REGLA PATRÓN DE TRAZOS

 

 

 

PROCESO DE CALIBRACIÓN SCI D-052

para

REGLAS PATRÓN DE TRAZOS SCI D-01.08

 

 

1- OBJETO

El objeto del presente PROCESO DE CALIBRACIÓN  es proporcionar a los Laboratorios acreditadoso a cualquier otro centro de medición que lo utilice, una pauta para la calibración de las reglas patrones de trazos que les permita obtener resultados trazables y homogéneos.

Sin embargo, el cumplimiento de este proceso de calibración por parte de los Laboratorios SCI, debe entenderse en sentido amplio, atendiendo al diseño fundamental de los procedimientos indicados más que a los detalles concretos y particulares. Por consiguiente, y aunque es admisible la introducción de modificaciones que no alteren sustancialmente el proceso de calibración, siempre que el Laboratorio justifique adecuadamente la trazabilidad y calidad de sus resultados.

Asimismo, este proceso de calibración puede servir de guía básica para desarrollar procedimientos de calibración específicos para reglas patrones de trazos situadas en salas de metrología industrial o procedimientos de verificación para reglas patrones de trazos asignadas a medios de producción, al objeto de asegurar la trazabilidad metrológica de los sistemas de calidad industrial.

 

 

2- CAMPO DE APLICACIÓN

El presente PROCESO DE CALIBRACIÓN es de aplicación a las REGLAS PATRONES DE TRAZOS, numeradas SCI D-01.08 en la CLASIFICACIÓN DE INSTRUMENTOS DE METROLOGÍA DIMENSIONAL del SISTEMA DE CALIBRACIÓN INDUSTRIAL (SCI) del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo [1].

Se trata de reglas de metal, de vidrio o de plástico, que llevan sobre una de sus caras una escala de trazos de alta precisión. En general, cabe distinguir dos tipos de reglas patrones de trazos, con características y aplicaciones metrológicas muy diferentes.

 

 

2.1.- REGLAS PATRONES DE TRAZOS PORTÁTILES (O SUELTAS).

Sus trazos son realmente tales, es decir, segmentos rectilíneos paralelos, grabados o fotograbados sobre una de las caras de la regla y sus dimensiones, en las que materializan un cierto grupo de valores de la magnitud física longitud; son relativamente pequeños, por ejemplo, entre 1 mm y 300 mm, aunque el hecho de que en algún caso fuesen más largas no invalidaría para nada el presente PROCEDIMIENTO DE CALIBRACIÓN.

Hay REGLAS PATRONES DE TRAZOS de este tipo, en las que la distancia entre trazos, que puede permanecer constante o ser variable, puede llegar a valores muy pequeños, del orden de 0,01 mm o menos en algún caso especial, con lo que no es fácil apreciarlos a simple vista, por lo cual pueden venir situados en el interior de un circuito u otra figura geométrica, para facilitar su localización. (figura 1).

 

 

 

 

 

Figura 1.- Regla patrón de trazos pequeña.

 

Se trata de patrones adecuados a la calibración de microscopios (SCI D-10.02 [2]), proyectores de perfiles SCI D-10.03 y SCI D-10.08[3]), etc.

también son corrientes las REGLAS PATRONES DE TRAZOS de este tipo, con tamaños medianos, hasta unos 300 mm y distancias entre trazos mayores, por ejemplo 0,5 ó 1 mm, que suelen ser transparentes y permiten completar la calibración de los proyectores de perfiles (SCI D-10.03 y SCI D-10.08) en recorridos mayores de sus ejes de medida longitudinales.

Todas estas reglas pueden también utilizarse, como elementos auxiliares, en los propios procedimientos de medición con microscopios y proyectores de perfiles, para bajas precisiones.

A estas REGLAS PATRONES DE TRAZOS PORTÁTILES O SUELTAS es a las que afecta el presente PROCEDIMIENTO DE CALIBRACIÓN SCI D-052, sin limitación de su campo de medida C ni de su división de escala E.

