Registro de Marca
Conforme a las disposiciones legales vigentes, con el registro de marca se tiene por objeto proteger la invención, nombres y expresiones, modelos de utilidad, secretos industriales y comerciales, marcas de productos y servicios entre otros.

Para obtener el registro de una marca, se elevará una solicitud a la Dirección General del Registro de la Propiedad Industrial (DIGERPI), por intermedio de abogado, que exprese lo siguiente:

1. Nombre, nacionalidad, domicilio preciso y número de cédula o documento de identidad personal, del solicitante y del abogado.

2. Si se trata de una persona jurídica, su razón social, lugar de constitución y domicilio preciso, (además se requiere de la certificación del Registro Público, la declaración jurada, el poder y los pagos respectivos, a cada solicitud se le deben adherir $4.ºº en timbres, aunque detrás de la solicitud se puede escribir el poder y serían sólo $4.ºº en timbres en esa hoja.)

3. Denominación y/o diseño de la marca, tal como será usada en el mercado;

4. Especificación de los productos o servicios en los cuales la marca es o será usada.

La solicitud tratada en los puntos anteriores, se acompañará de los siguientes documentos:

a) Poder a un abogado.
b) Declaración jurada respecto al uso de la marca.
c) Seis (6) etiquetas de la marca, o su representación por medio de dibujo, una de las cuales deberá adherirse en la solicitud.
d) Comprobante de haber pagado los derechos de registro, inscripción y publicación, entre otros.
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