c) Especial menoscabo o particular
condición del tipo de población atendida, por ejemplo, extrema pobreza. La
asignación podrá llegar hasta el 30% de la RBMN y se otorga con criterio
bianual.
3)
Asignación
especial de incentivo profesional. Se otorga por razones
fundadas en el mérito, con carácter temporal o permanente, para algunos o la totalidad
de los docentes de 1 ó más establecimientros de un municipio. El monto y los
requisitos del incentivo se fijan en cada municipio
4)
Bonificación
de excelencia. Destinada a establecimientos educacionales
subvencionados, calificados como de excelente desempeño de acuerdo al Sistema Nacional de Evaluación de Desempeño (SNED),
según selección que efectúe la División de Planificación y Presupuesto del
MINEDUC, cada dos años. El máximo de establecimientos calificados como
excelentes, no puede exceder del 25% de la matrícula regional.
5)
Bonificación
especial para profesores encargados de Escuelas Rurales. Bono
mensual imponible y tributable para docentes del sector municipal rural, del
sector particular subvencionado y para los sostenedores de escuelas rurales que
reúnan los requisitos. Los docentes pueden ser designados, contratados o con
desempeño de 44 horas cronológicas semanales y, si es inferior, el monto
asignado es proporcional.
De manera resumida,
recogemos los aportes especializados para el caso peruano:
1)
María
Amelia Palacios Vallejo[16].
Se debe considerar una verdadera "política de
estímulo: no sólo eficiencia, también mejores salarios". En este marco, un
sistema de incentivos, debería contener: a) Otorgar incentivos económicos a las
escuelas que desarrollen innovaciones en sus currículos y estilos de enseñanza
y demuestren sus buenos resultados en el aprendizaje de los alumnos; b) Otorgar
incentivos académicos a los docentes destacados (becas, facilidades para hacer
investigaciones...); c) Otorgamiento de puntaje para escalafón al docente más
destacado por su desempeño en cada centro educativo.
2)
Lorena
Alcázar y Pierina Pollarolo. Para estas especialistas, en las
actuales circunstancias del país, no es posible una reestructuración profunda o
fundamental de la política magisterial (las autoras se refieren específicamente
a los docentes rurales o que laboran en condiciones especiales), debido a la
resistencia de los afectados. En este sentido, postulan reformas parciales al régimen
laboral y remunerativo, donde se incluyen incentivos a los docentes, pensando
en el mejoramiento de la calidad de educación rural. Señalan tres propuestas:
·
Modificaciones al sistema de nombramientos y
reasignaciones para introducir mayor movilidad y oportunidad a los docentes
rurales de ser trasladados a los lugares donde residen sus familias;
·
Bonificaciones monetarias y no monetarias para
alentar a los docentes que se desempeñan satisfactoriamente a permanecer en
zonas especiales, luego de dos o cuatro años de desempeño satisfactorio; y
·
Evaluaciones periódicas del desempeño de los
docentes de zonas especiales como requisito para la reasignación o el
otorgamiento de bonificaciones, con la posibilidad de remover a los que no
superen los niveles requeridos.
3)
Leon
Trahtemberg[17]. Postula
que se consideren incentivos por entrenamiento o como premios a individuos o
colectividades educativas por el desarrollo de un proyecto. Se podrían otorgar
bibliotecas a la institución educativa o al docente, así como viajes. En
algunos casos, estos incentivos los daría la municipalidad. Cuando los
incentivos son monetarios deberían ser temporales (termina el proyecto, termina
la asignación) o ser reorientados a la remuneración básica del docente.
4)
Gróver
Pango[18].
Señala que deben plantearse incentivos para detener a los
mejores profesores de centros educativos en áreas rurales; de lo contrario,
sería un premio para el maestro promovido y un castigo para la escuela. Para el
conjunto del magisterio, se pueden pensar en incentivos no pecuniarios, como el
acceso a créditos a los maestros, "para que la poca plata que ganan, la
gasten más lentamente".
5)
Encuesta
a docentes[19].
Docentes representativos en el debate magisterial en diversas zonas del país, nos
han sugerido múltiples incentivos al maestro peruano:
·
Incentivo
a la innovación educativa. Bonificación por innovaciones
significativas a ser concedidas por doble mecanismo: el Ministerio de Educación
y las Municipalidades;
·
Incentivo
a la participación en iniciativas educativas y comunales.
Se trata de compensar a los docentes con iniciativa, mediante: viaje de
estudios y pasantías, dentro y fuera del país, así como con publicaciones de
obras.
·
Bonificación
diferencial. Se trata de estimular la presencia de maestros de
calidad en áreas rurales y zonas de menor desarrollo. Debe darse un porcentaje
de la remuneración total, así como garantizar vivienda y materiales de trabajo.
