SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA CONSTRUCCION
C.T.M.


Dias de Descanso Obligatorio
con goce de sueldo.

  • 1� de Enero,

  • el primer lunes de Febrero en conmemoraci�n del 5 de Febrero,

  • el tercer lunes de Marzo en conmemoraci�n del 21 de Marzo,

  • 1� de Mayo,

  • 16 de Septiembre,

  • el tercer lunes de Noviembre en conmemoraci�n del 20 de Noviembre,

  • 1� de Diciembre de cada 6 a�os, correspondiente
    a la transmisi�n del Poder Ejecutivo,


  • 25 de Diciembre,

  • el d�a de elecciones ordinarias y extraordinarias,

  • M�s los d�as que se hayan ganado por conquista Sindical, en revisiones contractuales. (Art. 399 L.F.T.)



Esto es con base al Art�culo 74 de la Ley Federal del Trabajo.

Cualquier duda que tengas, contactanos, y con gusto te asesoramos.



M�xico, D. F.

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