Asociación Nacional de Inocentes Liberados

DENOMINACIÓN, DURACIÓN Y DOMICILIO DE LA ASOCIACIÓN

ARTÍCULO PRIMERO.- DENOMINACIÓN DE LA ASOCIACIÓN: La Asociación tendrá como denominación Asociación Nacional de Inocentes Liberados, agrupando a todos los que fuimos encarcelados acusados injustamente del delito de terrorismo y traición a la patria.

ARTÍCULO SEGUNDO.- PLAZO DE DURACIÓN: El plazo de duración de la asociación es indeterminado e iniciará sus actividades a partir de su inscripción en los registros públicos.

ARTÍCULO TERCERO.- DOMICILIO DE LA ASOCIACIÓN: La Asociación tendrá como domicilio la ciudad de Lima, estableciendo y pudiendo establecer oficinas filiales en cualquier lugar del país.

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ESTATUTO DE LA ASOCIACIÓN - TITULO PRIMERO

Presentación

Reseña histórica

Marco legal

Estatuto

Testimonios

Agradecimientos

Enlaces de interés

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Actividades

Trabajo en la CEAII

Inicio de demanda por la indemnización

Legislación

Ley 26655. Creación de Comisión Ad-hoc.

Ley 27234.

Pacto Internacional de derechos civiles y Políticos

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Logros de ANIL

Fallo del Tribunal Constitucional

Acto de Desagravio por el Presidente Toledo

Creación de la Comisión Especial de Asistencia a los Indultados Inocentes (CEAII)


Propuesta

Mesa de trabajo:

Cambio de deuda externa por derechos humanos


ANIL en la Prensa

Interinstitucionales

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