·
Reconocimiento
al mérito magisterial. Los maestros destacados deberían
tener un reconocimiento público (no necesariamente monetario), mediante
diplomas, avisos y similares, otorgados por la Municipalidad e instancias del
Ministerio de Educación.
a) Brindar
incentivos monetarios y no monetarios a los docentes que destacan en la calidad
de su desempeño; así como porque laboran en un contexto difícil para el
cumplimiento de sus funciones.
b) Estimular
el trabajo docente de calidad, en función a la calidad educativa;
principalmente en zonas de mayor pobreza educativa.
Se consideran dos tipos de
incentivos:
a) Incentivos
por Desempeño Docente (IDD):
·
Monetarios
·
No monetarios
b) Incentivos
por Contexto del Desempeño Docente (ICDD).
Para otorgar estos
incentivos no solamente se deben considerar los prerrequisitos que aparecen en
el presente texto, sino los parámetros de desempeño docente y el sistema de
evaluación que constan en otros documentos de la Consultoría. En este últimos
caso, la evaluación de desempeños en función al otorgamiento de incentivos
puede ser un importante espacio inicial para ir creando una cultura evaluativa
en el magisterio nacional.
Breve Descripción
Premia monetariamente a
los Docentes de Centros y Programas
Educativos de mayor destaque en cuanto a calidad de los servicios y resultados.
El premio es colectivo y particular y se manifiesta como una bonificación
transitoria no pensionable a ser pagada como
adicionales:
·
El Adicional 1(Ad1) es un promedio que
bonifica a todos los docentes del centro programa educativo seleccionado.
·
El Adicional 2 (Ad2) se otorga a los dos
profesores que hayan tenido mayor destaque en la experiencia, salvo que el
colectivo disponga otra cosa o se trate de un centro educativo unidocente.
Se financia con el 15% del
total del Rubro Remuneraciones del Pliego Educación.
En algunos casos, se
contemplan Incentivos también monetarios, como
premios a desempeños personalizados de excelencia. Ejemplo: Palmas
Magisteriales, que deben continuar aunque con mayor amplitud. Estos incentivos individuales deben ser
materia de una mayor reglamentación y difusión de los prerrequisitos para
obtenerlos. Si esto no se hace, aparecen como premios-favores del Gobierno,
perdiéndose su carácter incentivador.
Objetivos
a) Premiar el trabajo colectivo que manifieste mejores
desempeños docentes, por la calidad de los servicios y por los resultados en
los alumnos;
b) Premiar
el aporte individual de los docentes en el desarrollo de la calidad educativa.
Metas
Cada año un 2% de centros y programas educativos
de cada departamento (un total de 1000 aproximadamente en todo el país).
Parámetros e
Instrumentos de Selección
En coordinación con la
Unidad de Medición de la Calidad Educativa (UMC), se construyen parámetros e
instrumentos departamentales o regionales que permitan discriminar:
·
Mejores procesos en los servicios educativos
ofertados; y
·
Mejores resultados en los aprendizajes;
Monto y
Distribución de los Incentivos
a) Para
estimar el monto de los incentivos, se consideran dos datos:
·
La equivalencia del 15% del total del Rubro
Remuneraciones que debe orientarse para Incentivos por Desempeño Docente
(REM-IDD).
·
El número total de alumnos de las instituciones
premiadas (NAp);
b) El
monto de los incentivos se calcula anualmente, de la siguiente manera:
·
Cálculo del Monto por Alumno (MA) de REM-IDD, dividiendo (REM-IDD) / (NAp);
·
Asignación de IDD a cada institución educativa que
ha sido premiada, multiplicando: (MA) x (Número de sus alumnos),
·
Del total de IDD de la institución premiada, el 80%
se distribuye mensualmente entre todos sus profesores, como AD1. El
20% restantes se otorga a los dos profesores de mayor destaque, como AD2.
·
El AD2 puede ser distribuido como AD1
siempre que el colectivo así lo decida, o cuando la institución ganadora sea un
centro educativo unitario.
Otros Incentivos
Monetarios
a) Además
de los incentivos anteriores, continúa la premiación a la excelencia de núcleos
ejemplares de educadores. Estos incentivos son a personas por logros excepcionales en su labor docente. En este caso,
se continúa con la premiación de Palmas Magisteriales, pero deben establecerse
de antemano los requisitos y hacer la difusión correspondiente en el magisterio
nacional.
b) Estos
incentivos deben darse en coordinación con el SUTEP; y
c) Sus
montos no deben ser menores al 10% de Docente del V Nivel Magisterial.
Breve Descripción
Premia no-monetariamente a
los Docentes de Centros y Programas
Educativos de mayor destaque en cuanto a calidad de los servicios y resultados.
