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                                  De los reincidentes
          (Extracto del Libro Estudios Penitenciarios. Volumen II)

                                                                             Concepci�n Arenal

     �Qu� es un reincidente? Un penado por falta, delito o crimen anterior. �D�nde ha sufrido la pena? Esto es lo que hay que saber para juzgarlo despu�s de la segunda culpa.

     Si ha sufrido la pena en una penitenciar�a donde se le ha puesto en condiciones propias para enmendarse; si adem�s, una vez en libertad, no hall� grandes obst�culos para realizar sus buenos prop�sitos, la reincidencia puede considerarse, por regla general, como circunstancia agravante. Pero si ha extinguido su primera condena en una prisi�n como est�n hoy las de Espa�a, donde aprendi� todos los secretos del mal y a olvidar la hermosura del bien; si al salir se le rechaza como a un apestado; si para sostenerse honradamente necesita una energ�a, tan dif�cil en el esp�ritu que ha vivido en un medio delet�reo, entonces, la circunstancia de reincidir debe ser atenuante para el que reincide, y agravante para la sociedad, que comete el atentado moral de poner a un hombre bajo influencias depravadas, y luego, la doble injusticia de pedirle cuenta, a �l solo, del mal en que ella tiene tanta parte.

Dado el estado de nuestras prisiones, la reincidencia debe ser para el juez un caso muy grave. All� est� un acusado que probablemente es peor, que probablemente no es m�s culpable que otros. �Qu� dos probabilidades! �Qu� contrasentido! �Qu� problema para la raz�n y para la conciencia! La del director de una penitenciar�a bien organizada no se grava al menos ante el penado que lo fue otra vez; podr� ser una tristeza o una dificultad insuperable, pero no un remordimiento.

     As�, pues, lo primero que hay que saber respecto a un reincidente, es el estado de la penitenciar�a en que extingui� su primera condena; y si en lugar de ser correccional fue depravadora, puede colocarle, por lo menos, en cuanto a su segundo delito, en la clase de los que delinquen bajo malas influencias y dejan fundada esperanza de enmienda, o al menos de correcci�n, bajo otras mejores. Bien podr� ser que esta esperanza no se realice, bien podr� ser que el mal hecho en la prisi�n sea irreparable; s�lo Dios sabe la parte de que debe responder el penado, que puede ser a la vez m�s peligroso y m�s digno de l�stima que otros muchos. Como quiera que sea, no debe d�rsele por incorregible hasta haberse cerciorado bien de que lo es, ni aplicarle los rigores de la disciplina sin tener pruebas de que los necesita.

     Si el reincidente fue penado de una manera que debi� corregirle; si la pena fue educadora en vano, a menos de ser muy excepcionales y muy desfavorables las circunstancias en que se hall�, una vez puesto en libertad, la reincidencia es una circunstancia agravante, habi�ndose de temer una dificultad, acaso insuperable, para la enmienda, y aun para la correcci�n. Decimos acaso, porque en lo que se refiere a la culpa y a la enmienda del hombre es todo muy dudoso, y pocas veces pueden hacerse las afirmaciones que se hacen con tanta frecuencia.

     Bien apreciadas las circunstancias en que se encontr� el penado, para juzgar al reincidente, hay que tener en cuenta otras muchas, para juzgar en general de la reincidencia. Hay grandes malvados que no reinciden, y hombres que cometen delitos leves muchas veces y propensi�n a favorecer a los primeros y perjudicar a los segundos, en los juicios que de ellos se forma contribuyen mucho a este modo de juzgar, los empleados de las prisiones, y la estad�stica, mal hecha o mal estudiada.

     Los empleados de las prisiones suelen mirar con cierta predilecci�n a los buenos presos, que as� llaman a los que no hacen ruido, ni son sucios, ni exteriormente desarreglados, se sujetan a la disciplina y tienen en sus procederes cierto orden y regularidad que los hace aparecer como personas formales. Por el contrario, tienen prevenci�n desfavorable contra los que hacen ruido, descuidan el aseo de su persona, el cumplimiento de lo que se les manda y caen en faltas continuas.

