
sobre esta Piedra construiré mi Iglesia y el infierno no prevalecerá sobre Ella
El cimiento de la Iglesia es el Papa. El es la piedra sobre cual la Iglesia esta construida. El Oficio del Papa asegura la unidad. La Iglesia fracasaría si no fuera por su cabeza, que es el centro de su unidad. La Iglesia sin el Papa seria como una nave sin piloto, se expondría al naufragio. Los enemigos de la Iglesia siempre han dirigido sus ataques contra la cabeza de la Iglesia, esperando que al eliminar este guía se destruya el resto.
Cristo confirió sobre San Pedro la primacía sobre los Apóstoles y sobre los fieles por el orden: “alimenta a mis ovejas, alimenta a mis ovejas” le dio las “llaves del Reino del Cielo”.
La afirmación de la autoridad Papal es extensiva y detallada, el Papa reclama casi un poder absoluto en el gobierno de la Iglesia.
El Papa Gregorio VII en su Dictatus Papae declaro:
6. Entre muchas otras cosas, no debemos quedarnos en la misma casa con los que han sido excomulgados por el Papa.
18. Que ninguna sentencia de el puede ser retractada por ninguno; y que solo el, solo el de todos, puede retractarla.
19. Que el no puede ser juzgado por nadie.
20. Que la Iglesia Romana nunca ah errado, ni errara en toda la eternidad, por el testimonio de la Escritura.
25. Que no debe considerarse Católico quien no esta en conformidad con la Iglesia Romana.
Según el Papa Inocente III:
El Papa es el punto de encuentro entre el hombre y Dios…quien puede juzgar todas las cosas y no puede ser juzgado por nadie.
El Papa Bonifacio VIII en su Bula dogmática Unam Sanctam:
Declaramos, y definimos que es absolutamente necesario para la salvación de todos que se sometan al Pontífice Romano.
El Concilio Ecuménico de Lyons II (1274):
La Santa y Romana Iglesia tiene poder supremo y plena supremacía y jurisdicción sobre la Iglesia Católica Universal, y reconoce en la verdad y en la humildad que ella recibió sus plenos poderes del mismo Señor en San Pedro, príncipe o cabeza de los Apóstoles, cual sucesor es el Pontífice Romano. Y que ella sobre todas las demás esta obligada a defender la verdad con su juicio.
El Concilio de Florencia:
Declaramos que la Santa Sede Apostólica y el Pontífice Romano tienen primacía sobre todo el mundo, y que este Pontífice Romano es el sucesor de San Pedro, Príncipe de los Apóstoles, y verdadero Vicario de Cristo, cabeza de toda la Iglesia y padre y maestro de todos los Cristianos; que a el en la persona de San Pedro nuestro Señor Jesús Cristo le entrego el pleno poder de alimentar y gobernar, y el gobierno de la Iglesia Universal.
Pero es en Pastor Aeternus de Vaticano I (1869-70) que encontramos la doctrina sobre el Papa más detallada y definitiva. Los siguientes cánones de Pastor Aeternus ilustran la importancia de la autoridad del oficio Papal en la Iglesia.
[Canon] Por lo tanto, si alguien dijere que el bienaventurado Apóstol Pedro no fue constituido por Cristo el Señor como príncipe de todos los Apóstoles y cabeza visible de toda la Iglesia militante; o que era éste sólo un primado de honor y no uno de verdadera y propia jurisdicción que recibió directa e inmediatamente de nuestro Señor Jesucristo mismo: sea anatema.
[Canon] Así, pues, si alguno dijere que el Romano Pontífice tiene tan sólo un oficio de supervisión o dirección, y no la plena y suprema potestad de jurisdicción sobre toda la Iglesia, y esto no sólo en materia de fe y costumbres, sino también en lo concerniente a la disciplina y gobierno de la Iglesia dispersa por todo el mundo; o que tiene sólo las principales partes, pero no toda la plenitud de esta suprema potestad; o que esta potestad suya no es ordinaria e inmediata tanto sobre todas y cada una de las Iglesias como sobre todos y cada uno de los pastores y fieles: sea anatema.
El Concilio también definió que la doctrina de infalibilidad era un dogma revelado divinamente. Pastor Aeternus también enseño que 1) la primacía de jurisdicción del Papa es suprema y plena, 2) universal, 3) ordinaria, 4) inmediata, y 5) verdaderamente Episcopal. El Concilio detallo extensivamente las prerrogativas del Papa.
1. El Papa tiene la suprema y plena jurisdicción. El termino jurisdicción se deriva de la tradición de ley canónica Romana, significa el poder publico de gobernar con la obligación subsiguiente de obediencia. El Papa no esta sujeto a ningún poder humano superior en la Iglesia porque a su autoridad no le falta nada. El Papado no es simplemente un oficio de inspección o de dirección, el poder del Papa no es solo una parte de supremo poder. Sino el Papa como el Vicario de Cristo y cabeza de la Iglesia disfruta la plenitud completa del poder supremo no solo en la fe sino también en la moral, y en la disciplina y gobierno de la Iglesia en todo el mundo. El Papa es el Juez Supremo de los fieles en la Iglesia, sus decisiones no son sujetas a ser revisadas por nadie, ni por un concilio ecuménico.
El Papa también tiene el poder supremo del magisterio. Por la asistencia del Espíritu Santo, el guarda y fielmente explica la revelación que ah sido dada por los Apóstoles. Como pastor y maestro de todos los cristianos el Papa posee la infalibilidad de la Iglesia cuando define doctrinas de fe o moral. Sus definiciones ex cathedra son irreformables.