El premio es particular y personalizado y se manifiesta en reconocimientos,
difusión de experiencias destacadas y servicios de capacitación y
perfeccionamiento magisterial.
Este tipo de incentivos
deben cuidadosamente ser aprovechados para el desarrollo de las motivaciones internas:
·
De los docentes que son premiados; y
·
De los demás docentes, haciendo tomar conciencia de
la importancia de los incentivos
intrínsecos.
Los costos de estos
incentivos se asumen en otros rubros del Pliego Educación, según corresponda.
Objetivos
a)
Premiar el
trabajo personal que manifieste mejores desempeños docentes, por la calidad de
los servicios y/o por los resultados en los alumnos;
b)
Premiar la práctica ejemplificadora del docente en
el desarrollo de la calidad educativa y en su trabajo con la comunidad.
Tipo de Incentivos
no Monetarios
La Ley del Profesorado y
abundante literatura sobre el particular señalan múltiples incentivos de esta
naturaleza[20]
a) Difusión
de aportes pedagógicos y culturales de maestros de base;
b) Apoyo
en becas y participación en eventos de capacitación;
c) Diplomas
de agradecimiento y felicitación;
d) Promoción
de pasantías dentro y fuera del país;
e) Apoyo
en la creación y gestión de centros de recreación para el magisterio;
f) Reconocimiento
de los padres de familia por la asistencia y puntualidad del docente.
Organización
Los incentivos
No-monetarios al docente tienen triple origen:
a)
El Ministerio de Educación;
b)
Las Municipalidades; y
c)
La sociedad civil.
Según su origen, deben
determinarse algunas estrategias para su implementación:
a) Incentivos
no monetarios otorgados por el Ministerio de Educación.- Una comisión conjunta
del Ministerio de educación y del SUTEP operativizan estos incentivos.
b) Incentivos
no monetarios otorgados por las Municipalidades.- El Ministerio de Educación
debe incentivar a las Municipalidades para brindar este estímulo a los
maestros. Deben concederse en fechas apropiadas.
c) Incentivos
no monetarios otorgados por la Sociedad Civil.- Se pueden realizar las
siguiente acciones, desde el Ministerio de Educación:
·
Normar que las Asociaciones de Padres de Familia
(APAFAs) hagan un reconocimiento formal al maestro más destacado de cada centro
educativo;
·
Promover que los medios de comunicación,
instituciones religiosas, Organismos no Gubernamentales de Desarrollo y otros
estimulen a los mejores maestros, mediante reconocimientos formales.
d) Una
atención peculiar debe merecer los incentivos a docentes destacados, mediante becas y pasantías. Dada la oferta de
países amigos en este campo, la DINFOCAD u otras dependencia del Ministerio de
Educación debería activamente propiciar este servicio, coordinando con
instituciones como el INABEC.
Breve Descripción
Se trata de un conjunto de
incentivos en servicios o en derivaciones monetarias que se dirigen a los maestros rurales que laboran
lejos de una ciudad donde existen comodidades mínimas (movilidad,
comunicaciones, agua, desagüe y servicios asistenciales). Las zonas rurales se
tipifican en 4[21]:
·
Zona A: de 60 a 120 minutos de distancia a pie desde
la ciudad;
·
Zona B: de 121 a 240 minutos de distancia a pie
desde la ciudad;
·
Zona C: de
241 a 360 minutos de distancia a pie desde la ciudad;
·
Zona D: Más de 6 horas de distancia a pie desde la ciudad.
La
propuesta debe centrarse en incentivos en áreas rurales, con dos observaciones
muy precisas:
·
Controlar a los maestros que ya no se encuentran
trabajando en este contexto; y
·
Estudiar la posibilidad de ampliar la propuesta para
sectores urbano-marginales, al inicio del próximo Gobierno[22]
a)
Servicios en Redes Rurales
·
En el Perú, existe una experiencia acumulada de
articulación del trabajo educativo y docente en ámbitos determinados. Una de
estas experiencias es la que se viene dando como Redes Rurales de Educación, que se organizan a tres niveles (1)
local, dentro de una cuenca o microcuenca; (2) distrital-zonal, en las ADEs o
USEs; y (3) regional, en el ámbito de las direcciones regionales de educación.
·
Los servicios que se buscan impulsar en favor de los
docentes rurales consideran el primer nivel, considerado como una instancia de
coordinación y acción conjunta de diversos agentes y aliados. Está conformada
por los docentes de escuelas ubicadas dentro de la misma cuenca o microcuenca,
al rededor de un punto intermedio que funciona como centro piloto. La articulación de los docentes rurales tiene como
finalidad la de estimular el proceso de innovación pedagógica, la
diversificación curricular y el desarrollo sistemático de la calidad educativa[23].
