Categorías Migratorias
C l a s i f i c a c i ó n
 
  No residente (corta estancia hasta 9 meses).
Escoja una y haga CLICK
 
  Residente temporal (renueva hasta 6 años).  
  Residente permanente (revisión cada 2 años).  
  • Extranjeros bajo la protección de la República de Panamá.  
   
CAMBIO DE CATEGORÍA MIGRATORIA
  Esta solicitud debe hacerse a través de abogado 10 días hábiles antes del vencimiento de su estadía como turista, con esta solicitud se presentará copia simple de los documentos que sirvan como prueba para sustentar su petición, de aprobarse su solicitud debe adelantar el pago de $250.ºº y consignar un depósito de garantía por $500.ºº, ambos a favor del Servicio Nacional de Migración (SNM). Debe presentar toda la documentación en tiempo oportuno se le devolverá él depósito de garantía, en caso contrario no serán devueltos, y el extranjero deberá abandonar el país de forma inmediata.
   
Los extranjeros no residentes
  Podrán realizar este cambio, salvo aquellos que su autorización de visa no lo permita.
*
Los extranjeros que ingresen al país bajo la categoría de turista deben solicitar el cambio de categoría migratoria dentro del tiempo de su estadía como turista o dentro de la extensión de cambio de categoría.
 
*
Los extranjeros que hayan cumplido el término máximo establecido en el Decreto para los permisos de residente temporal podrán optar por solicitar permiso de residente permanente cuando se permita, aportando la documentación que se le exige para la prórroga de residente temporal, esto no se aplicará a aquellos que tengan permiso de residente temporal bajo las siguientes categorías humanitarias de educación y por leyes especiales.
   
  Extensión para pasajeros o Tripulantes en Tránsito
  Se podrá otorgar una extensión de 72 horas en cuyo caso entregará una tarjeta de pasajero de tránsito, dicha tarjeta deberá ser solicitada por la empresa de transporte bajo su responsabilidad a un costo de $5.ºº.
   
  VISA DE TRABAJADORES DE ESPECTÁCULOS
 

Podrá ser solicitada por la empresa que contrate a un extranjero para laborar en actividades de espectáculos por un término de 9 meses no prorrogables, siempre que la empresa llene los requisitos y responsabilidades que exijan las autoridades migratorias. El SNM creará un registro de empresas dedicadas a estas actividades.

REGISTRO DE EMPRESA en el SNM:

  R e q u i s i t o s:
 
1.
Copia completa del pasaporte cotejada por notario o acompañada de la certificación de la representación diplomática acreditada en el país.
2.
Certificado de antecedentes penales del país de origen, en aquellos países donde no se expide certificación de un agente diplomático o consular de su país donde conste la inexistencia de dicho certificado.
3.
Declaración del interesado, jurada ante notario, donde indique que no posee antecedentes penales.
4.
Certificado de salud.
5.
Solicitud.
6.
Certificado del Registro Público.
7.
Copia del aviso de operaciones.
8.
Copia de un (1) pago de servicios públicos.
9.
Certificación bancaria.
10.
Última declaración de rentas con su paz y salvo.
11.
Paz y salvo municipal.
12.
Copia de la planilla 03 economía y finanzas.
13.
Paz y salvo de la CSS.
   
 
Requisitos para solicitar esta visa (excepto el depósito de repatriación.)
 
1.
Copia completa del pasaporte cotejada por notario o acompañada de la certificación de la representación diplomática acreditada en el país.
2.
Certificado de antecedentes penales del país de origen, en aquellos países donde no se expide certificación de un agente diplomático o consular de su país donde conste la inexistencia de dicho certificado.
3.
Declaración del interesado, jurada ante notario, donde indique que no posee antecedentes penales.
4.
Certificado de salud.
5.
Pago de $250.ºº a favor del Tesoro Nacional en concepto de derechos por la solicitud de una categoría migratoria.
6.
Pago de $800.ºº a favor del SNM. en concepto de depósito de repatriación.
7.
Formulario de declaración jurada de antecedentes personales.
8.
Solicitud.
9.
Tres fotos.
10.
Documento de identidad o permiso de residencia del país de origen.
11.
Comprobante de afiliación a CSS.
12.
Depósito de garantía a cuenta de la empresa contratante a favor de SNM por la suma de $1000.ºº
13.
Permiso de trabajo.
14.
Copia del tiquete electrónico de regreso pagado.
15.
Comprobante de reserva de hotel o lugar de alojamiento.
16.
Paz y salvo nacional de la empresa solicitante.
17.
Paz y salvo de la CSS de la empresa solicitante.
18.
Carta de responsabilidad de la empresa.
19. Comprobante del Impuesto Sobre la Renta correspondiente al valor del contrato de trabajo.
20. Declaración jurada del extranjero ante notario.
   
  VISA DE TRANSEÚNTES O TRABAJADORES EVENTUALES
  Podrá solicitarla la empresa que contrate a un extranjero para trabajar por una sola vez y de manera temporal ingrese al territorio para realizar trabajo técnico del campo cultural, artístico, musical deportivo, profesional, educativo, científico por obra determinada por un término máximo de tres meses no prorrogables, aplicables a las estadías inferiores a 15 días.
   
