Fecha de B.O.C. y L.: Miércoles, 4 de junio de 2003 B.O.C. y L. n.º 105
DECRETO 65/2003, de 29 de mayo, por el que se actualiza la cuantía de
las sanciones a imponer por la Comisión de las Infracciones tipificadas en la
Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León.
En la Disposición Adicional Tercera de la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León, se dispone que la cuantía de las sanciones regulada en su artículo 77, será actualizada cada tres años mediante Decreto de la Junta, de acuerdo con los Índices de Precios al Consumo experimentados en dicho período.
Desde la entrada en vigor de la Ley 4/1996, el 22 de octubre de 1996, la cuantía de dichas sanciones no ha sido actualizada.
Según los datos del Instituto Nacional de Estadística, el incremento del Índice de Precios de Consumo, desde octubre de 1996 hasta el mes de noviembre de 2002, fue del 18,1%.
En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de Medio Ambiente, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 29 de mayo de 2003
DISPONE:
Artículo único.– La cuantía de las sanciones contenidas en el artículo 77 de la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León que deban imponerse por la comisión de las infracciones tipificadas en dicha Ley, será la siguiente:
a) Por la comisión de infracciones leves: Multa de 35,49 a 354,90 ¤.
b) Por la comisión de infracciones graves: Multa de 354,91 ¤ a 3.548,98 ¤.
c) Por la comisión de infracciones muy graves: Multa de 3.548,99 a 70.979,53 ¤.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente Decreto entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».
Valladolid, 29 de mayo de 2003.
El Presidente de la Junta
de Castilla y León,
Fdo.: Juan Vicente Herrera Campo
La Consejera de Medio Ambiente,
Fdo.: Silvia Clemente Municio