Boletín Técnico Nº 53 del Colegio de Contadores

 

COMPLEMENTO DEL BOLETÍN TÉCNICO Nº 50,

ESTADO DE FLUJO DE EFECTIVO

 

 INTRODUCCIÓN

1. El Boletín Técnico Nº 50 Estado de Flujo de Efectivo establece el estado flujo de efectivo como estado financiero básico, en reemplazo del estado de cambios en la posición financiera.

2. La aprobación del Boletín Técnico indica que es "obligatoria la aplicación de las normas establecidas en este Boletín a los estados financieros de ejercicios que se inician a contar del 1º de enero de 1996, sin perjuicio de recomendar su aplicación anticipada".

 

OPINIÓN

3. Para el primer año de la aplicación de este Boletín, se recomienda que cuando se presentan estados financieros comparativos, se sustituya el estado de cambios en la posición financiera del año anterior por el estado de flujo de efectivo. Sea o no sustituido el mencionado estado, el cambio contable deberá ser revelado en una nota a los estados financieros del año en que se presente por primera vez el estado de flujo de efectivo.

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