Alguna vez el Tenis Criollo...

por Miguel A. Barbaro

Así podría comenzar una historia en el siglo 21, allá en el tercer milenio. Algún día el Tenis Criollo, el mas Argentino de los deportes, será reconocido como ese deporte que nació en las islas del Paraná, creció en los barrios de la ciudad de Santa Fe, y que es fiel representativo de la creatividad popular de esa época, que lo caracteriza dentro del marco cultural de la sociedad de ese entonces.

Algún día este sano deporte se practicará en los espacios dedicados a la Educación Física en las escuelas primarias, allí donde en este momento, los Profesores de la materia enseñan las prácticas y reglas técnicas de otros deportes que provienen de países lejanos, donde en la mayoría de los casos los reglamentos, las medidas, o jugadas características se denominan en otros idiomas.

Algún día, en los Institutos del Profesorado de Educación Física, este deporte tan completo será incorporado como materia curricular, así como el Soft-bol o el Hand-bol, aunque para ello la materia tenga que llamarse solamente Tenis Criollo...

Algún día, en los torneos intercolegiales veremos competir a nuestros tenistas, y en las olimpíadas de los gremios, en los barrios, en los ínter clubes, y en los niveles provinciales y nacionales veremos nuevamente a nuestro deporte mas Argentino en su máximo nivel, entonando la Marcha del Deporte como en aquellas épocas en que marcaba la apertura de los campeonatos Argentinos, hoy ya casi desaparecidos...

Y en ese día, el periodismo deportivo comprenderá que cuando la cultura de un pueblo se expresa en un deporte, no necesita auspicios económicos para lograr espacios periodísticos, ya que por propia gravitación se logra la comunicación entre el periodista y su público, que es finalmente el soporte que necesita su profesión.

Tal vez para que todo este sueño se cumpla, haría falta que algún representante del pueblo, no importa de que fracción política fuera, ya que el deporte no es patrimonio de partido político alguno; o quienes asesoran al Poder Ejecutivo, presentaran de una forma parecida a la siguiente un PROYECTO DE INSTRUMENTO LEGAL:


VISTO,

el desarrollo, el crecimiento y el arraigo popular adquirido por el deporte denominado Tenis Criollo y,

CONSIDERANDO,

Que el mismo tiene su origen durante los años veinte, y su crecimiento ha sido permanente, lo cual demuestra su firme acepción por parte de toda la comunidad deportiva,

Que ha sido considerado deporte nacional junto con el Pato y durante varias décadas hasta el presente reconocido por la Confederación Argentina de Deportes,

Que su creación, como así también su reglamentación primigenia, pertenecen al patrimonio popular, no habiendo constancias que permitan identificar nombres ni fechas a quien adjudicar su origen, del que no caben dudas se produjo en la isla Aicardi ó Silgadero, aledaña a la ciudad de Santa Fe,

Que por sus condiciones técnicas y por análisis lógicos este deporte no es copia ni plagio de ningún otro deporte,

Que sus nobles características de juego permiten que sus cultores lo practiquen sin límites de edades, y que al no haber contacto físico en sus jugadores, pueda ser practicado por ambos sexos en forma separada o conjunta,

Que sus condiciones aeróbicas, sus movimientos competitivos, estimula el buen desarrollo físico y muscular del ser humano, siendo su acción positiva para la conformación física de quienes lo practican,

Que por sus características, no permite el juego brusco, por su tradicional amateurismo no solo fomenta las sanas prácticas deportivas, sinó también cumple una función muy importante en la sociedad en un momento en que la acosan los peligros de la drogadicción, incorporando una actividad que pocos deportes otorgan, ya que permite la participación familiar en forma masiva, cosa que muy pocos deportes logran,

Que su practica no implica costos significativos, lo cual permite el acceso de todos los niveles sociales, fundamentando aún mas el considerando anteriormente expuesto,

Que por cuanto integra indudablemente el patrimonio cultural de nuestra nación, situación que lo privilegia con respecto a otros deportes cuyos orígenes son lejanos, y se desconocen las motivaciones de su creación, pudiéndose en este caso exhibir una clara y pura trayectoria, que permite evaluar su positiva acción en bien de nuestra sociedad,

Que la práctica del Tenis Criollo se ha difundido por gran parte de nuestro país, llegándose a identificar desde otros ámbitos como su nombre lo indica y también como tenis Santafesino, en marcada alusión a su lugar de nacimiento,

Que es necesario difundirlo, protegerlo, y garantizar a nuestras generaciones futuras la práctica de este sano deporte, para lo cual es necesario ubicarlo en un plano de igualdad de trato con otros, en el seno de los programas del Profesorado de Educación Física, en el plano de las Direcciones de Deportes de la administración pública, y gestionar su reconocimiento en los demás ámbitos inherentes tanto nacionales como provinciales,

POR ELLO, LA HONORABLE LEGISLATURA PROMULGA:

Art. 1º) Declárase al Tenis Criollo, deporte de interés nacional, e integrante del patrimonio cultural de la República Argentina.

Art. 2º) Por medio del Ministerio de Educación, impleméntese su incorporación a los programas curriculares de los establecimientos educacionales, é institutos del Profesorado de Educación Física.

Art. 3º) Por medio de la Secretaría de Deportes, instruméntense las acciones necesarias para la incorporación del Tenis Criollo a las respectivas programaciones de actividades de sus organismos dependientes.

Art. 4º) Por medio de la Secretaría de Cultura impleméntense las acciones necesarias para la recopilación de antecedentes que permitan documentar los orígenes a fin de asegurar la documentación necesaria antes que el transcurso del tiempo lo impida.

Art. 5º) De forma.-

Miguel Angel Barbaro
Formosa, Abril de 2000

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