 

2.2.- REGLAS PATRONES DE TRAZOS FIJAS (ESCALAS DE INSTRUMENTOS DE MEDIDA O FABRICACIÓN).

Existe otro tipo de reglas patrón de trazos, de alta precisión también, que van situadas en ciertos instrumentos de medida o en máquinas-herramientas, ligadas a un captador o lector y que actúan de escalas para los desplazamientos longitudinales a lo largo de los ejes de los mismos. En este caso, aunque se sigue empleando la denominación de trazos, dichos trazos pueden ser de distinta naturaleza, resultando así un sistema transductor como los que a continuación se indican:

Mecánico-ópticos: Reglas metálicas o de vidrio con trazos longitudinales u sistema captador de lupa o cuña, redes de trazos, etc.

Electrónicos: Reglas de trazos formados por elementos inductivos o capacitivos de un cierto circuito eléctrico relacionado con el captador.

Ópticos: Reglas con trazos formados mediante el tratamiento de una cierta característica óptica que el captador puede discernir, como por ejemplo, opaco-transparente, reflectante-no reflectante, etc.

Casi todas estas REGLAS PATRONES DE TRAZOS FIJAS, trabajan con un captador que proporciona indicaciones digitales. Cuando estas reglas son circulares en lugar de rectas, se clasifican como SCI D-04.04. Como aplicaciones típicas de las mismas, en metrología dimensional, caben citar las medidoras por coordenadas SCI D-02.04 [4], SCI D-02.05[5], SCI D-02.06 Y SCI D-02.07 [6].

Las REGLAS PATRONES DE TRAZOS FIJAS, quedan excluidas del presente PROCESO DE CALIBRACIÓN. Su calibración se efectúa conjuntamente con la del instrumento de medida al que van ligadas como escalas.

 

 

 

 

 

3- IDENTIFICACIÓN

Para poder ser objeto de certificación oficial , las reglas patrones de trazos consideradas han de encontrarse marcados de forma permanente, con los siguientes datos como mínimo:

MARCA DEL FABRICANTE.

NÚMERO DE SERIE.

 

Es recomendable que, además, incluyan:

CAMPO DE MEDIDA (*).

DIVISIÓN O DIVISIONES DE ESCALA (*).

 

Si no existe identificación suficiente a juicio del Laboratorio de Calibración, este podrá exigir el grabado de la misma, como requisito para la emisión del Certificado Oficial de Calibración .

(*) NOTA:

Aunque al tratarse de un patrón no tiene sentido estricto los conceptos de CAMPO DE MEDIDA y de DIVISIÓN DE ESCALA, el hecho de materializar un número generalmente elevado de distancias patrón, repartidas con uniformidad, permite aceptar esta licencia que ha de entenderse de acuerdo con los criterios siguientes:

CAMPO DE MEDIDA= Máxima distancia patrón materializada.

DIVISIÓN O DIVISIONES DE ESCALA= Valores mínimos a los que se materializan distancias uniformes.

Para algunas aplicaciones muy específicas (calibración de las amplificaciones horizontales en perfilómetros, rugosímetros, etc.), existen reglas patrón de dos trazos.

Es muy recomendable e incluso exigible a juicio del Laboratorio de Calibración SCI, que las REGLAS PATRÓN DE TRAZOS, dispongan de estuches apropiados.

 

 

 

 

 

4- PROCEDIMIENTO DE CALIBRACIÓN.

4.1.- Para la calibración de las REGLAS PATRÓN DE TRAZOS. Es necesario emplear un sistema de medición lineal con división de escala E £ 0,000 1 mm que disponga de un visor o microscopio, óptico o fotoeléctrico.

Microscopio y láser de medida por desplazamiento (SCI D-01.15).

