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Nuestro
ínclito Ministro de Exteriores in pectore, el Sr. Moratinos,
considera que al terrorismo islámico hay que combatirlo con
todos los medios del Estado de Derecho. Esta expresión que es
diáfana cuando hablamos de terrorismo nacional, se vuelve
bastante más confusa al trasladarla allende nuestras fronteras.
Porque, por ejemplo, ¿es la guerra aprobada con todos los
beneplácitos del parlamento de una democracia un medio del
Estado de Derecho?, ¿o el Estado de Derecho se extiende al
ámbito internacional e incluye la observancia y cumplimiento de
esa cosa llamada "legalidad internacional"?
A juicio de Moratinos, el Estado de Derecho extiende sus
tentáculos al ámbito internacional, de tal manera que
legalidad interna y legalidad externa o internacional son, más o
menos, una y la misma cosa. Por eso, supongo, considera útil la
guerra en Afganistán y no en Irak. Me pregunto qué
pensará entonces de la guerra en Yugoslavia y si consideraba que
había que permitir que continuase el genocidio… pero son
preguntas vanas, que nos alejan del núcleo de la
cuestión.
El Estado de Derecho no surge ex nihilo. El Estado de Derecho se va
desarrollando a la par que se van produciendo unas determinadas
circunstancias materiales: desde el aumento de las relaciones en el
ámbito nacionales, hasta el poder y capacidades del soberano y
del Estado o la llegada de una nueva forma de producción de la
mano de la burguesía, con la transferencia del poder soberano a
la Nación, entendida como el conjunto de individuos que
conforman el país.
Así, el Estado de Derecho tal nace de unas condiciones
materiales determinadas que nos llevan a una situación de
elaboración legislativa tasada, primacía de los derechos
y seguridad jurídica que, breve y sencillamente se puede
analizar como sigue:
Separación de poderes y cumplimiento de la Ley.
A) Un órgano que representa a la Nación
y que se elige a través del sufragio universal de los
ciudadanos, en el que legislan, de acuerdo con un procedimiento tasado,
los representantes de los votantes. En el Estado de Derecho moderno, la
capacidad de este órgano para legislar está limitada por
un texto que se sitúa en la cúspide del Estado de Derecho
y que vienen a ser las normas de consenso básicas sobre las que
articular el desarrollo del sistema.
B) Un ejecutivo que, dentro de los límites
impuestos por la Constitución y la legislación emanada
del Parlamento, lleva a cabo los actos políticos y la actividad
administrativa del Estado.
C) Unos jueces, con garantías de
independencia, que de acuerdo con un procedimiento tasado por las
leyes, ajustándose a los contenidos de éstas y a la
Constitución, las aplican utilizando los medios que el Estado
pone a su disposición (existe en España, si se quiere, un
cuarto poder, que sería el T.C. que controla el cumplimiento de
la Constitución).
Esto es, en resumidas cuentas y de manera un tanto simplificadora, el
Estado de Derecho. Es un sistema que, mejor o peor, funciona, que
permite encauzar los problemas de la sociedad y darles vías
alternativas a la violencia para su gestión, que garantiza
derechos y aporta prosperidad, bienestar y seguridad. Y lo hace gracias
a que existe todo un mecanismo engrasado que permite que sea, al menos
grosso modo, respetado por todos: tenemos desde los jueces, hasta los
policías, pasando por los abogados, fiscales, el BOE y los
boletines oficiales regionales, los peritos, los oficiales de justicia,
las cárceles, los registros de la propiedad, etc. Y tenemos,
además, el ejército, no se olvide.
Bien, decía que esto es el Estado de Derecho. Esta es la
legalidad interna. Y deja de existir si el Estado no cumple con su
función, si abdica de hacer cumplir el Derecho, si se quiebra el
principio de soberanía o cualquiera de los otros pilares que lo
sustentan. Cualquier ataque a la legalidad, a la auténtica
legalidad, cualquiera, es un ataque a la prosperidad, al bienestar, a
la seguridad.
