CONTRATO DE COBRANZA EXTRAJUDICIAL En Santiago, a ___ de ___________ de ___________________________, entre don __________________________________, Rut.: ______________, en representación de___________________________________________________________________, Rut:_________________, ambos domiciliados en esta ciudad,calle________________ Nº ______________, de la comuna de ______________________________________ en adelante "EL USUARIO"por una parte; y, por la otra, don Bernardo Piracés Brownell, Rut.: 13.055.670-1, en representación de "PIRACES Y COMPAÑÍA LIMITADA, Rut.: 79.719.050-0, ambos domiciliados en esta ciudad, calle Agustinas Nº 1022, oficina 820, de la comuna de Santiago, en adelante "LA EMPRESA", celebran el presente contrato de cobranzas en los términos y condiciones que se pasan a exponer: PRIMERO: El Usuario podrá encargar a la Empresa , la cobranza de diversos documentos, cheques y letras para su cobranza extrajudicial en las condiciones que a continuación se exponen: SEGUNDO: El Usuario, entregará a la Empresa un listado indicando los deudores y documentos que se envían a cobranza extrajudicial, el cual deberá ser recibido por la Empresa vía firma de un comprobante de recepción. TERCERO: La Empresa percibirá sus comisiones sobre a base de los montos realmente cobrados, incluyendo capital, intereses, reajustes y multas si correspondiese. Los porcentajes de comisión cobrados por los pagos totales o parciales de cada cliente se calcularán sobre la base de los montos iniciales de capital adeudado, entendiéndose que el cálculo se realizará tomando en consideración a cada deudor en forma independiente. A continuación se detallan los porcentajes de comisión por tramo de capital: 1.-Entre los cero pesos y los $200.000, un 20% del total recuperado; 2.-Entre los $200.001 y los $3.000.000, un 15% del total recuperado; 3.-Entre los $3.000.001 y los $5.000.000, un 10% del total recuperado; 4.-y, desde los $5.000.000 en adelante, un 8% del total recuperado. En caso de que los clientes contactados por La Empresa, se acerquen a pagar los montos adeudados o una proporción de ellos directamente al Usuario, deberá recibir los dineros abonados e informar a La Empresa sobre la mencionada cobranza, evitando así gestiones y costos innecesarios. En este caso, el Usuario deberá cobrar los siguientes montos (calculados sobre la base del monto inicial adeudado), por concepto de gastos de cobranza, las siguientes sumas: -Entre los cero y 10 Unidades de fomento, un 9%; -Entre 10 y 50 Unidades de fomento, un 6%; -Y, desde 50 Unidades de fomento en adelante, un 3%. Las comisiones serán percibidas directamente por La empresa, en caso de pago al contado a ésta; en caso contrario, se enviará la correspondiente boleta de honorarios o factura correspondiente a la comisión para realizar el pago. CUARTO: Las partes establecen como procedimiento general, que los pagos correspondientes a las gestiones de cobranzas extrajudiciales se imputarán al pago de la deuda, en el siguiente orden de prelación: 1.-Pago de gastos de cobraza; 2.-Pago de intereses; 3.-Pago de Capital; 4.-Otros. QUINTO: El Usuario no podrá recibir pagos en forma directa, de deudores con procesos judiciales pendientes, a no ser que se acepte este procedimiento de común acuerdo entre el Usuario y La Empresa, de suceder lo contrario, el Usuario deberá pagar a la Empresa las costas personales según determine el Tribunal en cada caso, y los honorarios correspondientes. SEXTO: La Empresa entregará, de inmediato, o dentro de un plazo máximo de 10 días hábiles, al Usuario, toda suma que perciba y todo documento de pago. SÉPTIMO: La Empresa entregará un informe mensual de las cobranzas realizadas . En caso de realizarse pagos con documentos nominativos al Usuario, estos se entregarán a éste último, y una vez cobrados los valores documentados, pagará a La Empresa las comisiones correspondientes al punto tercero. OCTAVO: En el caso de que sea necesario viajar fuera del Radio urbano de Santiago (fuera de peajes), para poder gestionar una cobranza extrajudicial, el Usuario deberá consignar a la orden de la Empresa, los montos estimados a gastar por este concepto, luego de lo cual, la Empresa rendirá cuenta documentada de dichos gastos y reembolsará los saldos de dineros, si correspondiera. NOVENO: el Usuario podrá encargar gestiones distintas a la de cobranza, las cuales tendrán los valores según anexo a nombre de "otras gestiones". DECIMO: Después de haber agotado todas las instancias extrajudiciales de cobranza, sin haber obtenido resultados positivos, La Empresa recomendará el envío de aquellos deudores a cobranza judicial. DECIMO PRIMERO: La Empresa deberá nombrar una persona contacto, responsable de la atención de la cobranza y gestiones el Usuario, a través del cual se canalizarán todas las gestiones descritas en el presente contrato. DECIMO SEGUNDO: El presente contrato tiene carácter de indefinido, pudiendo cualquiera de la partes ponerle fin, enviando una carta certificada que así lo exprese con 45 días de anticipación, debiendo la Empresa devolver, al cumplirse el plazo antes referido, todas las cobranzas no realizadas a la fecha; sin embargo, las cobranzas ya negociadas y/o en proceso de pago, seguirán en manos de la Empresa hasta su total finiquito, a menos que se hagan incobrables los saldos insolutos. CONTRATO DE COBRANZA JUDICIAL PRIMERO: El Usuario podrá encargar a la Empresa, la cobranza de diversos documentos, cheques y letras para su cobranza judicial en las condiciones que a continuación se exponen. SEGUNDO: El Usuario entregará a la empresa un listado de los deudores y documentos que se enviarán a cobranza judicial, el cual deberá ser recibido por La Empresa vía firma de un comprobante de recepción. Será siempre decisión del Usuario enviar a los deudores a cobranza extrajudicial o judicial, de acuerdo a la urgencia que tenga el caso, o según informe de cobranza extrajudicial realizada sobre el mismo deudor. TERCERO: La Empresa percibirá sus comisiones sobre la base de los montos realmente cobrados , incluyendo capital, intereses, reajustes , multas y costas procesales. Los porcentajes de comisión cobrados por los pagos totales o parciales del deudor, se calculan sobre la base de los montos iniciales de capital adeudado, entendiéndose que el cálculo se realizará tomando en consideración a cada deudor en forma independiente. A continuación se detallan los porcentajes de comisión por tramo de capital: 1.