He llamado al Subsector de Tr�fico de la Guardia Civil y tambi�n al Jefe de Sanciones de la Jefatura Provincial de Tr�fico de Salamanca y ambos me han contestado lo mismo:

Para uso particular, siempre que se pueda acreditar la procedencia del carburante mediante tique o factura y si est� contenido en bases (recipientes) homologadas con el s�mbolo CE, se pueden llevar como equipaje en el interior del veh�culo hasta mil litros sin necesidad de autorizaci�n como mercanc�a peligrosa.

El guardia civil que me lo ha explicado ha puesto un ejemplo muy t�pico: es muy normal llevar gasolina al chal� para el cortac�sped o para el quad de esa casa rural aislada...

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