ACTIVIDADES DE RECUPERACIÓN

Las actividades de recuperación de los módulos profesionales pendientes de recuperación, los alumnos que no superen este módulo profesional en la convocatoria ordinaria, pasarán a la convocatoria extraordinaria de recuperación, teniendo en cuenta lo previsto en el artículo 3, epígrafe 1.c de la Orden 2323/2003 de la Consejería de Educación B.O.C.M. de 13-05-2003.

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