·
Es importante precisar la diferencia entre Centro Piloto (ubicado dentro de la
misma cuenca o microcuenca); y la Ciudad principal
de la zona, donde generalmente viven los docentes y es la sede de la ADE o USE.
·
Los centros aledaños al Piloto, se convierten como instancias
descentralizadas del mismo. Pueden asumir el mismo nombre o número del Piloto.
·
Nuestra propuesta asume que los docentes rurales de
sierra y selva que se organicen en estas Redes Rurales de Educación tienen los
siguientes incentivos especiales.
(1) En
cada Centro descentralizado, se construye una vivienda magisterial, con comunidades familiares básicas y un
ambiente de trabajo personal del docente (biblioteca y lugar de preparación de
clases).
(2) El
Centro Piloto de la Red Rural de Educación será acondicionado con:
Teléfono
Botiquín
Internet
Centro
de Capacitación
Vivienda
del docente
Mediateca
(3) Movilidad
de la ciudad principal de la localidad hacia el Centro Piloto de la Red Rural
los lunes muy temprano; y de retorno
hacia la misma ciudad, los viernes en la tarde.
·
Los incentivos antes señalados para maestros rurales
solamente se efectivizan si los docentes se organizan en redes. De esta manera,
se promueve el desarrollo orgánico del trabajo docente, así como el
mejoramiento en el cumplimiento del tiempo escolar.
·
La propuesta se debe coordinar con otros proyectos
del Ministerio y del Gobierno como: Plan Huascarán; proyectos de INFES; y
otros. En este sentido, su financiamiento se daría con los recursos de estos
Proyectos.
b) Ingreso a Carrera
Pública en área rural[24]
Todo maestro con título
pedagógico, de iniciar su trabajo en área rural de sierra o de selva, en las
Zonas C y D se ubica en el II Nivel Magisterial. Esto implica que se inicia con
una remuneración equivalente a este segundo nivel.
c) Incentivo al docente
que pasa del II al III Nivel Magisterial
Para promover la presencia
de docentes con buena especialización, se otorgan incentivos especiales a
quienes pasan del II al III Nivel. Además de los otros incentivos, goza de los
siguientes:
·
Su permanencia en área rural, si así lo desea el
docente, tiene una duración no mayor a los 5 años;
·
Tiene una bonificación equivalente al 30% de su
Remuneración Bruta que le correspondería por estar en el III Nivel, si pasa a
trabajar en Zona D; del 25% en Zona C; del 20% en Zona B; y 15% en Zona A.
·
Culminados sus 5 años de trabajo en área rural, se
le otorga licencia con goce de haber hasta por 2 años para estudios de segunda especialización o posgrado. Estos
estudios se hacen en el país o en el extranjero. Cuando son en el país, el
Estado financia los estudios; cuando son en el extranjero, el Estado ayuda en
la obtención de becas integrales.
d) Puntajes
adicionales para reasignación.
Todo maestro con título
pedagógico que haya laborado no menos de 5 años en área rural de sierra o de
selva tiene puntajes adicionales a su favor en cualquier proceso de
reasignación, según la zona donde haya estado laborando.
El Ministerio de Educación
deriva el 15%[25] de la
asignación presupuestal para el rubro remuneraciones, con fines de financiar
los egresos directos para incentivos y los indirectos de promoción de los
mismos.
De igual manera, algunos
servicios que se brindan al magisterio se pueden financiar mediante otros
rubros: por ejemplo, vivienda del docente, en el rubro infraestrcutura, etc.
Una sanción debe ser
entendida como el correctivo social ante una práctica docente ajena al
cumplimiento de sus deberes y obligaciones. La práctica docente es un una
acción humana del maestro y, en este
sentido, debe ser una forma de actuar que conlleva conciencia del docente de
que se está cometiendo una transgresión o una omisión. En este sentido, no
puede sancionarse al maestro cuando él no tiene conciencia de falta.
Las sanciones pueden ser
vistas en una doble acepción:
·
Como penas establecidas en normas. Estas penas o
castigos se aplican a quienes incumplen sus deberes y obligaciones;
·
Como la misma acción penal, mientras la cumple el infractor.
Más allá de estas
acepciones, las sanciones deben entenderse como correctivos. Ellas, entonces, no se justifican por sí mismas; sino
que son instrumentos para enderezar la práctica hacia lo "correcto".
Pero, entre los humanos, la práctica correcta supone un juicio de valor, desde
el mismo desarrollo moral de las personas. Por ello, las sanciones al docente
para tener el rasgo de correctivas deben conllevar procesos formativos de la
moral docente.
Bien sabemos que el
desarrollo moral tiene dos estadíos: el de la moral heterónoma y el de la moral
autónoma.
En el primer caso, las prácticas docentes o desempeños deberían
traducirse en reglas a cumplir. De esta manera, cualquier acto que no sea
conforme a la regla es malo, y tendríamos docentes malos maestros.