¿Y por qué todo esto? Pues simplemente, para tratar de
hacer ver dos cosas: 1ª) que la legalidad interna es algo
cualitativa y cuantitativamente muy diferente a la legalidad
internacional y 2º) que la construcción del Estado de
Derecho ha requerido y requiere de unas circunstancias materiales
determinadas que ni de lejos parece que los europeos estemos dispuestos
a desarrollar. El Estado de Derecho no es la mera elaboración de
normas… es mucho más.
Ahora bien, nuestro futuro Ministro de Asuntos Exteriores, parece que
considera que el derecho interno es equivalente a la que vivimos en el
ámbito internacional. Parece que para él, y para muchos
que acusaron al PP de asesinos, que compararon los muertos de ETA y de
la guerra y demás, no hay diferencia entre legalidad interna y
legalidad internacional, lo cual no deja de ser, por lo menos,
sorprendente.
¿Acaso el derecho de veto de cinco países es propio de un
Estado de Derecho?, ¿acaso una Asamblea que no representa
ciudadanos, sino Estados, así estén dirigidos por
auténticos criminales, es equivalente a la Cámara de una
democracia?, ¿acaso las resoluciones de la ONU son comparables a
las leyes?, ¿acaso las discusiones a la hora de aplicar una
resolución de la ONU, son discusiones jurídicas, en lugar
de políticas?, ¿acaso existen unos jueces independientes
que, ateniéndose a criterios jurídicos, tomen las
decisiones que se deriven de las resoluciones?... Y sobre todo, si la
ONU toma una decisión: ¿qué instrumentos tiene
para hacerla cumplir?, ¿qué instrumentos al margen de los
EE.UU.? Si la ONU decide, por ejemplo, que la invasión de Kuwait
no es procedente y que hay que expulsar a Irak… ¿quién
tiene que hacerla cumplir? ¡Qué cómodo es meterse
siempre con quien hace el trabajo duro, ¿verdad?!
Por cierto, siempre me ha causado no poca perplejidad que al discutir
sobre la supuesta ilegalidad de la guerra de Irak, los más
indignados, no les indignaba que habiendo incumplido manifiestamente
Sadam Husein la resolución 1441… la discusión no se
centrase en cómo hacer cumplir esa resolución,
¡¡sino en la oportunidad política de hacerla
cumplir!! ¡¡Pues vaya una legalidad!!
Así pues, no nos engañemos, en el ámbito
internacional no existe el Estado de Derecho. Existe un importante foro
internacional cuya misión es intercambiar opiniones, negociar,
tratar de aunar voluntades, esfuerzos y existe una legalidad
internacional cuyo fin es dotar de un conveniente consenso las
decisiones que se tomen en el ámbito internacional, tratar de
ajustar éstas a un procedimiento que requiera la
negociación diplomática y dotarlas de una cierta
legitimación adicional. Pero cuando ese acuerdo finalmente
deviene imposible, no puede bloquear la actuación en el
ámbito internacional frente a situaciones insostenibles. Me
niego a que porque uno, dos o tres países veten una
resolución, o porque existan unos intereses económicos o
políticos "x", haya que permitir el genocidio en Yugoslavia, o
que porque el Sr. Anan decida que las tropas de la ONU tienen que
marcharse de Ruanda, se vuelva a asesinar a un millón de
personas.
En fin, que la legalidad internacional es al Estado de Derecho, lo que
Luis Cobos a la música clásica. Y Moratinos, o bien es un
ignorante de tomo y lomo, o bien es un individuo bastante perverso… o
ambas cosas. Cuando confunde a la gente al mezclar Estado de Derecho y
legalidad internacional, está simplemente introduciendo un
concepto que hará más difícil entender el mundo,
comprender la realidad y, por tanto, tomar las medidas adecuadas para
la resolución de conflictos. Y lo hace con claros fines
partidistas. Una vez más, a parte de una maldad, una
irresponsabilidad. Aprendamos a razonar… ¡por favor!
He dicho.
concalma 7/4/2004
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