REGLAMENTO DE LOS LABORATORIOS DE INFORMÁTICA

Normas establecidas para hacer un mejor uso de los servicios de computación

¿Qué son los Laboratorios de Informática?
Acceso a los laboratorios
Material de préstamo
Sanciones

¿QUÉ SON LOS LABORATORIOS DE INFORMÁTICA?

Se consideran laboratorios de informática o salas de computación todos aquellos equipos de computación que la Universidad posee, como soporte a las áreas académicas de formación universitaria, formación avanzada y educación continua.

Los laboratorios están organizados en salas especiales y atendidos permanentemente por un grupo de auxiliares adscritos al área de operación y control del Centro de Informática.

Entre los Laboratorios de Informática figuran:

  • Laboratorio de Computación Gráfica
  • Laboratorio Acer
  • Laboratorio DTK
  • Laboratorio Compaq
  • Laboratorio Control Computarizado
  • Laboratorio Estaciones de Trabajo
  • Laboratorio Conexiones
  • Laboratorio Multimedia
  • Laboratorio MBI
  • Laboratorio Microsoft
  • Laboratorio Idiomas I
  • Laboratorio Idiomas II
  • Laboratorio Banco de Proyectos

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1.  ACCESO A LOS LABORATORIOS

1.1. Normas para hacer uso de los laboratorios

  1. Las practicas a desarrollar en los laboratorios deben estar exclusivamente relacionadas con los cursos, proyectos e investigaciones de la Universidad. Actividades diferentes no son permitidas y dan lugar a las sanciones disciplinarias consignadas en los reglamentos estudiantiles de formación Universitaria, formación avanzada en el reglamento interno de trabajo.
  2. Para poder utilizar los servicios de los laboratorios, el usuario debe disponer del documento de identidad que lo acredite como profesor, empleado, estudiante activo o persona autorizada.
    Este documento se debe entregar en las oficinas de control de los laboratorios, a cambio de él se recibe una escarapela y el material de trabajo necesario para utilizar el laboratorio.
  3. La escarapela es requisito indispensable para poder ingresar a los laboratorios y debe ser portada en un lugar visible, mientras se permanezca en ellos. No es transferible.
  4. A los laboratorios sólo ingresa el poseedor del turno y debe trabajar en el número de equipo que se le asigne según la planilla de reservaciones.
    Si el trabajo es en grupo se permitirá un máximo de 2 personas por equipo y ambos deben portar la escarapela propia del laboratorio en que se esté desarrollando la práctica.
  5. El acceso a los laboratorios se controla siguiendo el esquema de asignación de turnos consignado en las planillas de reservaciones que se expone en el numeral 1.2.
    Estas planillas se colocan visiblemente en las oficinas de control de los laboratorios. Usuario que no se presente en los primeros 15 minutos del turno pierde el derecho a él.
  6. El estudiante dispone de los primeros 5 minutos de turno para informar cualquier anomalía en los equipos, manuales o diskettes recibidos. Luego de este lapso los daños que se presenten corren bajo la responsabilidad del usuario en cuestión.
  7. En los laboratorios está terminantemente prohibido fumar e ingerir alimentos y bebidas.
  8. Los computadores o terminales que eventualmente quedan disponibles debido a usuarios que no se presentan en los primeros 15 minutos del turno o se retiran antes de terminar el mismo, se utilizan en nuevos turnos no mayores de 1 (una) hora. Estos turnos son asignados y controlados por el auxiliar del laboratorio respectivo.
  9. Cuando una sesión de práctica se desarrolla bajo la orientación de un profesor que previamente reservó todo el laboratorio, la ocupación mínima del salón debe ser del 80% 16 equipos de una sala de 20 . Si es menor y la demanda del servicio es alta, los equipos desocupados podrán ser asignados por el auxiliar del laboratorio correspondiente a otros usuarios que los soliciten en ese momento. Los usuarios que ingresen a los laboratorios en estas circunstancias deben colaborar al máximo con la eliminación de ruidos; por lo tanto no pueden hacer uso de las impresoras y deben ser usuarios individuales. Se excluye de esta norma los cursos de extensión.
  10. Por ninguna causa se permitirá que los usuarios destapen o traten de reparar los equipos de computación. La instalación de tarjetas y otros elementos en los equipos, así como la reparación de anomalías sólo pueden ser llevadas a cabo por los auxiliares de las salas o el personal de mantenimiento del Centro de Informática.