  R e q u i s i t o s:
 
1.
Copia completa del pasaporte cotejada por notario o acompañada de la certificación de la representación diplomática acreditada en el país.
2.
Certificado de antecedentes penales del país de origen, en aquellos países donde no se expide certificación de un agente diplomático o consular de su país donde conste la inexistencia de dicho certificado.
3.
Declaración del interesado, jurada ante notario, donde indique que no posee antecedentes penales.
4.
Certificado de salud.
5.
Solicitud.
6.
Tres fotos.
7.
Copia del documento de identidad o permiso de residencia de su país de origen.
8.
Depósito de garantía $250.ºº a favor del SNM., en el caso de un grupo que supere los 10, el depósito será de $2,500.ºº
9.
Pago de $100.ºº a favor del SNM (Servicios Migratorios).
10.
Permiso de trabajo.
11.
Copia del tiquete electrónico de regreso pagado.
12.
Comprobante de hotel o lugar de alojamiento.
13.
Paz y salvo nacional de la empresa solicitante.
14.
Paz y salvo de la CSS de la empresa solicitante.
15.
Carta de responsabilidad de la empresa.
16.
Haber cancelado el Impuesto Sobre la Renta correspondiente al valor del contrato de trabajo.
   
  VISA DE TRABAJADORES DOMÉSTICOS
  Podrá solicitar esta visa el nacional, residente temporal o permanente que contrate a un extranjero para laborar como trabajador de servicio doméstico por un término de un año prorrogable. Se deberá notificar al SNM en caso de terminación del empleo lo que dará la cancelación de dicha visa.
   
  R e q u i s i t o s:
 
1.
Copia completa del pasaporte cotejada por notario o acompañada de la certificación de la representación diplomática acreditada en el país.
2.
Certificado de antecedentes penales del país de origen, en aquellos países donde no se expide certificación de un agente diplomático o consular de su país donde conste la inexistencia de dicho certificado.
3.
Declaración del interesado, jurada ante notario, donde indique que no posee antecedentes penales.
4.
Certificado de salud.
5.
Se exceptúa los $250.ºº a favor del Tesoro Nacional y $800.ºº a favor del SNM.
6.
Poder y solicitud.
7.
Tres fotos.
8.
Copia del documento de identidad o permiso de residencia de su país de origen.
9.
Depósito de garantía a cuenta del empleador a favor del SNM. por la suma de $500.ºº por extranjero.
10.
Pago $250.ºº a favor del SNM.
11.
Copia del tiquete electrónico de regreso pagado.
12.
Comprobante de recibo de servicios públicos donde conste la ubicación del domicilio.
13.
Paz y salvo nacional de rentas del empleador y del extranjero.
14.
Comprobante de afiliación a la CSS y copia de su carnet, en caso de PRÓRROGA la última ficha.
15.
Carta de responsabilidad del empleador.
16.
Contrato de trabajo.
   
  VISA DE CORTA ESTANCIA
  Podrá solicitar esta visa el extranjero que ingrese al territorio nacional sin ánimo de establecer su residencia en el país exceptuando los art. 28 No.4 y art. 17 del reglamento, el término no podrá ser mayor a 9 meses y no se podrá prorrogar luego de vencido el tiempo.
   
  VISA DE CORTA ESTANCIA POR NEGOCIOS
  Podrá solicitar esta visa el extranjero que antes de ingresar al país presente la finalidad de establecer filiales extranjeras en Panamá, presente a través de autoridades migratorias en el exterior los siguientes documentos:
   
  R e q u i s i t o s:
 
1.
Copia completa del pasaporte cotejada por notario o acompañada de la certificación de la representación diplomática acreditada en el país.
2.
Certificado de antecedentes penales del país de origen, en aquellos países donde no se expide certificación de un agente diplomático o consular de su país donde conste la inexistencia de dicho certificado.
3.
Declaración del interesado, jurada ante notario, donde indique que no posee antecedentes penales.
4.
Certificado de salud.
5.
Solicitud.
6.
Pago de gastos $100.ºº a favor del SNM.
7.
Pago del depósito de garantía por $500.ºº a favor del SNM.
8.
Prueba de solvencia del solicitante con un mínimo de 4 cifras altas.
9.
Documentación que acredite la finalidad del viaje y las condiciones de estancia por negocios:
a.
Certificación de la existencia de la empresa extranjera, carta de responsabilidad detallando el cargo y funciones del solicitante.
b.
Carta del representante legal de la filial extranjera.
   