Contrariamente, el buen maestro sería el que simplemente cumple formalmente la
normatividad.
En la moral autónoma, el
maestro debería tomar conciencia que su práctica conlleva interacción con
alumnos, padres de familia, autoridades del sector y comunidad en general. Toda
acción docente es interacción de sujetos y la moralidad de esta práctica
consiste en ubicar el yo-docente en este proceso de interacción. En este marco,
la regla se respeta como resultado de un acuerdo; es decir, el propio yo-docente
se compromete de manera autónoma a respetarla y es el respeto mutuo el que
engendra el sentimiento de justicia.
Como dice la psicóloga
sanmarquina Lupe García Ampudia:
"Las reglas son
efectivas si las personas están están de acuerdo en aceptarlarlas; su
procedencia ya no se deriva de la autoridad externa, sino que es el resultado
de convenciones acordadas entre individuos y se pueden modificar. Este
componente de modificabilidad de las reglas es producto de una estructura
cognitiva subyacente en esta fase o estadío: la reversibilidad, gracias a la
cual el pensamiento deja de ser rígido y se torna más flexible"[26]
Dentro de las convenciones
acordadas deben estar también las sanciones. Por ello, será importante que los
maestros no solamente conozcan y asuman sus deberes, sino también las penas
previstas cuando ellos se incumplen. Pero, no basta tener este conocimiento
desde fuera; sino lo más importante es que los sujetos de la educación asuman
desde dentro -por períodos determinados- las sanciones que se consideren
pertinentes.
En coherencia con los
principios aplicables a los incentivos, también las sanciones no son objetivos,
sino medios que deben permitir:
·
Garantizar la calidad educativa y el derecho de los
alumnos; y
·
El desarrollo y los derechos de los docentes.
La Ley del Profesorado
24029 y su modificatoria N° 25212, así como el Decreto Supremo N° 019-ED
Reglamento de la Ley del Profesorado: señalan un conjunto de sanciones como respuestas normativas a
las denominadas faltas. En el caso
específico del control de asistencia y permanencia de los maestros, la
Resolución Ministerial N° 0574-94-ED (del 11-07-94) aprobó un Reglamento donde
se precisan las sanciones correspondientes. El D.S.007, D.S. 065 y 071 también
aportan en precisiones para el control de sanciones a nivel de centro educativo
y de órganos intermedios.
En términos generales,
podríamos decir que el enfoque de sanciones vigente obedece al de una moral heterónoma. Algunos de estos
rasgos son los siguientes:
a)
Énfasis
en el cumplimiento normativo.- Al respecto, vale la pena
transcribir la concepción de falta y sanciones con que operativamente se
trabaja actualmente:
"Falta
disciplinaria es toda acción u omisión voluntaria o no, que contravenga las
obligaciones y prohibiciones tipificadas en las Leyes 24029, 25212, Ley del
Profesorado y su Reglamento, Decreto Legislativo 276, Ley de Bases de la
Carrera Administrativa, su Reglamento y demás normas vigentes. La acción de
cometer una falta da lugar a la aplicación de la sanción correspondiente"[27]
b)
Comisión
Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios.- Esta
Comisión tiene una interesante conformación: Director de Educación, Jefe de
personal y 2 representaes de la organización sindical. Esta Comisión solamente
emite recomendaciones. En base a ellas, el Director aplicar la sanción que crea
pertinente.
c)
La
regla aparece como algo intangible.- Las
normas previstas vienen de fuera y no han sido materia de negociación con los
docentes. Ellas aparecen como algo inmodificable. Es más cualquier modificación
de la regla es concebida como una transgresión a la misma.
Para tipificar las
sanciones, creemos que -previamente- importa precisar el nivel de
responsabilidad que genera la falta, respecto a los mismos objetivos formativos
del desempeño docente. Una falta tendrá mayor o menor gravedad, según su nivel
de impacto en el proceso formativo de los educandos.
Cada Nivel Magisterial, en
el caso de los docentes con título pedagógico, y cada Estrato en el caso de los
docentes sin Título Pedagógico establecen las responsabilidades que deben
cumplir. Estas responsabilidades no solamente están referidas a la práctica
técnico-pedagógica del docente, sino a la dimensión ética y ciudadana de sus
acciones.
Podemos establecer dos
tipos de responsabilidades:
·
Determinantes.-
Hay responsabilidades docentes que son determinantes en el
proceso formativo de los estudiantes (por ejemplo, el manejo de una asignatura
o el respeto de los derechos fundamentales de los niños).
·
Condicionantes.-
Hay responsabilidades que solamente son condicionantes o intervinientes en el
proceso formativo de la alumnos (por ejemplo, la asistencia y puntualidad de
los docentes).
