Cuadros 2

Juicios Agrarios

Información de juicios agrarios en los que se pretende la nulidaddel acuerdo de inexistencia jurídica de la declaratoria de propiedad nacional del terreno denominado San Isidro La Gringa

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Juicio

EXP. 733/98

Tribunal

Tribunal Unitario Agrario del distrito 3, con sede en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas

Actor

Ramón Montero Ramos, representante legal de la SPR de RI San Isidro La Gringa

Demandados

Secretaría de la Reforma Agraria

3a. con interés a juicio

Comunidad de Santa María Chimalapa

Pretensiones

  1. Nulidad del acuerdo emitido con fecha 18 de marzo de 1994, en el que reconoce la inexistencia jurídica de la declaratoria de propiedad nacional del terreno San Isidro, municipio de Cintalapa.
  2. En consecuencia de los anterior se declare firme y válida la declaratoria de propiedad nacional del predio San Isidro, cuyo dictamen fue emitido el 13 de abril de 1987.

Estado procesal

En fecha 19 de junio del 2000 se dictó sentencia improcedente a las pretensiones del actor, quiene en fecha 17 de agosto del 2000 interpuso recurso de revisión, dándose vista a la 3a. con interes a juicio y en fecha 14 de septiembre del 2000, expresó lo que a su derecho convino, a la fecha se está en espera de la radicación del recurso de revisión en el tribunal agrario.

 

 

Juicio

EXP. 433/98

Tribunal

Tribunal Unitario Agrario del distrito 3, con sede en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas

Actor

Sergio Sáenz García, apoderado de más de25 personas .

Demandados

Secretaría de la Reforma Agraria

Tercera con interes a juicio

Comunidad de Santa María Chimalapa

Pretensiones

  1. Nulidad del acuerdo emitido con fecha 18 de marzo de 1994, en el que reconce la inexistencia jurídica de la declaratoria de propiedad nacional del terreno San Isidro La Gringa, Municipio de Cintalapa, Chiapas.
  2. En consecuencia de lo anterior le sean reintegrados a los actores los predios que les fueron arrebatados y, para el caso de existir imposibilidad legal o material, solicito el pago de los mismos como indemnización conforme al precio comercial que tengan en el momento de efectuarse el pago, así como el pago de daños y perjuicios

Estado procesal

La actora no ha nombrado perito para que emita su peritaje, respecto a la pericial ofrecida por la comunidad de Santa María Chimalapa.

 

 

Información de juicios agrarios en los que se pretende la nulidad de las resoluciones presidenciales de los núcleos agrarios La lucha, Municipio de Ocozocuautla; Canáan y Pilar Espinoza de León, ambos del municipio de Cintalapa, todos del estado de Chiapas

Juicio

EXP. 483/98 (La Lucha)

Tribunal

Tribunal Unitario Agrario del distrito 22, con sede en la ciudad de Tuxtepec, Oaxaca.

Actor

Comunidad de Santa María Chimalapa

Demandados

Presidente Constitucional de México, secretario de la Reforma Agraria, subsecretario de ordenamiento de la propiedad rural, titular de la unidad técnica operativa, representante especial de la secretaría de la Reforma Agraria en el estado de Chiapas (en esa época delegado agrario), ingeniero comisionado director en jefe del Registro Agrario Nacional y al núcleo agrario La Lucha, municipio de Ocozocuautla, del estado de Chiapas.

Pretensiones

  1. Nulidad absoluta de la resolución presidencial emitida el 16 de junio de 1981 y publicada en el Diario Oficial el 14 de septiembre de 1981; trabajos técnicos informativos que dieron origen a esta. Acta de posesión y deslinde de fecha 21 de febrero de 1982, ejecutada a favor del núcleo agrario demandado.
  2. Como consecuencia de la prestación anterior, la cancelación de la inscripción realizada ante el Registro Agrario Nacional de la resolución presidencial, actas y planos que se hayan generado con motivo de la ejecución de esta y que creó el nuevo centro de población demandado.