  VISA DE CORTA ESTANCIA PARA VISITAR FAMILIARES
  Podrá solicitar esta visa el extranjero que ingrese al país con la intención de visitar a su cónyuge, pariente consanguíneo en línea recta, ascendente o descendente, parientes en línea colateral hasta el 2º grado de consaguinidad que comprueben ser nacionales o residentes temporales o permanentes. El extranjero deberá justificar el término que requiere, el cual no podrá ser mayor de 9 meses y la misma es improrrogable, luego de vencido dicho término.
  R e q u i s i t o s:
 
1.
Copia completa del pasaporte cotejada por notario o acompañada de la certificación de la representación diplomática acreditada en el país.
2.
Certificado de antecedentes penales del país de origen, en aquellos países donde no se expide certificación de un agente diplomático o consular de su país donde conste la inexistencia de dicho certificado.
3.
Certificado de salud.
4.
Certificado de parentesco.
5.
Pago por servicios migratorios por la suma de $100.ºº a favor del SNM.
6.
Depósito de garantía por la suma de $500.ºº a favor del SNM.
   
  VISA DE CORTA ESTANCIA DE INVESTIGADORES Y CIENTÍFICOS
  Podrá solicitar esta visa aquel extranjero que ingrese al territorio de Panamá a realizar sin ánimo de lucro las siguientes actividades como:

Misiones culturales, educativas, de salud, científicas, de investigación, y pasantías, las mismas deben ser otorgadas a razón de convenios celebrados con el Estado o entre embajadas, personas jurídicas extranjeras y empresas o instituciones educativas, gubernamentales u organizaciones reconocidas por las leyes panameñas.

   
  R e q u i s i t o s:
 
1.
Copia completa del pasaporte cotejada por notario o acompañada de la certificación de la representación diplomática acreditada en el país.
2.
Certificado de antecedentes penales del país de origen, en aquellos países donde no se expide certificación de un agente diplomático o consular de su país donde conste la inexistencia de dicho certificado.
3.
Declaración del interesado, jurada ante notario, donde donde indique que no posee antecedentes penales.
4.
Certificado de salud.
5.
Formulario de Declaración jurada de antecedentes personales.
6.
Carta de la institución educativa o Gubernamental, organización no gubernamental con sede en Panamá, en la que certifique la actividad que desarrollará en extranjero durante el tiempo de estadía.
7.
En caso de que la institución se haga cargo de los gastos de estadía debe aportar el compromiso por escrito, de contar con una beca aportar la certificación de la entidad.
8.
En caso de ser asociaciones u organizaciones no gubernamentales, deberán estar inscritas en el Ministerio de Gobierno y Justicia.
9.
Pago de gastos a favor del SNM por $100.ºº.
   
  VISA DE CORTA ESTANCIA POR TRATAMIENTO MÉDICO
  Podrá solicitar esta visa el extranjero que compruebe que será sometido a un tratamiento médico en hospitales y clínicas públicas o privadas que no exceda los 9 meses.
   
  R e q u i s i t o s:
 
1.
Copia completa del pasaporte cotejada por notario o acompañada de la certificación de la representación diplomática acreditada en el país.
2.
Certificado de antecedentes penales del país de origen, en aquellos países donde no se expide certificación de un agente diplomático o consular de su país donde conste la inexistencia de dicho certificado.
3.
Certificación médica del país de procedencia, donde se acredite la enfermedad, la misma debe estar firmada, con el sello, nombre y código de registro médico que la expide.
4.
Carta de hospital o clínica en Panamá en el cual se confirme que el solicitante se encuentra hospitalizado o recibiendo tratamiento ambulatorio, el nombre del médico que lo atiende, dolencia que sé está tratando y duración del tratamiento con su costo aproximado.
5.
Prueba de la solvencia económica del solicitante, de un familiar residente, o tutor designado o acompañante.
6.
Pago de gastos por servicios migratorios por la suma de $100.ºº a favor del SNM.
   
  VISA DE CORTA ESTANCIA EN CALIDAD DE COMERCIANTES E INVERSIONISTAS POR LEYES ESPECIALES
  Podrá solicitar este permiso el extranjero que ingrese al territorio nacional para analizar posibilidades de inversión o efectuar transacciones en zona procesadoras para la exportación, Call Center, áreas designadas para el desarrollo de la industria cinematográfica y audiovisual por el término establecido y las condiciones en la Ley 25 de 1992. El extranjero deberá justificar el término que requiere, el cual no podrá ser mayor de 9 meses y la misma es improrrogable, luego de vencido dicho término.
   
  R e q u i s i t o s:
 
1.
Referencias bancarias expedidas por un banco reconocido internacionalmente o prueba de solvencia económica no inferior a los $1,000.ºº de ingresos mensuales.
2.
Boleto de regreso a su país de origen válido por un año.
   
  VISA DE CORTA ESTANCIA PARA ASISTENCIA HUMANITARIA INTERNACIONAL
  La podrán solicitar aquellas personas que vienen en representación de organismos gubernamentales o no gubernamentales debidamente acreditados que vienen a ayudar a víctimas o afectados de desastres naturales y otras situaciones de emergencias que presenten un riesgo a la población en general.
   
  R e q u i s i t o:
 
1.
Carta del Ministerio de Relaciones Exteriores que certifique la asistencia humanitaria, el tipo de ayuda, y el tiempo a realizarla por el organismo internacional.
   
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