Ciencias Penales y Criminol�gicas
Por Alejandro J. Rodr�guez Morales
          Presunci�n de inocencia. Antecedentes penales

Con la entrada en vigencia del C�digo Org�nico Procesal Penal y de acuerdo al Sistema Acusatorio Penal all� contemplado, la se�alada jurisprudencia fue cambiada por esta Sala.  Se ha sostenido desde entonces que es obligaci�n del representante del Ministerio P�blico, como titular de la acci�n penal, traer al proceso la prueba de que el acusado registra antecedentes penales en hechos punibles, con la finalidad que el juez lo tome en consideraci�n al momento de dictar su decisi�n.

Cuando el sentenciador asume que el acusado no registra antecedentes penales, puesto que no se trajo al proceso la prueba contraria a ello, est� actuando acorde a la Constituci�n y las Leyes, y su acci�n se halla ajustada a derecho.

En virtud de lo anteriormente expuesto, esta Sala considera que los sentenciadores de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, no incurrieron en el vicio alegado por la Fiscal recurrente y la sentencia dictada por dicha Corte de Apelaciones se halla ajustada a derecho.  Por lo tanto el presente recurso de casaci�n debe ser declarado sin lugar, de conformidad con lo pautado en el art�culo 460 del C�digo Org�nico Procesal Penal.  As� se declara.

Del an�lisis y estudio de los autos, que realiza esta Sala de Casaci�n Penal, se observ� en el escrito de la apelaci�n interpuesta ante la Corte de Apelaciones por la recurrente, Fiscal Tercero del Ministerio P�blico de la Circunscripci�n Judicial del Estado Barinas, que utiliz� como argumento para fundamentar su alegato, contra los Sentenciadores del Tribunal a-quo, lo siguiente:

�...no existen pruebas de que el acusado tenga buena conducta aunque se presumi�, entonces se pregunta el Ministerio P�blico, �Por qu� no se presumi� la mala?...�.

El ordinal 2� del art�culo 49 del T�tulo III �De los Derechos y Garant�as� de la Constituci�n de la Rep�blica, vigente desde el 30 de diciembre de 1999, establece:  �Toda persona se presume inocente mientras no se pruebe lo contrario.�; as� mismo el art�culo 8� del T�tulo Preliminar �Principios y Garant�as Procesales� del C�digo Org�nico Procesal Penal, en plena vigencia desde el 01 de julio de 1999, indica:  �Cualquiera a quien se le impute la comisi�n de un hecho punible tiene derecho a que se le presuma inocente y a que se le trate como tal...�; de igual forma los ordinales 1�, 2� y 4� del art�culo 11 del T�tulo II �De los deberes y Atribuciones del Ministerio P�blico� de la Ley Org�nica del Ministerio P�blico, vigente desde el 01 de julio de 1999, expresamente se�ala:  �Son deberes y atribuciones del Ministerio P�blico:  1.  Velar por la observancia de la Constituci�n, de las leyes y de las libertades fundamentales en todo el territorio nacional.  2.  Vigilar, a trav�s de los Fiscales que determina esta Ley, por el respeto de los derechos y garant�as constitucionales;..., 4.  Ejercer la acci�n penal en los t�rminos establecidos en la Constituci�n, el C�digo Org�nico Procesal Penal y en las leyes�.

Es por las anteriores disposiciones transcritas, dejando por fuera los tratados y pactos internacionales, y sobre todo los principios generales del derecho que deben orientar toda actuaci�n de jueces, fiscales y defensores, que esta Sala observa que el interrogante que hace la Fiscal, en verdad constituye una afirmaci�n violatoria de los principios b�sicos que informan al sistema jur�dico.

(Sentencia de la Sala de Casaci�n Penal del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 21 de febrero de 2001)
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