El incumplimiento de las
responsabilidades constituyen faltas que son objeto de sanción Sin embargo,
importa aclarar que el sistema educativo solamente sanciona el incumplimiento
de las responsabilidades en los términos señalados. Los posibles delitos
cometidos por los docentes y que están previstos en el Código Civil se atienen
a los procesos y sanciones estipulados en esta norma de mayor jerarquía.
Según la frecuencia de
incumplimiento y el tipo de responsabilidades que se vulneran, podemos
establecer la siguiente tipología de faltas:
·
Faltas
leves.- Cuando se da incumplimientos esporádicos de
responsabilidades condicionantes;
·
Faltas
graves.- Cuando hay incumplimiento sistemático y habitual de
responsabilidades condicionantes; o cuando hay incumplimiento puntual de responsabilidades
determinantes del docente;
·
Faltas
muy graves.- Cuando hay incumplimiento sistemático y habitual de
responsabilidades determinantes o cuando este incumplimiento coincide con
delitos comunes previstos por el Código Civil. En este último caso, las
autoridades educativas, por función, deben derivar los casos a las autoridades
judiciales.
Las sanciones a los
docentes se gradúan de la siguiente manera:
1°
Amonestación oral.- Se da ante falta leve, hasta por 2 veces.
2°
Amonestación escrita.- Se da ante falta grave;
3°
Multas por tardanzas e inasistencias. Para ello, se asume el criterio de valor
hora. Una tardanza de hasta 10 minutos
equivale a 1 hora de tardanza.
4°
Declaración de demérito, ante falta grave y muy grave;
5°
Transferencia de lugar y/o de cargo, ante falta muy grave;
6°
Separación del cargo, ante falta muy grave.
a)
Elaboración
de Reglamento de sanciones. Una Comisión del Ministerio de
Educación y del SUTEP deben elaborar un Reglamento donde se deben tipificar las
faltas y sus correspondientes sanciones. Entre las faltas deben estar:
·
Tardanzas;
·
Inasistencias;
·
Incumplimiento de funciones;
·
Tráfico con calificaciones, certificados de estudio,
de trabajo y otros documentos propios de la institución educativa.
·
Asistencia en estado etílico al centro educativo y
consumo de drogas;
·
Malversación de fondos de la institución educativa;
·
Maltrato escolar: castigos denigrantes y físicos a
los educandos
·
Abuso sexual y prácticas inmorales con alumnos o
alumnas;
·
Vulneración de los Derechos del niño y del
adolescente;
·
Uso de documentos o informaciones falsas con fines
escalafonarios;
·
Manipulación de los padres de familia y de los
alumnos;
·
Utilización de la escuela para hacer proselitismo
político;
·
Abandono de cargo.
b)
Formación
de un Comité de Control, Apoyo y Sanciones (CCAS).- A
nivel de cada ADE, USE o equivalente debe conformarse este Comité. Está
integrado por:
·
Un representante de la ADE, USE o equivalente;
·
Un representante del SUTEP; y
·
Un representante de las APAFAs.
Todos
los miembros titulares tienen un suplente.
c)
Al inicio de cada año, debe
revisarse el Reglamento por los docentes de cada jurisdicción. Esta revisión
debe buscar niveles de asunción personal de las obligaciones y de las sanciones
por su transgresión u omisión.
d)
Los padres de familia deben participar el mecanismos de control de
asistencia y permanencia, así como en incentivar a los buenos maestros por su
dedicación y buen desempeño.
e)
El CCAS tiene reuniones
ordinarias cada mes. La reuniones extraordinarias se realizan, cuando la
situación lo amerite. Pueden llamarse a otras personas , para asesorar en casos
particulares.
f)
Los alumnos, padres de familia u
otros docentes pueden presentar los casos que crean pertinentes ante el CCAS.
g)
En todos los casos, se abre un Proceso administrativo que se rige con
los siguientes criterios:
·
Todo docente que es acusado de falta, debe ser
notificado, sin usar un lengauje amenazante.
·
Debe investigarse con objetividad: los antecedentes
del docente, la naturaleza de la falta, la gravedad de los perjuicios; y otras
circunstancias adicionales que lo ameriten;
·
Cuando la falta es leve, el docente debe recibir
apoyo y orientación del CCAS, buscando su integración al trabajo normal;
·
En todos los casos de falta comprobada, debe darse
una sanción.