2. El Papa tiene poder universal de jurisdicción. Todos los fieles, obispos, clero, religiosos, y laicos, son sujetos al Papa. Nadie es exento. El es la cabeza de la Iglesia Universal y su autoridad extiende a todas las Iglesias particulares, y a todos los ritos en comunión con el. No se limita a Roma ni a la Iglesia occidental sino abarca a todo el mundo.
3. El Papa tiene el poder ordinario de la jurisdicción. El término “ordinario” se usa en el sentido canónico y que significa el poder que no se le delega sino pertenece al Papa propiamente por virtud de su oficio. El ejercita este poder en su propio nombre y no en el nombre de otro.
4. El Papa tiene el poder inmediato. El puede ejercitar su autoridad directamente sin tener que pasar por ningún intermediario civil ni eclesial. El concilio afirmo el derecho del Papa a comunicarse libremente con todos los fieles. El Papa no tiene que pasar el obispo local, si desea llevar acabo ciertas funciones Espicopales en su diócesis.
5. El Papa tiene verdadero poder Episcopal. El Papa tiene la misma autoridad pastoral de enseñar, santificar, y gobernar en toda la Iglesia así como el obispo la tiene en su propia diócesis. La autoridad Episcopal tiene su fuente en el sacramento de consagración Episcopal. La autoridad Episcopal en el Papa es suprema e independiente; en los obispos es inmediata y ordinaria pero dependiente.
La mayoría de los Padres del Vaticano I se resistieron a que se impusiera cualquier limitación sobre el Papa en los textos del concilio. Nada debe disminuir la enseñanza de que el Papa tiene el poder supremo.
Remontándonos al Concilio Vaticano II (1962-65) reafirmo la enseñanza de Vaticano I sobre la institución, la perpetuidad, y la naturaleza de la primacía Papal y su autoridad magisterial infalible (Lumen Gentium, Art. 18).
LA AUTORIDAD PAPAL EN LOS CÁNONES
El código de ley canónica de 1983 es el principal documento legislativo de la Iglesia. El Santo Padre Juan Pablo II cuando promulgo el código declaro que su acto era “una expresión de autoridad pontifica y por esto estaba investida con un carácter primacial.”
Esto es lo que dice el Código sobre la Autoridad Papal:
Se deben tomar estas normas en cuenta: 1. Nada importante y fuera de lo ordinario debe hacerse al menos que se le haga saber primero al Pontífice Supremo por la cabeza de la congregación o departamento. 2. todas las decisiones requieren aprobación Pontifica con la excepción de aquellas cuales facultades especiales han sido dadas por el Papa y las decisiones de la Rota y la Signatura Apostólica.
GOBERNADOR Y MAESTRO
El código declara que el obispo de de la Iglesia de Roma es la cabeza del colegio de obispos, vicario de Cristo, pastor de la Iglesia Universal, tiene poder supremo, pleno y inmediato, y poder ordinario universal en la Iglesia, cual puede ejercitar libremente.
Como Pastor supremo tiene el derecho de determinar, según las necesidades de la Iglesia, el modo en que ejercitara su poder, ya sea personalmente o colegialmente.
El Papa determina cuando y como ejercitar su autoridad primacial.
No se le pude forzar a actuar, y cualquier uso del poder eclesial que resulta por la fuerza o temor es nulo.
Ni se le puede prohibir el actuar legítimamente. Ninguna autoridad humana puede legítimamente impedir la acción Papal, cualquier intento de hacerlo representa un crimen.
Todos los fieles están obligados a observar las constituciones y decretos promulgados por la Iglesia, especialmente aquellos que vienen del Papa o del colegio de Obispos.
EL PAPA COMO JUEZ
El Papa ejercita una función judicial. El Papa es el juez supremo de todo el mundo Católico. Juzga los casos personalmente o por los tribunales ordinarios de la Sede Apostólica o por los jueces delegados por el mismo. Por la primacía del papa, cualquiera de los fieles es libre de llevar un caso penal o contencioso ante la Santa Sede en cualquier grado de juicio o litigación.
El canon 1404 repite la antigua máxima canónica:
La Primera Sede no puede ser juzgada por nadie.
Ninguna apelación o recurso se permite contra cualquier decisión o decreto del Papa. Ninguna apelación es posible contra una sentencia del Papa o de la Signatura Apostólica. Los decretos del Papa no son sujetos al recurso administrativo.
Solo el Papa tiene el derecho a juzgar cabezas de estado, cardinales, legados de la Sede Apostólica, obispos en casos penales, y otros casos que el Papa a reservado para el mismo. En estos casos la incompetencia de otros jueces es absoluta.
Un juez no puede revisar un acto o instrumento explícitamente confirmado por el Papa sin anterior mandato.
La Sede Apostólica tiene poderes judiciales. Ciertos crímenes que incurren la excomulgacion automática son reservados a la Sede Apostólica.
Es claro que la tradición, los dos concilios Vaticanos, y el código de Ley Canónica no dejan ninguna duda sobre la autoridad Papal. Algunos enemigos de la Iglesia últimamente han estado atacando la autoridad Papal, queriendo imponerle limites que no existen. No existe ningún artículo o procedimientos para juzgar a un Papa Católico. El Salvador nos prometió que la Iglesia Católica nunca seria destruida, y la primacía y autoridad Papal esta ligada fuertemente a esta promesa del Salvador, el contradecir a esta promesa es dejar de ser Católico.
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