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Reglamento del Campeonato ArgentinoArtículo 1) El Campeonato Argentino se disputará, durante el transcurso del año calendario, desdoblado en dos etapas (partes). Si la C.A.T.P. lo considerase necesario (cantidad de entidades afiliadas, cantidad de categorías, etc), podrán elevarse el número de etapas. Artículo 2) La designación de las Sedes, para el año siguiente, se realizará por orden de rotación de acuerdo a la cantidad de Asociaciones afiliadas. Deben designarse durante el transcurso de la última etapa. En caso de no disputarse la misma, su designación se realizará antes del 31 de diciembre de ese año. Artículo 3) Los meses, días y horarios de inicio y final de cada jornada del Campeonato Argentino se determinará de común acuerdo entre la Asociación organizadora y el Consejo Directivo de la Confederación. Artículo 4) El sorteo de los partidos se realizará el día inmediato anterior a la iniciación del evento, en horario a determinar, en el lugar que designe la Asociación organizadora de la etapa del Campeonato Argentino. El cierre de inscripción se efectuará el día anterior al del sorteo. Artículo 5) La Asociación Organizadora es la encargada de realizar el mismo, fiscalizando la Confederación, permitiéndose estar presente en ese acto a un delegado por Asociación participante. Artículo 6) La Asociación Organizadora deberá proveer antes del inicio del torneo a las demás Asociaciones participantes, de un juego completo del cronograma de partidos de cada una de las categorías que se realizan en esa parte del Campeonato Argentino. Artículo 7) El Consejo directivo de la Confederación designará un delegado ante la Asociación organizadora quien cumplirá la función de Fiscalizador. Los gastos que demande tal designación serán absorbidos totalmente por la C.A.T.P. Artículo 8) Las funciones del Fiscalizador serán de estar presente en el acto del sorteo de los partidos, controlar el estado general de las canchas y si se ajustan a lo reglamentario, velar por el cumplimiento de los reglamentos - de juego de Campeonato argentino, particulares, etc.- Artículo 9) La Asociación organizadora deberá detallar todo lo referente al torneo con la debida anticipación, para lo cual deberá enviar con 60 días mínimos de anticipación a esta Confederación el proyecto de invitación. Ver anexo 1. Artículo 10) El Consejo Directivo de la Confederación
deberá inspeccionar las canchas y los clubes propuestos por la Asociación
Organizadora, pudiendo designar a una persona a tal efecto, quien deberá
inspeccionar las instalaciones 30 días mínimo antes del evento. Deberá
tenerse en cuenta para la aprobación de las instalaciones si las canchas
se encuadran dentro de la reglamentación en vigencia -luces, redes, demarcación
de canchas, parantes laterales, estado del piso de las canchas-, los sanitarios
si son aptos y están en condiciones de uso, deben contar con agua caliente
en ambos vestuarios. Las instalaciones del club deberán contar con servicio
de buffet. Artículo 11) La Asociación Organizadora deberá prever la designación de una cancha por categoría en disputa. La Confederación podrá autorizar, de acuerdo a número de inscriptos, reducir la cantidad de canchas a utilizar. Artículo 12) La Asociación Organizadora deberá garantizar la utilización de canchas cubiertas (mínimo tres) y en condiciones de uso en caso de mal tiempo - lluvia, vientos fuertes, etc.-. Artículo 13) En el caso que la Confederación lo considere, se podrán incorporar o suprimir Categorías, lo que deberá contar con el acuerdo de la mayoría de las Asociaciones afiliadas, convocándose a una Asamblea Extraordinaria en la que se confeccionará un anexo para el presente Reglamento. Las categorías que se disputarán en el Campeonato Argentino son las siguientes:
Para el Doble Mixto podrán repetir los jugadores de Primera y Segunda categoría y las jugadoras de Primera y Tercera categoría únicamente. Artículo 14) La Asociación organizadora contará con el Director General del Torneo, será quien actuará como máxima autoridad del evento, en representación de la Asociación organizadora y deberá conocer todo lo atinente a la organización de éste, tanto en lo deportivo, como administrativo, social, etc. Artículo 15) El Director General del Torneo será el referente para toda consulta de los delegados, tendrá la facultad de convocarlos a reunión en cualquier momento del torneo. Artículo 16) En toda reunión que organice el Director General del Torneo deberá contar con la presencia de la persona designada por Confederación como Fiscalizador, a los efectos de que la misma tenga validez, quien tendrá voz y voto en caso de empate, y en el caso que los delegados no asistan a la convocatoria. El Director General del Torneo tendrá voz únicamente. Artículo 17) La Asociación organizadora deberá disponer de un medio de movilidad, (auto) asignado al Director General de Torneos y al Fiscalizador, a los fines de recorrer cuando así lo requieran las distintas subsedes. Los gastos de combustible serán absorbidos por C.A.T.P. y la asociación organizadora en partes iguales. Artículo18) El puntaje que regirá para el Campeonato Argentino y para cada una de las categorías en disputa, determinará la afiliada ganadora del mismo por la sumatoria del puntaje total de las categorías en disputa de las distintas etapas del Campeonato Argentino, siendo el puntaje el siguiente:
En caso de existir sólo 5 (cinco) equipos inscriptos, el 5° Puesto se adjudicará 2 (dos) puntos. El puntaje del resto de las posiciones no serán alteradas por una cantidad inferior de inscriptos. Artículo 19) El sistema de disputa del Campeonato Argentino será por llave y doble eliminación. En caso de inscribirse 5 (cinco) equipos o menos, podrá disputarse por el "sistema de todos contra todos" (por puntos), debiendo jugarse un partido final si la diferencia de puntos, entre el 1º y el 2º clasificados, no supere 1 punto. En el supuesto de que el equipo clasificado 2º ganara este partido, deberá disputarse un último partido, que consagrarla al campeón de esa categoría. Artículo 20) Los partidos del Campeonato Argentino
se jugarán a 16 puntos cada chico y al mejor de 3 chicos a excepción de
la Categoría 1º Caballeros que deberán jugarse los partidos a 20 tantos
cada chico y al mejor de tres chicos.
