Es muy común (excepto obras nuevas) encontrarse con una serie de irregularidades en el "Cuarto de Máquinas" como consecuencia que tanto Administradores como Consejos de Administración (salvo honrosas excepciones) no cumplen ni hacen cumplir los reglamentos.
Dicho recinto está destinado exclusivamente a máquinas, elementos e instalaciones bajo tensión y requiere ser controladas únicamente por la empresa encargada del servicio y eventualmente la presencia del Administrador o Presidente del Consejo de Administración y Encargado del edificio.
En esa sala está prohibido ubicar implementos, instalaciones o conductos ajenos al ascensor. No obstante y a pesar de encontrarse elementos eléctricos que a veces producen chispas, es el depósito de muebles y/o colchones, botellas, residuos y hasta jaulas con aves.
A ello se suma que el tablero de fuerza motriz es la tentación para el suministro de energía de cuanta instalación eléctrica se les ocurra instalar en el edificio como iluminación de la terraza, equipos para luz de emergencia y televisión por cable, etc., lo que trae aparejado que otras personas ajenas al ascensor tengan acceso a un lugar que les está vedado. El camino muchas veces resulta fácil porque la puerta de entrada del Cuarto de Máquinas no tiene la cerradura reglamentaria y a veces ni el picaporte, lo que hace que la seguridad quede completamente abolida. Si pensamos que hay gente que va a secar su ropa en la terraza, y son acompañados por sus niños/as, en un descuido pueden ocurrir accidentes graves.
Algunos requisitos útiles para la cabina de ascensores , iluminación, ventilación, letrero indicando la cantidad de personas y los kilogramos a transportar; doble circuito de iluminación, uno independiente del otro, funcionamiento del pulsador que accione un timbre de alarma colocado en el pasadizo y otro botón para parada de emergencia.
La ordenanza reglamenta sobre las puertas de cabina y exteriores. Las hay de distintos tipos. La más tradicional, la de "tijera", prohibida desde hace varios años . Por tal razón es aquí más necesario el uso de la pantalla de defensa en el coche o guardapiés pues su misión es justamente proteger el pie de las personas, especialmente el de los niños que por imprudencia o descuido atraviesan sus miembros inferiores por las puertas exteriores.
La separación entre puertas enfrentadas de cabina y exteriores no debe sobrepasar 0.15 y la separación de las solías no será mayor que 3 cm. La violación a esta norma ha dado origen a muchos accidentes fatales como consecuencia de imprudencia de jóvenes que han encontrado en ese reducto un lugar apropiado para jugar a las escondidas sin medir las consecuencias que al cerrar las puertas, el ascensor se pone en marcha al llamado de cualquier piso.
Paracaídas y limitador de velocidad: el paracaídas es de uso obligatorio en el coche o ascensor que sirve para detenerlo, actuando contra las guías en caso de descenso accidental acelerado. este mecanismo debe de ser controlado con frecuencia
El limitador de velocidad es el dispositivo encargado de accionar el paracaídas mediante un cable y por general se lo emplaza en el cuarto de máquinas.
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