Medidora de una coordenada horizontal (SCI D-02.04) y microscopio.

Medidora de tres coordenadas (SCI D-02.07) y microscopio.

Sistema de medida óptica en dos coordenadas, mediante cálculo numérico de imagen.

 

4.2.-La sala de medición se encontrará acondicionada, al menos en 20 ± 0,5º C y la incertidumbre del sistema de medida para factor k=2, no superará el valor I = 0,3 + 0,7 L m m ( L en m ). Siempre, antes de iniciar la calibración de una REGLA PATRÓN DE TRAZOS, se limpiarán sus superficies con éter y un paño suave, comprobando visualmente o con ayuda de una lupa que, sobre la cara en la que van grabados los trazos, no se aprecian deformaciones, rayas o defectos de cualquier tipo que impidan un uso correcto del patrón.

4.3.- Con independencia del sistema de medida que se utilice, el PROCEDIMIENTO DE CALIBRACIÓN, es análogo. Se comienza por situar la regla sobre la zona de medida del sistema, alineando sus dos trazos extremos perpendicularmente a la dirección de desplazamiento, mediante el visor o microscopio; esta alineación se facilita si la regla se ha colocado sobre una mesa auxiliar giratoria respecto del eje vertical, la cual se sitúa a su vez sobre la zona de medida.

Tras ello, se hace cero en el trazo origen y se miden las distancias de un cierto número de trazos, aproximadamente equidistantes, a dicho origen. Es práctica recomendable realizar la misma calibración en sentido inverso, tomando ahora como origen el trazo final, pero a continuación y a partir de las indicaciones así obtenidas, se calculan de nuevo las distancias de los trazos medidos al origen. Como se deduce inmediatamente, se trata simplemente de una repetición de la calibración, pero introduciendo como variable el sentido de desplazamiento.

4.4.-Se someten los resultados anteriores (2 valores para cada trazo calibrado), a un criterio sencillo de aceptación o rechazo, basado en la incertidumbre propia del sistema de medida, que será el valor para n=1 medida, aunque se hayan efectuado 2.

en donde:

, = Indicaciones de las dos medidas de calibración para el trazo i (distancias al trazo origen, el cual se numera i = 10 ).

Incertidumbre del sistema de medida empleado para la calibración, correspondiente a factor k=2 y n=1 medida (no se disminuye el valor de , aunque se hayan hecho 2 medidas).

Si el criterio no se supera tras reiterar la medición, es necesario interrumpir la calibración para revisar el sistema de medida, especialmente en lo que se refiere a la estimación de su valor .

 

4.5.- El número mínimo N de trazos a medir sobre una regla, es el que se indica en la tabla 1, en función del tipo de calibración y del campo de medida C de la misma.

CALIBRACIÓN

C (mm)

N

INICIAL

-------

TODOS

 

0 - 5

20

RECALIBRACIONES

5,1 - 100

15

POSTERIORES

100,1 - 300

10

 

 

 

 

  

TABLA 1.-Número mínimo N de trazos a calibrar en una regla patrón.

 

Se recomienda, que en las recalibraciones se varíen los trazos calibrados, a fin de que con el tiempo se hayan vuelto a calibrar todos.

 

 

 

5- RESULTADOS DE LA CALIBRACIÓN

 

5.1.- Se calcula el valor medio de las dos indicaciones de cada trazo, como distancia de dicho trazo al origen, :

5.2.- Se calculan, para todos los trazos i calibrados, sus desviaciones al nominal, :

en donde , es la distancia nominal al origen del trazo i ( el trazo origen se enumera i = 0 ).

En el informe de calibración, deberán figurar todos los valores obtenidos, con independencia de que además, se efectúe una asignación de clase de acuerdo con las calidades que se definen en el apartado 8.

