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Alguna
vez el Tenis Criollo...
por Miguel A. Barbaro
Así podría comenzar una historia en el siglo 21, allá
en el tercer milenio. Algún día el Tenis Criollo, el mas
Argentino de los deportes, será reconocido como ese deporte que
nació en las islas del Paraná, creció en los barrios
de la ciudad de Santa Fe, y que es fiel representativo de la creatividad
popular de esa época, que lo caracteriza dentro del marco cultural
de la sociedad de ese entonces.
Algún día este sano deporte se practicará en los
espacios dedicados a la Educación Física en las escuelas
primarias, allí donde en este momento, los Profesores de la materia
enseñan las prácticas y reglas técnicas de otros
deportes que provienen de países lejanos, donde en la mayoría
de los casos los reglamentos, las medidas, o jugadas características
se denominan en otros idiomas.
Algún día, en los Institutos del Profesorado de Educación
Física, este deporte tan completo será incorporado como
materia curricular, así como el Soft-bol o el Hand-bol, aunque
para ello la materia tenga que llamarse solamente Tenis Criollo...
Algún día, en los torneos intercolegiales veremos competir
a nuestros tenistas, y en las olimpíadas de los gremios, en los
barrios, en los ínter clubes, y en los niveles provinciales y nacionales
veremos nuevamente a nuestro deporte mas Argentino en su máximo
nivel, entonando la Marcha del Deporte como en aquellas épocas
en que marcaba la apertura de los campeonatos Argentinos, hoy ya casi
desaparecidos...
Y en ese día, el periodismo deportivo comprenderá que cuando
la cultura de un pueblo se expresa en un deporte, no necesita auspicios
económicos para lograr espacios periodísticos, ya que por
propia gravitación se logra la comunicación entre el periodista
y su público, que es finalmente el soporte que necesita su profesión.
Tal vez para que todo este sueño se cumpla, haría falta
que algún representante del pueblo, no importa de que fracción
política fuera, ya que el deporte no es patrimonio de partido político
alguno; o quienes asesoran al Poder Ejecutivo, presentaran de una forma
parecida a la siguiente un PROYECTO DE INSTRUMENTO LEGAL:
VISTO,
el desarrollo, el crecimiento y el arraigo popular adquirido por el
deporte denominado Tenis Criollo y,
CONSIDERANDO,
Que el mismo tiene su origen durante los años veinte, y su
crecimiento ha sido permanente, lo cual demuestra su firme acepción
por parte de toda la comunidad deportiva,
Que ha sido considerado deporte nacional junto con el Pato y durante
varias décadas hasta el presente reconocido por la Confederación
Argentina de Deportes,
Que su creación, como así también su reglamentación
primigenia, pertenecen al patrimonio popular, no habiendo constancias
que permitan identificar nombres ni fechas a quien adjudicar su origen,
del que no caben dudas se produjo en la isla Aicardi ó Silgadero,
aledaña a la ciudad de Santa Fe,
Que por sus condiciones técnicas y por análisis lógicos
este deporte no es copia ni plagio de ningún otro deporte,
Que sus nobles características de juego permiten que sus cultores
lo practiquen sin límites de edades, y que al no haber contacto
físico en sus jugadores, pueda ser practicado por ambos sexos
en forma separada o conjunta,
Que sus condiciones aeróbicas, sus movimientos competitivos,
estimula el buen desarrollo físico y muscular del ser humano,
siendo su acción positiva para la conformación física
de quienes lo practican,
Que por sus características, no permite el juego brusco, por
su tradicional amateurismo no solo fomenta las sanas prácticas
deportivas, sinó también cumple una función muy
importante en la sociedad en un momento en que la acosan los peligros
de la drogadicción, incorporando una actividad que pocos deportes
otorgan, ya que permite la participación familiar en forma masiva,
cosa que muy pocos deportes logran,
Que su practica no implica costos significativos, lo cual permite el
acceso de todos los niveles sociales, fundamentando aún mas el
considerando anteriormente expuesto,
Que por cuanto integra indudablemente el patrimonio cultural de nuestra
nación, situación que lo privilegia con respecto a otros
deportes cuyos orígenes son lejanos, y se desconocen las motivaciones
de su creación, pudiéndose en este caso exhibir una clara
y pura trayectoria, que permite evaluar su positiva acción en
bien de nuestra sociedad,
Que la práctica del Tenis Criollo se ha difundido por gran parte
de nuestro país, llegándose a identificar desde otros
ámbitos como su nombre lo indica y también como tenis
Santafesino, en marcada alusión a su lugar de nacimiento,
Que es necesario difundirlo, protegerlo, y garantizar a nuestras generaciones
futuras la práctica de este sano deporte, para lo cual es necesario
ubicarlo en un plano de igualdad de trato con otros, en el seno de los
programas del Profesorado de Educación Física, en el plano
de las Direcciones de Deportes de la administración pública,
y gestionar su reconocimiento en los demás ámbitos inherentes
tanto nacionales como provinciales,
POR ELLO, LA HONORABLE LEGISLATURA PROMULGA:
Art. 1º) Declárase al Tenis Criollo, deporte
de interés nacional, e integrante del patrimonio cultural de
la República Argentina.
Art. 2º) Por medio del Ministerio de Educación,
impleméntese su incorporación a los programas curriculares
de los establecimientos educacionales, é institutos del Profesorado
de Educación Física.
Art. 3º) Por medio de la Secretaría de
Deportes, instruméntense las acciones necesarias para la incorporación
del Tenis Criollo a las respectivas programaciones de actividades de
sus organismos dependientes.
Art. 4º) Por medio de la Secretaría de
Cultura impleméntense las acciones necesarias para la recopilación
de antecedentes que permitan documentar los orígenes a fin de
asegurar la documentación necesaria antes que el transcurso del
tiempo lo impida.
Art. 5º) De forma.-
Miguel Angel Barbaro
Formosa, Abril de 2000
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