7.10.            ACTIVIDADES DE RECUPERACIÓN

 

Los alumnos que no superen el módulo profesional en la convocatoria ordinaria, pasarán a la convocatoria extraordinaria de recuperación, teniendo en cuenta lo previsto en el artículo 3, epígrafe 1.c., de la Orden 2323/2003 de la Consejería de Educación. B.O.C.M. de 13-05-2003.

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