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Fecha : 09/06/2006
Claudia Heiss, Ciencia Política, New School for Social Research
¿El contenido de la ley depende de los jueces?
Lo que dice el texto de una ley es importante, pero mucho más importante es cómo interpretan esas palabras los jueces encargados de hacerla cumplir. Esa es, al menos, la posición que el destacado jurista Ronald Dworkin viene desarrollando desde hace tres décadas en contra de visiones más apegadas al origen histórico, la intención del legislador y la supuesta neutralidad moral de las normas legales.
"Justice in Robes" (Harvard University Press, 2006) recoge, en poco más de 300 páginas, lo esencial del pensamiento jurídico de Dworkin. El libro reúne una serie de ensayos donde el autor expone sus ideas acerca del contenido moral de la ley y de paso argumenta en contra de las teorías legales de otros influyentes juristas y teóricos contemporáneos.
Sus dardos apuntan, especialmente, contra el positivismo de H.L.A. Hart y sus seguidores, que entienden la ley como un ámbito neutro, independiente del contexto y que debe ser separado de nociones morales. También critica la perspectiva "originalista" que sostienen jueces de la Corte Suprema de EE.UU. como Antonin Scalia y Clarence Thomas y según la cual aplicar bien una norma requiere entender las intenciones de los legisladores y los efectos que ellos esperaban conseguir al redactarla.
En vez de eso, Dworkin sostiene una teoría de la "Constitución viva" que señala que, si bien los principios se mantienen, su contenido moral es cambiante. Así, el principio de no discriminación, que era compatible con la esclavitud y con la exclusión de las mujeres de la vida política al momento de promulgarse la Constitución de EE.UU., hoy adquiere un significado distinto. Ese significado obedece a los contenidos morales que cada juez debe aplicar al momento de interpretar una norma.
El libro ilustra las tensiones de la doctrina moral de la ley a través de iluminadores argumentos en respuesta al pluralismo de valor de Isaiah Berlin, el "originalismo" de los jueces Scalia y Thomas, el minimalismo judicial de Cass Sunstein y el pragmatismo de Richard Posner, entre otros.
El principal problema con este razonamiento es que el contenido moral que los jueces aplican al interpretar la ley no puede ser determinado democráticamente. ¿Cómo entonces hacer compatible esta visión con la legitimidad democrática que se supone debe dar sustento a la ley? Los jueces son, además, falibles. Dworkin admite que su visión es contraria al principio mayoritario, pero no la considera antidemocrática. Las respuestas que da Dworkin a sus detractores ofrecen en este volumen una buena aproximación a la compleja relación entre ley y moral.