-Entre los cero pesos y los $200.000, un 20% del total recuperado, más las costas personales; 2.-Entre los $200.001 y los $5.000.000, un 15% del total recuperado, más las costas personales. 3.-Desde los $5.000.001 en adelante, un 10% del total recuperado, más las costas personales. Además el Usuario debe consignar la suma de $50.000 por cada demanda cuyo capital sea inferior a $1.000.000, y $100.000 por cada demanda cuyo capital sea superior a $1.000.000; con el objeto de realizar las primeras notificaciones y gastos de las mismas. Los gastos correspondientes a estas gestiones deberán ser respaldados con los recibos y comprobantes correspondientes en cada caso. En caso que los deudores contactados por la Empresa se acerquen a pagar los montos adeudados directamente al Usuario, deberá solicitar a la Empresa los montos finales a pagar. CUARTO: Las partes establecen como procedimiento general, que los pagos correspondientes a las gestiones de cobranzas judiciales como extrajudiciales, se imputarán de acuerdo al siguiente orden de prelación: 1.-Pagos de gastos y costas; 2.-Pago de intereses; 3.-Pago de reajustes, multas , etc; 4.-Pago de capital; QUINTO: La Empresa ingresará de inmediato, o dentro de un plazo máximo de 10 días hábiles, al Usuario, toda suma que perciba y todo documento de pago. SEXTO: La Empresa percibirá directamente de los valores reales que reciba, su porcentaje de honorarios, de acuerdo al punto tercero (debidamente respaldado por la correspondiente boleta); y entregará un informe general de cobranzas dentro de los primeros diez días de cada mes. En caso de pago con documentos nominativos al acreedor, estos se entregarán al Usuario, quién una vez cobrados, pagará a la Empresa las costas personales en su caso y los honorarios correspondientes al punto tercero. SEPTIMO: En caso que sea necesario viajar fuera del Radio urbano (fuera de peajes), para poder gestionar una cobranza judicial, el Usuario deberá consignar a la orden de la Empresa los gastos estimados a gastar por este concepto, luego de lo cual, la Empresa redirá cuenta documentada de dichos gastos y reembolsará al Usuario los saldos de dinero, si correspondiera. OCTAVO: El Usuario podrá encargar gestiones distintas a las de cobranzas, las cuales tendrán los valores establecidos en el anexo de nombre "Otras Gestiones". NOVENO: Luego de haber agotado todas las instancias legales judiciales y extrajudiciales de cobranza, sin haber obtenido resultados positivos, la Empresa recomendará el envío de aquellos deudores a la cartera de incobrables, para los cual emitirá los correspondientes certificados de castigo. Estos certificados deberán contener toda la formalidad legal necesaria en conformidad con las disposiciones del Servicio de Impuestos Internos, los cuales tienen un valor de $4.000 cada uno. DECIMO: La Empresa deberá nombrar una persona de contacto, responsable de la atención de las cobranzas y gestiones del Usuario, a través del cual se canalizarán todas las gestiones descritas en el presente contrato. DECIMO PRIMERO: El presente contrato tiene carácter indefinido, pudiendo cualquiera de las partes ponerle fin, enviando una carta certificada que así lo exprese con 45 días de anticipación, debido la Empresa devolver, al cumplirse el plazo antes señalado, todas las cobranzas no realizadas a la fecha; sin embargo, las cobranzas ya negociadas, en proceso de pago o en pleno proceso judicial, seguirán en manos de la Empresa hasta su total finiquito, a menos que se hagan incobrables los saldos insolutos. ANEXO OTRAS GESTIONES El Usuario podrá encargar gestiones distintas a las de cobranza, las cuales tendrán los siguientes valores: *Querellas criminales: (excepto por giro doloso de cheques, las cuales quedan incluidas en gestiones de cobranza). Se debe pagar la suma de $200.000 para el inicio de las gestiones y tramitación de la causa. En caso que producto de estas gestiones se recuperen dineros, se aplicará además la escala del punto tercero del contrato de cobranza judicial. *Búsquedas de personas: Por búsquedas de domicilios o bienes con resultados positivos, el Usuario pagará a la Empresa la suma de $20.000 si es dentro del radio urbano , y fuera del radio urbano se determinará en cada caso. *Asesorías en general: Este punto comprende la confección y redacción de documentos mercantiles como letras, pagarés, contratos simples, escrituras privadas y consultas técnicas en materia legal, las cuales serán solicitadas por escrito por el Usuario, las cuales tendrán un valor de $20.000. *Otras gestiones y asesorías: Su valor se determinará caso a caso de común acuerdo. Ambas partes declaran haber leído el presente contrato en su totalidad, y en conformidad firman. _____________________ _________________________ Bernardo Piracés Brownell Piracés y Cía Limitada