CONSEJO DIRECTIVO 2007 - 2009

LISTA Nº 1: CAMBIO A LA EXCELENCIA

CON “DISCIPLINA, MORALIDAD Y TRABAJO”

 

ANEXO 1: AL PLAN DE TRABAJO

 

ESQUEMA DEL ESTATUTO MODIFICADO

 

TITULO I

DENOMINACION, DURACION, DOMICILIO Y FINALIDAD

 

Artículo Primero: La Asociación se denomina ASOCIACION LEONCIOPRADINA (AL), en adelante simplemente LA ASOCIACION; que es una asociación civil sin fines de lucro, con personería jurídica propia de derecho privado, que agrupa a las promociones del Colegio Militar Leoncio Prado, constituidas a la vez en asociaciones; ....................

 

Artículo Segundo:  Duración id estatuto

 

Artículo Tercero: Domicilio id estatuto

 

Artículo Cuarto: Fines (Pacto social)

 

1.     Desarrollar y mantener una organización institucional que se caracterice por su excelencia operativa, tecnológica, económica  y ética, de manera que goce a la vez de un elevado prestigio y reconocimiento de la sociedad civil, militar y en general, con el consecuente prestigio del Colegio Militar Leoncio Prado

 

2.     Inspirar a las promociones, el ideal auténtico de tener siempre alto el pensamiento, animándolos para que den un testimonio institucional, familiar y social de cohesión promocional, así como de realización y participación activa.

 

3.     Promover y coordinar las acciones de interrelación, solidaridad y mutua ayuda entre las promociones y de éstas con el Colegio Militar Leoncio Prado, en beneficio del desarrollo integral del alma máter, de la familia y de la comunidad leonciopradina.

 

4.     Fomentar y testimoniar los valores humanos leonciopradinos de DISCIPLINA, MORALIDAD y TRABAJO; así como los valores espirituales, para proyectarlos fuertemente a la sociedad y se reconozca como cuna de impulso a nuestra alma máter y a nuestra institución

 

5.     Realizar toda clase de actividades, mediante las cuales se generen recursos económicos y/o de bienes y servicios para el desarrollo de su finalidad social, así como para facilitar mayor capacitación, orientación empresarial y trabajo a los miembros de las promociones; asimismo, educación a sus hijos y atención debida a los adultos mayores.

 

6.     Buscar el desarrollo técnico y profesional de los miembros de las promociones, mediante servicios de cursos, conferencias y congresos, organizados directamente o contratados económicamente en centros especiales de gran prestigio, y en estos casos, en lo posible obtener y otorgar becas.

 

La enumeración no es limitativa ..............

 

TITULO II

 

DE LOS RECURSOS Y PATRIMONIO, Y DEL REGIMEN ECONOMICO EN GENERAL

 

Artículo Quinto: Se clasificarán los ingresos siguientes:

-         La cuota ordinaria de contribución mensual, de pago obligatorio, de las promociones.....

-         Cuotas extraordinarias, acordadas sólo para mejorar la infraestructura y equipos.......

-         Donaciones, legados y otros, en dinero y/o bienes ........

-         Ingresos de actividades organizadas por la Asociación.......

-         Los aportes dinerarios y bienes que voluntariamente entreguen los excadetes y sus familiares.......

-         Aportes voluntarios de los excadetes miembros de promociones que lo deseen, para lo cual se pondrá una lista cada día para que se inscriban los que concurran diariamente y aporten cualquier cantidad. Mensualmente se publicarán los aportes recibidos diariamente por este concepto...............

-         Otros ingresos..........

 

Artículo Sexto: Régimen económico mediante Presupuesto...... aprobado por la Asamblea.......

 

Artículo Séptimo: Recursos sólo para fines de la AL

 

TITULO III

 

DE LOS ASOCIADOS

 

Artículo Octavo: Consorcio conformado por un número indeterminado de Promociones. También las ALE y ALI, así como otras personas naturales o jurídicas, identificados .......

 

Artículo Noveno:

-         Asociados Activos

-         Asociados Honorarios

 

Artículo Décimo: Definiciones de dichos asociados. Id Estatuto

 

Artículo Décimo Primero:  Para ser Activo

-         Promociones

-         Excadete

-         Cumplir con el Estatuto

-         Admisión aprobada por CD

 

Artículo Décimo segundo:

 

Admisión aprobada por la AL

 

Artículo Décimo tercero. Derechos Id estatuto

 

Artículo Décimo cuarto. Obligaciones Id estatuto

 

Artículo Décimo quinto. Registro de Padrón de Promociones

 

TITULO IV

 

DEL REGIMEN ADMINISTRATIVO Y FUNCIONES

 

Artículo Décimo sexto

-         Asamblea General de Promociones (AGP)

-         Consejo Directivo (CD)

-         Junta Revisora de Cuentas (JRC)

-         Tribunal de Honor (TH)

-         Comité Electoral (CE)

 

Artículo Décimo séptimo:  La AGP, órgano supremo de la AL .........., está constituida por los Presidentes de las promociones, o sus representantes designados por la Asamblea de la Promoción

 

Artículo Décimo octavo: Reuniones Id estatuto

 

Artículo Décimo noveno: Competencia Id estatuto, con aprobaciones sólo en cuanto a las establecidas en el Código Civil, artículo 86 más a los asociados honorarios

 

Artículo Vigésima: Convocación Id estatutos

 

Artículo Vigésimo Primero, Convocatoria a las Asambleas Generales por publicaciones y correos electrónicos, confirmando su recepción

 

Artículo Vigésimo segundo, Validez asamblea Id estatuto

 

Artículo Vigésimo tercero, Consejo Directivo ..............

 

Artículo Vigésimo cuarto, Reelección por una sola vez .....

 

Artículo Vigésimo quinto; cargos Id estatuto .....Directores no remunerados.....

 

Artículo Vigésimo sexto, CD elegido por AGP , Id estatuto

 

Artículo Vigésimo séptimo, facultades Id estatuto, además facultado a nombrar Comités  bajo la presidencia de Directores

 

Artículo Vigésimo octavo, Reuniones Id estatuto

 

Artículo Vigésimo noveno, Funciones Id estatuto

 

................................................ Id Estatuto

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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