Si los representantes de cada Asociación fueran número par, el fiscalizador tendrá voz y voto en caso de empate. Artículo 21) La vestimenta que deberán usar los jugadores estará en un todo de acuerdo al art.9 del Reglamento de juego. Artículo 22) Los jugadores tendrán derecho a un descanso de 5 (cinco) minutos entre chico y chico, y de 30 (treinta) minutos entre partido y partido que le corresponda jugar. Artículo 23) En caso de que algún jugador sufra una lesión, se le darán por única vez en el partido, y como máximo, una recuperación de 10 (diez) minutos. Artículo 24) En los encuentros oficiales queda fijada la tolerancia máxima para la iniciación de los partidos de la siguiente manera, 15 (quince) para el primero, los demás se disputarán 5 (cinco) minutos de terminado el anterior. Artículo 25) El cronograma de partidos para cada Campeonato será cumplido estrictamente, y el equipo que no se presente en el tiempo fijado en el art. 22º perderá automáticamente el mismo, continuándose con el orden preestablecido. Artículo 26) Para la disputa del Campeonato Argentino, cada Asociación inscripta deberá presentar obligatoriamente los jueces que la Confederación le asigne, quienes serán los encargados de dirigir los partidos de acuerdo al sorteo efectuado. La Asociación organizadora deberá aportar el 50% de los jueces. La Asociación que no diera cumplimiento a esta obligación será pasible de sanciones que determine la Confederación. Los gastos de comidas y alojamiento de los jueces, con excepción de los pertenecientes a la Asociación Organizadora, serán afrontados por la C.A.T.P., quedando los gastos de traslado a cargo de loa Asociación que los provea. Artículo 27) La ruptura de relaciones entre Asociaciones no las exime del cumplimiento, en lo que respecta a la obligación que le fija el cronograma de partidos y el artículo 25. Artículo 28) Los originales del cronograma de partidos que se utilizaren en cada una de las categorías deberán entregarse al Fiscalizador del Torneo, una vez finalizado el mismo, a fin del contralor correspondiente y a su archivo en la Confederación. Artículo 29) Todo partido suspendido antes o después de su comienzo, será jugado inmediatamente después de haber desaparecido las causales que motivaron tal situación, continuándose con el cumplimiento del cronograma en el orden que hayan sido suspendidos, si son varios. Artículo 30) Si se probara que por culpa de uno de los equipos, ha tenido que suspenderse el partido, este se adjudicará al equipo contrario. Si ninguno de los equipos fuera culpable de la suspensión del partido, se jugará de acuerdo a lo señalado en el Artículo 29º. Artículo 31) Las Asociaciones podrán participar en cada una de las Etapas del Campeonato Argentino, con el número de representantes y categoría que deseen. Artículo 32) Obligaciones de las partes constitutivas del Campeonato Argentino: Confederación
Asociación Comisión Campeonatos:
Artículo 33) El monto total que surja del valor de
la inscripción para el Campeonato Argentino será cobrado y administrado
por Confederación, quien destinara: Artículo 34) El jugador que por edad haya ingresado a la categoría veterano queda habilitado para jugar en categoría tercera, segunda o primera. Aquel que ganara su Categoría, cualquiera sea ésta, ascenderá a la inmediata superior. Artículo 35) Los jugadores de Tercera y Segunda Categoría
que salgan primeros en las distintas modalidades de juego (single y/o
doble) en el Campeonato Argentino ascenderán inmediatamente a la
Categoría inmediata superior. Guía De Invitación Al Campeonato ArgentinoDeberá ser con 60 días de anticipación y especificar:
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