Democracia y plebiscitos
Por, Claudio Fuentes S. publicada por el diario La Tercera, el lunes 4 de septiembre de 2006.
En este mismo espacio (La Tercera 28 de agosto),
el historiador Alejandro San Francisco planteó la inconveniencia de los
plebiscitos en un sistema democrático. Su argumentación central se basa en el
peligro que conlleva el saltarse las instituciones democráticas y la
incoherencia que podría generarse al proponer plebiscitos sólo para algunos
temas. El plebiscito podría, según el historiador, conducirnos a un riesgo
populista.
Más allá del debate generado por los dichos de la Presidenta a raíz de la
reforma al sistema binominal, convendría tener en cuenta tres elementos.
Primero, los pasos tendientes a abrir espacios de diálogo, consulta y
deliberación ciudadana son positivos en un sistema democrático. La gran
interrogante se refiere a las condiciones institucionales bajo las cuales
aquello sería posible y recomendable. El temor a que la ciudadanía decida
asuntos de interés público tiene mucho que ver con la aprensión de las elites a
perder poder; y es quizás esto lo que observamos en el actual debate sobre la
reforma política.
En segundo lugar, la institución del plebiscito debiera entenderse como una
herramienta inserta en un conjunto de espacios de deliberación ciudadana. Tal
instrumento requiere ser normado para evitar los riesgos que San Francisco
señala. Por ejemplo, la convocatoria a plebiscitos debiera residir en la
ciudadanía -a partir de un número mínimo de firmas- y no en el poder Ejecutivo.
Asimismo, las consultas ciudadanas debieran estar normadas, evitando que sean
utilizadas políticamente.
El caso de la reciente “consulta” ciudadana en la comuna de Las Condes es un
claro ejemplo de lo que no se debe hacer en un sistema democrático: un alcalde
que convoca a una consulta unilateralmente, donde participa la exigua cantidad
de 2 mil vecinos y donde no existen normas básicas para conducir dicho proceso
(debate comunal para contrastar posiciones, padrón electoral, veedor
independiente del proceso, etc.). Un plebiscito debiera ser una instancia
trascendente, relevante y vinculante. Sin embargo, aquello requiere de
condiciones para efectuar un debate ciudadano, normas para garantizar el proceso
y un mínimo quórum de participación y aprobación local o nacional.
En tercer lugar, y contrariamente a lo que San Francisco plantea, estimo que los
plebiscitos debieran definir ciertas áreas de competencia, excluyendo la
posibilidad de consulta popular en aquellos vinculados a la administración de
recursos. Así como el Congreso no puede proponer legislación que involucre uso
de recursos financieros para evitar precisamente riesgos populistas, así también
los plebiscitos debieran excluir algunos temas de fácil manipulación política
como el gasto en defensa, impuestos y asignación de recursos financieros.
Los principales desafíos democráticos en nuestro país se relacionan con la forma
en que se institucionalizan mecanismos de participación ciudadana de carácter
vinculante, se potencia el rol del Congreso como un espacio de representación a
partir de la reforma al sistema electoral y se generan incentivos para incluir
sectores de la sociedad excluidos del sistema tales como: minorías étnicas,
personas con discapacidades, jóvenes y mujeres. Por lo tanto, una agenda
democrática debiera considerar al plebiscito como un instrumento más de decisión
ciudadana. Lo crucial es regular las condiciones bajo el cual funcionará.