PROCESO DE CALIBRACI�N
para
REGLAS VERTICALES DE TRAZOS SCI D-02.18
1- OBJETO
El objeto del presente PROCESO DE
CALIBRACI�N es proporcionar a los Laboratorios acreditados, o a cualquier otro centro de
medici�n que lo utilice, una pauta para la calibraci�n de las reglas verticales de
trazos que les permita obtener resultados trazables y homog�neos.
Sin embargo, el cumplimiento de este proceso de calibraci�n por parte
de los Laboratorios acreditados debe entenderse en sentido amplio, atendiendo al dise�o
fundamental de los procedimientos indicados m�s que a los detalles concretos y
particulares. Por consiguiente, y aunque es admisible la introducci�n de modificaciones
que no alteren sustancialmente el proceso de calibraci�n, siempre que el laboratorio
justifique adecuadamente la trazabilidad y calidad de sus resultados.
2-
CAMPO DE APLICACI�N
El presente PROCESO DE CALIBRACI�N es de aplicaci�n a
las REGLAS VERTICALES DE TRAZOS, numeradas SCI D-02.18 en la CLASIFICACI�N DE
INSTRUMENTOS DE METROLOG�A DIMENSIONAL del SISTEMA DE CALIBRACI�N INDUSTRIAL (SCI) del
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo [1].
Las reglas verticales de trazos, que considera este proceso de
calibraci�n, responden esencialmente al esquema de la figura 1, en la que se recogen las
denominaciones m�s frecuentes de sus diversos elementos.
Figura 1.- Regla vertical de trazos.
El campo de medida de estas reglas verticales de trazos no suele
exceder de 1m y su divisi�n de escala oscila entre 0,1 mm, 0,05 mm � 0,02 mm, llegando a
0,01 mm en algunos modelos que sustituyen el nonio por un indicador de esfera o incorporan
lectura digital.
Disponen por lo general, de diferentes topes de contacto
intercambiables sobre el soporte deslizante y pueden tambi�n coloc�rseles puntas de
trazar; en este caso dejan de emplearse ya como instrumento de medida.
3-
IDENTIFICACI�N.
Para poder ser objeto de certificaci�n oficial, las REGLAS VERTICALES
DE TRAZOS, han de estar marcadas, de forma permanente, con los siguientes datos como
m�nimo:
MARCA.
N�MERO DE SERIE.
siendo recomendable que incluyan, adem�s:
MODELO.
Si no existe identificaci�n suficiente, a juicio del Laboratorio de
Calibraci�n, este podr� exigir el grabado de la misma como requisito para la emisi�n
del Certificado Oficial de Calibraci�n .
4-
PROCEDIMIENTO DE CALIBRACI�N.
Se realiza una inspecci�n visual
del instrumento, comprobando la legibilidad de la escala y del nonio, el desplazamiento
suave del contacto m�vil a lo largo de toda la regla, etc.; especialmente debe
comprobarse el buen estado de los topes de contacto, verificando mediante una lupa o
proyector de perfiles (por reflexi�n), que no existen rebabas, oxidaciones, ni
deformaciones localizadas en su plano de contacto en la medici�n.
A continuaci�n es necesario proceder a una verificaci�n de la
planitud de la base de apoyo, como magnitud secundaria de la calibraci�n de la regla.
Para ello se sit�a la regla en posici�n invertida respecto de la de medida,
soport�ndola por medios auxiliares, de forma que el plano de contacto quede hacia arriba
y accesible al palpador de una medidora de tres coordenadas (SCI D-02.07) � de una
medidora de una coordenada vertical (SCI D-02.05), que posean divisi�n de escala E � 0,001 mm e incertidumbre, para factor k=2, I �
0,005 mm, en la zona de trabajo a utilizar.
Puede alinearse el plano a medir
seg�n tres puntos que sean los v�rtices de un tri�ngulo, lo mayor posible sobre la
superficie de apoyo, o bien proceder a una alineaci�n por c�lculo de los resultados
obtenidos, respecto de un plano de referencia arbitrario. En todo caso, se obtendr� el
defecto de planitud de la base de apoyo de la regla
vertical, midiendo entre 8 y 12 puntos, regularmente espaciados de su superficie.
En la tabla 1 se indican las tolerancias de planitud de la base
(defectos m�ximos admisibles ),
en funci�n de la divisi�n de escala del instrumento.
DIVISI�N DE ESCALA DE LA REGLA E (mm) |
(m m) |
0,01 |
5 |
0,01 < E < 0,1 |
10 |
0,1 E |
15 |
TABLA 1.- TOLERANCIAS DE
PLANITUD DE LA BASE DE APOYO.
Si el plano de la base de apoyo de una REGLA VERTICAL DE TRAZOS, tiene
un defecto de planitud superior a su m�ximo admisible
seg�n la tabla 1, no puede calibrarse oficialmente por el SCI, recomend�ndose su
separaci�n o sustituci�n. Si por el contrario se supera satisfactoriamente la anterior
condici�n, puede despreciarse la influencia del mismo en el resto del proceso de
calibraci�n.