 

1.2 Reservación de turnos

  1. Las reservas de turnos en los laboratorios de informática se darán a partir del día viernes de cada semana, para la semana siguiente.

  2. La reserva debe hacerse en forma personal y se asignará un máximo de 2 (dos) horas diarias por usuario.

  3. Los estudiantes que estén desarrollando proyecto de grado pueden hacer sus reservaciones la tarde anterior a la asignación normal de turnos, mediante solicitud escrita, dirigida al coordinador de la sección de operación y control del Centro de Informática y con el respectivo visto bueno de quien coordina los proyectos de grado en la carrera correspondiente. Su tiempo de reservación de equipos no podrá ser mayor a 20 horas a la semana por grupo de trabajo.

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2. MATERIAL DE PRÉSTAMO

  1. Se considera de préstamo aquellos implementos o manuales que en un momento dado pueden requerir los usuarios de los laboratorios para su correcta utilización

  2. El préstamo del material se hace en forma personal, previa identificación del usuario.

  3. Quien realiza el préstamo se hace responsable del material que recibe hasta la fecha de devolución. El préstamo es personal e intransferible.

    Los manuales son de reserva y sólo se facilitan para consulta durante el día dentro del área de laboratorios. El préstamo está restringido al siguiente horario:

    * Durante un día hábil hasta un máximo de 2 horas dentro de las instalaciones.

    * De lunes a viernes entre las 5:00 p.m. y las 9:00 a.m. del día siguiente de servicio de los laboratorios.

  4. Los diskettes se prestan sólo durante el turno de trabajo y para ser utilizados únicamente en el respectivo laboratorio, la no devolución al termino del mismo seria motivo de sanción.


  5. Sobre los diskettes prestados, el estudiante no puede efectuar actividades diferentes a la lectura o cargue a memoria principal del software que contienen. Queda terminantemente prohibida la reproducción de diskettes pertenecientes a los Laboratorios de Informática. El desacato a esta norma da lugar a sanciones previstas en el numeral 3.1.2.

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3. SANCIONES

3.1 Tipos de sanciones

  1. Si un usuario no devuelve un disquete, manual, o material de los Laboratorios, debe reponerlo con las mismas características. Si fuese imposible conseguirlo, tiene que pagar el doble del valor comercial actual. En casos especiales, y cuando se trata de manuales, el centro de informática puede aceptar fotocopia empastada del original.
    Cuando el equipo se deteriore por mal uso comprobado, como el caso del daño del drive por uso de un diskette deteriorado, el usuario deberá pagar su reparación.

  2. Quien sea sorprendido mutilando algún material, reproduciendo diskettes en los laboratorios, o realizando una práctica no autorizada, entiéndase por esto un trabajo que no corresponde a una materia, proyecto o investigación autorizada por la universidad, se le retiene el material y automáticamente será suspendido todo servicio de computación. Además se enviará un informe al consejo académico para que tome las medidas disciplinarias contempladas en el reglamento estudiantil.

  3. Quien se encuentre en un laboratorio sin escarapela o sin portarla en un lugar visible será retirado de la sala y perderá su reserva.

  4. Quien preste la escarapela para que otra persona haga uso de turnos no reservados se le suspenderá el servicio de computación durante una semana. En caso de reincidencia queda sometido a las sanciones establecidas en el reglamento estudiantil.

  5. Quien se atrase en la devolución de material de trabajo bibliográfico, software, u otra herramienta, queda sometido a las normas establecidas en el reglamento de biblioteca numeral 9.

  6. El no estar a paz y salvo con los Laboratorios de Informática es causa suficiente para la suspensión de la matrícula y el grado.

3.2 responsables de la aplicación de sanciones

  1. Para los casos previstos de los numerales3.1.1, 3.1.3 y 3.1.4 el coordinador de la sección de operación y control del Centro de Informática.

  2. Para los casos previstos en los numerales 4.1.2 y 4.1.5 el consejo académico.

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