·
La sanción de la institución educativa no exime al
docente que haya cometido la falta, de responsabilidades penales, civiles y
administrativas previstas por nuestro Código Civil;
·
Cuando el docente investigado ha cometido varias
faltas, se investigan todas ellas; pero se sanciona la de mayor gravedad. No se
puede sancionar a un docente más de una vez por la misma falta;
·
El docente investigado tiene derecho al debido
proceso, al acceso permanente a su expediente y a contar con la asesoría de un
abogado, si así lo solicitase.
h)
El CCAS debe asumir como tarea
central la de ayudar y orientar al docente investigado y sancionado. Para ello,
puede buscarse el apoyo de algún maestro de excelencia en la localidad.
i)
Las sanciones constan en el
escalafón del docente.
|
ALCAZAR,
Lorena, POLLAROLO,
Pierina y otros (2001) |
Alternativas para mejorar
el sistema de bonificaciones a plazas docentes de zonas rurales y otras
condiciones especiales. Lima, MECEP, Documento de
Trabajo N° 5. |
|
|
|
|
BRUNI
CELLI, Josefina y otros (2001) |
Los maestros en Venezuela:
Carreras e incentivos. Washington
D.C., BID. |
|
|
|
|
COLEGIO
DE PROFESORES DE
CHILE A.G. (2001) |
Hacia un sistema nacional
formativo de evaluación del desempeño docente: documento para la reflexión de
profesores y profesoras. Santiago de Chile, Colegio de
profesores - MED. |
|
|
|
|
CHIROQUE
CHUNGA, Sigfredo (2000) |
Desarrollo magisterial. Lima, MED-UPROD. |
|
DELANNOY,
Francoise (2001) |
Caminos hacia una carrera
magisterial. En Taller Internacional sobre Carrera Magisterial.
Lima, MED-DINFOCAD, noviembre 2001. |
|
|
|
|
DIAZ,
Hugo y SAAVEDRA, Jaime
(2000) |
La carrera del maestro en
el Perú. Factores institucionales, incentivos económicos y desempeño. Lima, GRADE. |
|
|
|
|
HERRÁN,
Carlos Alberto y URIBE
SALAZAR, Claudia (1999) |
Incentivos a escuelas y
maestros: la experiencia colombiana. En
"Conferencia - Los maestros en América Latina: nuevas perspectivas sobre
su desarrollo y desempeño". San José de Costa Rica, 28-30 junio 1999. |
|
|
|
|
JIMENEZ
CABRERA, Edgard (2001) |
La carrera magisterial en
México. En Taller Internacional sobre Carrera Magisterial.
Lima, MED-DINFOCAD, noviembre 2001 |
|
|
|
|
KEMMERER, F. and S. THIAGARAJAN (1989) |
Teacher
Incentive Systems: Final Report. Policy
Research Initiative. Washington D.C; USAID. |
|
|
|
|
LUCERO
GUZMÁN, Moisés y otros
(2001) |
Estatuto docente (compilación de legislación sobre el magisterio chileno). Santiago de
Chile. |
|
|
|
|
MIZALA,
Alejandra y ROMAGUERA,
Pilar (1999) |
Sistemas de incentivos en
educación y la experiencia del SNED en Chicle. En
"Conferencia - Los maestros en América Latina: nuevas perspectivas sobre
su desarrollo y desempeño". San José de Costa Rica, 28-30 junio 1999. |
|
|
|
|
MORDUCHOWICZ,
Alejandro (2000) |
La estructura salarial docente:
motivos que incentivan a cambiar los incentivos. En
Boletín N° 6 del "Proyecto Sindicalismo Docente y Reforma Educativa en
América Latina". Buenos Aires, FLACSO. |
|
|
|
|
OIT /
UNESCO (2000) |
Sobre la aplicación de la
Recomendación relativa a la situación del personal docente. Ginebra OIT-UNESCO. |
|
|
|
|
REPÚBLICA
DEL PERÚ (1990) |
Ley del Profesorado 24029
y su modificatoria, Ley 25212. Lima, Perú. |
|
|
|
|
SUÁREZ,
Hernán (1999) |
Legislación educativa para
docentes. Santa Fé de Bogotá, Editorial Siglo XXI. |
|
|
|
|
TAREA
(2000) |
La docencia revalorada.
Perspectivas y propuestas para el desarrollo magisterial. Lima, Tarea. |
|
|
|
|
URIBE,
Claudia (2000) |
Políticas e incentivos que
contribuyen al mejoramiento del desempeño y motivación docente. En NAVARRO, Juan Carlos y otros: "Perspectivas sobre la Reforma
Educativa". Washington,
USAID-BID-HIID. Pág. 215-238 |
[1] JIMENEZ CABRERA, Edgar
(2001). La carrera magisterial en
México, I. En Taller Internacional sobre Carrera Magisterial. Lima,
noviembre 2001. Pág. 14.
[2] Esta expresión fue usada por
Idel Vexler, quien nos alcanzó varias sugerencias para mejorar la presente
propuesta.