 

C. Como consecuencia de todo lo anterior, la restitución de la superficie afectada por la ejecución del fallo presidencial del núcleo de referencia

Estado procesal

Se reanuda la audiencia en el tribunal agrario, se pretende ratificar el convenio conciliatorio entre la comunidad y el ejido, firmando el 6 de abril del 2000. Así como modificar el acta de posesión, y deslinde y plano definitivo del ejido La Lucha, municipio de Ocozocuautla, Chiapas.

 

 

Juicio

EXP. 484/98 CANAÁN

Tribunal

Tribunal Unitario Agrario del distrito 22, con sede en la ciudad de Tuxtepec, Oaxaca.

Actor

Comunidad de Santa María Chimalapa

Demandados

Presidente Constitucional de México, secretario de la Reforma Agraria, subsecretario de ordenamiento de la propiedad rural, titular de la unidad técnica operativa, representante especial de la secretaría de la Reforma Agraria en el estado de Chiapas (en esa época delegado agrario), ingeniero comisionado director en jefe del Registro Agrario Nacional y al núcleo agrario Canaan, municipio de Ocozocuautla, del estado de Chiapas.

Pretensiones

  1. Nulidad absoluta de la resolución presidenical emitida el 13 de abril de 1987, publicada en el diario oficial el 28 de abril de 1987. Trabajos técnicos informativos que dieron origen a esta y acta de posesión y deslinde de fecha 20 de febrero de 1987, ejecutada a favor del núcleo demandado.
  2. Como consecuencia de la prestación anterior, la cancelación de la inscripción realizada ante el RAN de la resolución presidencial, actas y planos que se hayan generado con motivo de la ejecución de esta y que crea el nuevo centro de población demandado.
  3. Como consecuencia de todo lo anterior la restitución de la superficie afectada por la ejecución del fallo presidencial del núcleo de referencia.

Estado procesal

Este expediente se encuentra remitido al segundo tribunal colegiado de circuito en Tuxtla Gutiérrez, en virtud del amparo interpuesto por el núcleo agrario Canaan, Municipio de Cintalapa, Chiapas.

 

 

Juicio

Exp. 193/99 Pilar Espinoza de León

Tribunal

Tribunal Unitario Agrario del distrito 22, con sede en la ciudad de Tuxtepec, Oaxaca.

Actor

Comunidad de Santa María Chimalapa

Demandados

Presidente Constitucional de México, secretario de la Reforma Agraria, subsecretario de ordenamiento de la propiedad rural, titular de la unidad técnica operativa, representante especial de la secretaría de la Reforma Agraria en el estado de Chiapas (en esa época delegado agrario), ingeniero comisionado, director en jefe del Registro Agrario Nacional y al núcleo agrario Pilar Espinoza de León, municipio de Cintalapa, del estado de Chiapas.

Pretensiones

  1. Nulidad absoluta de la resolución presidencial emitida el 2 de agosto de 1984, publicada en el diario oficial el 6 de agosto de 1984. Trabajos técnicos informativos que dieron origen a esta y acta de posesión y deslinde de fecha 28 de enero de 1986 y 30 de junio de 1992, ejecutada a favor del núcleo agrario demandado.
  2. Como consecuencia de la prestación anterior, la cancelación de la inscripción realizada ante el RAN de la resolución presidencial, actas y planos que se hayan generado con motivo de la ejecución de esta y que crea el nuevo centro de población demandado.
  3. Como consecuencia de todo lo anterior la restitución de la superficie afectada por la ejecución del fallo presidencial del núcleo de referencia.

Estado Procesal

Se está en espera de la nulidad de la resolución presidencial, acta de posesión y deslinde, plano definitivo.

Así como el cumplimiento de los acuerdos de la minuta del 17 de octubre del 2000, suscrita en la reunión de trabajo con la comisión paritaria Oaxaca—Chiapas, en la oficina del C. Procurador Agrario en la Ciudad de México.

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