La calibraci�n de la escala de la regla se efect�a, situ�ndola sobre
una mesa de planitud (SCI D-06.05), de calidad comprendida entre I y 00 seg�n UNE 82-309
[2], en su posici�n normal de medici�n y mediante bloques patr�n longitudinales de
calidad 0 � 1, seg�n UNE 82-311 [3]. Es conveniente haber realizado una limpieza previa
cuidadosa, tanto de la mesa como de la base de la regla. Para la presente calibraci�n no
es necesario tener en cuenta las desviaciones al valor nominal de los patrones utilizados.
De acuerdo con el valor del campo de medida C de la regla, se efect�a
la calibraci�n en un n�mero de puntos comprendido entre 6 y 10, aproximadamente
equidistantes y procurando evitar la uni�n de bloques entre si.
En cada punto de calibraci�n se reiteran medidas, procurando variar ligeramente
la zona de contacto entre el tope de la regla y la cara superior del bloque, a fin de
incluir en la repetibilidad de calibraci�n, los posibles peque�os defectos de planitud
del primero, que ser�n causa de errores similares en las medidas futuras.
Las indicaciones se anotar�n con apreciaci�n igual a la divisi�n de
escala del instrumento, salvo en las reglas con E � 0,1 mm, en
las que se apreciar� hasta la semidivisi�n de la escala; la temperatura de la sala de
calibraci�n, deber� permanecer durante la calibraci�n de la misma, en el intervalo 20 � 2� C.
5-
RESULTADOS DE LA CALIBRACI�N
A partir de las 5 indicaciones
obtenidas en cada uno de los 6 a 10 puntos de la escala, se obtendr�n los siguientes
par�metros de calibraci�n:
5.1.-Valor medio de calibraci�n :
en donde es la indicaci�n de orden j
( j=1 a 5 ), obtenida en el punto i (i= 1 a N y N=6 a 10).
5.2.- Correcci�n de calibraci�n,
en donde es el valor nominal del
bloque patr�n longitudinal, empleado en el punto i.
5.3.- Desviaci�n t�pica de calibraci�n,
Tambi�n se anotar�n las incertidumbres de los patrones
utilizados, como sus desviaciones m�ximas admisibles al nominal, asimiladas a un factor
k=3; de acuerdo con UNE 82-311, se tiene
Incertidumbre de los patrones de calibraci�n
CALIDAD 0:
CALIDAD 1:
en donde =
longitud nominal en mm
Y por tanto, la incertidumbre del patr�n en cada punto i, para factor
k=1:
CALIDAD 0:
CALIDAD 1:
en donde es la longitud nominal, en
mm, del patr�n empleado en el punto i.
6- INCERTIDUMBRE DE
CALIBRACI�N
Las REGLAS VERTICALES DE TRAZOS,
no tienen posibilidad de ajuste mec�nico de su escala, y por su elevado valor de la
divisi�n de escala, no es recomendable efectuar en ellas correcci�n de c�lculo, por
todo lo cual las correcciones de calibraci�n se
asimilan a incertidumbres de medida, con factor k=3. Con ello pueden calcularse:
6.1.- Incertidumbres en cada punto de calibraci�n, , para n=1 medida y factor k=2, sin
realizar correcci�n de calibraci�n:
6.2.- Incertidumbre en todo el campo de medida, I, para n=1
medida y factor k=2, sin realizar correcci�n de calibraci�n:
I = MAXIMO
El valor de I habr� que redondearse al m�ltiplo inmediato superior de
la divisi�n de escala de la regla, E.
En este tipo de instrumentos no se admite disminuci�n de la
incertidumbre I al aumentar el n�mero de medidas.
7- CALIDADES.
En la tabla 2 se establecen dos
calidades, con car�cter experimental para este tipo de instrumentos, en funci�n de la
incertidumbre m�xima admisible para cada divisi�n de
escala E y de acuerdo con las condiciones de c�lculo del anterior apartado 6.
DIVISI�N DE ESCALA
(mm) |
CALIDADES |
|
0,01 |
1 |
0,01 |
|
2 |
0,03 |
0,01 < E < 0,1 |
1 |
0,05 |
|
2 |
0,10 |
0,1 � E |
1 |
0,1 |
|
2 |
0,2 |
TABLA 2.- CALIDADES DE REGLAS
VERTICALES DE TRAZOS
8- PERIODOS DE
CALIBRACI�N.
CALIDAD 1 : 24 meses.
CALIDAD 2 : 6 A 12 meses.
9- BIBLIOGRAFIA.
[1] "Clasificaci�n de
Instrumentos de Metrolog�a Dimensional" . Ministerio de Industria, Comercio y
Turismo, Direcci�n General de Pol�tica Tecnol�gica. Sistema de Calibraci�n Industrial,
2� Edici�n, Madrid,1992, 305 pag.
[2] Norma UNE 82-309-85 "Mesas de planitud". Edici�n IRANOR,
8 p�ginas, octubre de 1985, Madrid.
[3]Norma UNE 82-311-85 ISO 3650 "Bloques patr�n". Edici�n
IRANOR, 15 p�ginas, octubre de 1985, Madrid.
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