[3] La ganancia de méritos para
ascender más rápidamente en la Carrera supone asumir el criterio de "años
de servicio". Este no resulta viable en la propuesta por dos razones: a)
En los requisitos de ascensos, se relativiza el criterio de años de serviocio;
y b) En el Perú, el cese es por límite de edad y no por años de servicio.
[4] FUENTE. MED-MECEP. Ver MONTERO, Carmen y otros (2001). La escuela rural: modalidades y prioridades
de intervención. Lima, MED-MECEP, Documento de Trabajo N° 2. Pág. 99.
[5] BARRIGA, Carlos y VIDALÓN,
Gladys (1978). Influencia del docente en
el rendimiento del alumno. Lima, MED-INIDE. Pág.
210.
[6] FERGUSSON, Ronal (1991). Paying
for Public Education: New Evidence on How and why Money Matters. En
"Harvard Journal of Legislation", 28, pp. 465-498.
[7] LINDA DARLING - HAMMOND (1997). Doing
what Matters most: Investing in Quality Teaching. Preparado para la
"Comisión Nacional de la enseñanza futura en América"
[8] Ver conclusiones de DIAZ,
Hugo y SAAVEDRA, Jaime (2000). Pág. 51.
[9] MIZALA, Alejandra y
ROMAGUERA, Pilar (1999). Pág. 7-8
[10] MURNANE. R.J. y D.K. COHEN
(1986). Merit
pay and the evaluation problem: Why most merit pay plans fail and few survive. Harvard Education Review 56.
[11] Ver MERA FIGUEROA, Jorge
(1996) Surgimiento y evolución de los
Derechos Económicos, Sociales y Culturales en la Doctrina de los Derechos
Humanos. En "Los DESC: desafío para la democracia". Santiago de
Chile, programa de DESC.
[12] FREIRE, Paulo (1997). Pedagogia da autonomia. Saberes necessários
a prática educativa ("Pedagogía de la autonomía. Saberes necesarios
para la práctica educativa"). Sao Paulo, Edit. Paz e Terra. Pág. 26.
[13] SEN, Amartya (1997). Teorías del desarrollo a
principios del siglo XXI. En: Louis Emmerij, compilador "Desarrollo económico y social en el
siglo XXI". Washington, DC, BID. Pág. 600.
[14] En SUAREZ, Hernán (1999).
Pág. 443-444
[15] LUCERO GUZMÁN, Moisés y
otros (2001). Ver pág. 26,
[16] PALACIOS, María. La docencia revalorada. Reflexiones y
propuestas de política. En TAREA (2000). Pág. 29-37
[17] OLIART, Patricia (2001). Entrevistas a personalidades sobre carrera
magisterial. Lima, Consultoría MED-BID.
[18] OLIART, Patricia (2001).
Ibid.
[19] Para el presente estudio, se
recogió aportes de los profesores: Luz Gallo (Piura), Luis Vélez (Piura),
Javier Malpartida (Lima), Jimmy Calla (Lima); Ernesto Olano (Lima); Emilio
Morillo (Lima), Tania Anaya (Lima); Jaime Tejeda (Lima); María Berríos (Lima);
Gilberto González (Lamas); María
Aguilar (Cusco); Carlos Quiñones (Chiclayo); Anabel Arias (Moquegua); Jorge
Luis Sandoval (Bagua Grande).
[20] Ver por ejemplo: URIBE,
Claudia (2000). Políticas e incentivos
que contribuyen al mejoramiento del desempeño y motivación docente. En NAVARRO,
Juan Carlos y otros: "Perspectivas sobre la Reforma Educativa". Washington, USAID - BID - HIID. Pág. 215-238
[21] Una clasificación similar se
encuentra en ALCÁZAR, Lorena , POLLAROLO, Pierina y otros (2001). Pág. 114.
[22] No es gratuito señalar que
los nuevos incentivos docentes se promulguen en los primeros años de un nuevo
Gobierno. Hasta ahora, generalmente los Gobiernos han promulgado derechos para
el magisterio al término de su mandato, generando incumplimiento de los
derechos "legalmente conquistados" en el siguiente gobierno.
[23] Ver MED-DIRECCION REGIONAL
DE CAJAM,ARCA (2000). Redes educativas
Rurales - Instructivo para orientar su organización y funcionamiento.
[24] En esta y la siguiente
propuesta -de alguna manera- se han considerado los aportes de ALCÁZAR, Lorena
, POLLAROLO, Pierina y otros (2001).
[25] Ver HERRÁN, Carlos Alberto y
URIBE SALAZAR, Claudia (1999). .
[26] GARCIA AMPUDIA, Lupe (1999).
Desarrollo afectivo y valorativo. Lima,
UNMSM, Facultad de Educación - LEMM. Pág. 182.
[27] MED-R.M.N° 0574-94-ED (Julio 1994). Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia del personal del Ministerio de Educación. Lima, MED. Capítulo VII.1