     Adem�s de que el orden y la regularidad agradan naturalmente y son antip�ticos el desorden y la confusi�n, el buen preso evita al empleado mucho trabajo, que aumeta el preso malo, sin contar los compromisos y reprensiones de los jefes, etc., etc., que �ste �ltimo ocasiona con frecuencia. Un escritor de talento, que es al mismo tiempo hombre pr�ctico, dec�a que estaba perfectamente ordenada la prisi�n puesta a su cargo, pero que, si le enviaban correccionales, lo echar�an todo a perder. En las prisiones de Espa�a, no puede estudiarse el orden, pero s� el desorden m�s o menos graduado, y en las de mujeres hemos podido notar la mayor indisciplina de las correccionales. Por el mayor ruido y barullo, sab�amos cu�l era su sala, sin preguntarlo, y nos parec�a que, a juzgar por las apariencias, les cuadraba mejor el nombre de incorregibles. En los condenados por delitos leves, lo que aparece m�s en relieve es el vicio, cuyas manifestaciones son m�s continuas, cuyo desorden es m�s exterior que el del crimen, que se concentra y se oculta. La intemperancia del vicio quiere satisfacerse a cada instante; el siniestro c�lculo del crimen no es de aplicaci�n tan frecuente. Todos los d�as se puede embriagar un hombre, y muchos cometer peque�os hurtos; no es posible repetir el homicidio a toda hora, y se explica lo que a primera vista choca tanto: que sean presos m�s silenciosos y ordenados y se llamen buenos, los que por lo general son m�s culpables.

     �A cu�l de estas clases pertenece la mayor�a de los reincidentes? Las estad�sticas no suelen hacer la debida distinci�n; pero se comprende que sale de los correccionales:

     1.� Porque, teniendo condenas m�s cortas, recobran la libertad menos escarmentados.

     2.� Porque la condena m�s corta deja m�s tiempo en libertad para repetir el delito.

    3.� Porque la tentaci�n de los peque�os delitos contra las cosas es continua, como continuas son las necesidades o los apetitos que quieren satisfacerse con medios que no se tienen, o no se usan.

     4.� Porque la conciencia humana no se subleva con igual fuerza con la idea de sustraer a un hombre algunas monedas, como ante la de quitarle la vida.

     La reincidencia en los delitos m�s graves ha de ser, pues, menos frecuente; debe notarse adem�s, que muchos reincidentes de homicidio pertenecen a la clase de los grandes criminales, que no deb�eran recobrar nunca la libertad.

     Todo esto se modifica, y mucho, con el sistema penal; pero cualquiera que �l sea, siempre habr� mayor n�mero de reincidentes de los peque�os delitos, que de los grandes. Conviene no mirar la reincidencia como una prueba de gran maldad, siempre al menos, ni el no reincidir como se�al de enmienda. El que rnat� al rival aborrecido, a la mujer que le estorba para casarse con otra, al pariente a quien iba a heredar, aunque no est�n enmendados ni aun corregidos, no reincidir�n, porque no se repetir� la situaci�n, ni tendr�a objeto el segundo crimen.

     En Espa�a, donde la administraci�n de justicia es tan imperfecta y la impunidad tan grande, el observador menos atento puede convencerse de que, aun quedando impunes, no son por lo com�n reincidentes los reos de delitos graves. Se sabe con frecuencia, con desconsoladora frecuencia, que un hombre ha sido muerto violentamente, y que el matador no ha podido ser habido, y no lo es; ser�a un dato importante y elocuente contra nuestra administraci�n de justicia la proporci�n entre los homicidios consumados y los homicidas penados. Muchos, much�simos, no lo son; y si la reincidencia en delitos graves fuera la regla, nuestra estad�stica criminal, ya muy sangrienta, lo ser�a aun mucho m�s, y, en algunas comarcas, la vida, amenazada hoy, ser�a imposible.

     No es raro tampoco que la acci�n de la justicia no alcance al criminal, sino mucho tiempo despu�s de cometido el crimen, y que durante este tiempo haya vivido honradamente, al parecer: trabaja, sostiene a su familia, hay regularidad en su conducta; as� ha pasado a�os, y pasar�a toda la vida probablemente, porque no se volver�a a repetir la ocasi�n de que �l repitiera el crimen. Estos casos no son muy raros entre nosotros; en ellos hay delito grave, sin correcci�n penitenciaria, sin escarmiento ni reincidencia. El remordimiento �ha penado al delincuente? �Qui�n lo sabe! Por lo que ha podido observarse, no. Su vida ha sido como la de los otros: ha gozado, seg�n su clase, lo que ha podido, sin que ninguna especial obra compense en lo posible su acci�n perversa, ni acuda directa ni indirectamente en auxilio de los que dej� desamparados su v�ctima.

     As�, pues, ni la reincidencia supone siempre gran maldad, ni la gran maldad es siempre, ni aun las m�s veces, reincidente, lo cual debe hacernos mirar con menos prevenci�n a los reincidentes, haciendo distinci�n entre ellos, y con menos confianza a los que no reinciden. En cuanto a los que repiten una o m�s veces delitos graves, volvemos a decirlo, es raro que no sean de la clase de penados que no debieran salir de la prisi�n.
                                                                             Concepci�n Arenal
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Ciencias Penales y Criminol�gicas
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