 

5.3.- La incertidumbre correspondiente a los valores será la del sistema de medida, particularizada para cada longitud nominal ( en el apartado 5.1 y L en el apartado 4.2) e incrementada en lo que el Laboratorio de Calibración juzgue necesario, por cualquier desviación a los requisitos expuestos o por otras razones.

NOTA:

De acuerdo con lo indicado en la nota del apartado 3, en este caso no tiene ningún sentido redondear la incertidumbre a un múltiplo de la división o de la semidivisión de la escala (concepto que no es de aplicación rigurosa en este caso).

De hecho, para estos patrones, como es lógico, se obtienen incertidumbres muy inferiores a su valor "E".

 

 

6.- CALIDADES.

Se establecen dos calidades, con carácter experimental, para las REGLAS PATRONES DE TRAZOS, en función de sus campos de medida nominales C y de las desviaciones máximas admisibles de cualquiera de sus trazos, según se detalla en la tabla 2 siguiente:

 

C (mm)

CALIDAD

(m m)

0 a 5

1

0,5

 

2

2

5,1 a 100

1

1

 

2

5

100,1 a 300

1

2

 

2

10

 

 

 

 

 

 

 

TABLA 2.- Calidades de reglas patrón de trazos.

 

 

7- PERIODOS DE CALIBRACIÓN.

El intervalo máximo entre dos calibraciones sucesivas de las reglas patrones de trazos se establece en 36 meses.

El periodo de calibración indicado se refiere a Laboratorios de Calibración , sometidos a inspecciones periódicas del  sobre la forma en que aseguran su trazabilidad, los métodos de trabajo empleados y los certificados que emiten. En otros laboratorios o salas de metrologia, con menores exigencias, se recomienda que dicho periodo sea de 18 meses.

En todo caso, estos periodos son una mera recomendación para el usuario de las reglas patrones de trazos, que será quien fijará el valor que considere oportuno y que realmente se cumplirá, de acuerdo con los criterios que estime convenientes.

Se advierte que los intervalos de recalibración recomendados debieran también reducirse cuando se presente alguna de las circunstancias siguientes:

elevada frecuencia de utilización.

condiciones de empleo desfavorables (personal no cualificado, ambientes sucios, empleo al aire libre, etc.), o

requisitos especiales de seguridad ( Defensa, Sanidad, Justicia, etc.).

En todo caso, ha de procederse a una recalibración de las reglas patrones de trazos, anulando si intervalo vigente, cuando los resultados que se estén obteniendo hagan dudar al usuario del correcto estado de las mismas.

 

 

 

8- BIBLIOGRAFIA.

[1] "Clasificación de Instrumentos de Metrología Dimensional" . Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, Dirección General de Política Tecnológica. Sistema de Calibración Industrial, 2ª Edición, Madrid,1992, 305 pag.

[2] Proceso de calibración SCI D-033 "Microscopios". Ministerio de Industria y Energía. Dirección General de Política Tecnológica. Sistema de Calibración Industrial. 1ª Edición, 1989, Madrid.

[3] Proceso de calibración SCI D-025 "Proyectores de perfiles" .Ministerio de Industria y Energía. Dirección General de Política Tecnológica. Sistema de Calibración Industrial. 1ª Edición, 1988, Madrid.

[4] Proceso de calibración SCI D-010 "Medidoras de una coordenada horizontal". Ministerio de Industria y Energía. Dirección General de Política Tecnológica. Sistema de Calibración Industrial. 1ª Edición, 1987, Madrid.

[5] Proceso de calibración SCI D-011 "Medidoras de una coordenada vertical". Ministerio de Industria y Energía. Dirección General de Política Tecnológica. Sistema de Calibración Industrial. 1ª Edición, 1987, Madrid.

[6] Proceso de calibración SCI D-027 "Medidoras de tres coordenadas". Ministerio de Industria y Energía. Dirección General de Política Tecnológica. Sistema de Calibración Industrial. 1ª Edición, 1989, Madrid.

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Última modificación: 06 Octubre 2001
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