Instituciones políticas y gestión
de gobierno. Brasil en perspectiva comparada.
[borrador; se ruega no citar sin
permiso del autor]
[nota: el presente texto incluye
solamente el punto I del trabajo que se explica en la introducción]
Vicente
Palermo
Introducción
El análisis del funcionamiento de
las instituciones políticas brasileñas está atravesado por un complejo -e
inmenso- debate interpretativo. Hay numerosos estudios excelentes, y sin
embargo prácticamente polares en la forma en que interpretan los procesos de
formulación e implementación de políticas en la democracia brasileña
contemporánea.
La contribución a ese debate que
aspiro a realizar aquí es, primero, dar cuenta de los términos del debate
institucional y, en lo posible, señalar sus limitaciones y, segundo, poner a
prueba las diferentes interpretaciones sobre la base de dos aproximaciones
diferentes:
la primera de ellas, un análisis
de la gestión política de estabilización y reforma económicas durante el primer
gobierno de Fernando Henrique Cardoso (aunque con algunas entradas a gestiones
anteriores y a la segunda gestión de Cardoso, actualmente en curso).
la segunda, un abordaje
comparativo con el caso argentino en los 80 y 90, que me propongo llevar a cabo
a lo largo de dos dimensiones: el debate institucional correspondiente al
funcionamiento de las instituciones democráticas argentinas, y las gestiones de
estabilización y reforma económica de los 90.
I. Los términos del debate
institucional
El debate puede esquematizarse
distinguiendo cuatro posiciones básicas, en una tipología que resulta de
combinar dos variables: el grado de concentración del poder decisorio y la
capacidad efectiva de tomar decisiones e implementarlas.
O sea, si tenemos:
|
|
a. baja capacidad de decidir e
implementar |
b. aceptable capacidad de
decidir e implementar |
|
A. el poder decisorio disperso |
A-a: disperso/ingobernable (la gobernabilidad está fuera
del alcance de la estructura institucional vigente) |
A-b: disperso/gobernable (la gobernabilidad se obtiene
gracias a la capacidad de producción negociada de decisiones) |
|
B. el poder decisorio
concentrado |
B-a: concentrado/ingobernable (la gobernabilidad se intenta
obtener excluyendo; se fracasa en este propósito) |
B-b: concentrado/gobernable (la gobernabilidad se obtiene
gracias a la capacidad de los presidentes para forzar a los otros actores a
cooperar) |
* A-a y B-a: ingobernable
Los tipos A-a y B-a tienen en
común la supuesta prevalencia de un patrón conflictivo en la interacción entre
los poderes. Una visión, académica, interpreta como de combinación conflictiva
la de una serie de rasgos institucionales básicos, que se traducirían en
ingobernabilidad entendida esta como extrema dificultad para la producción de
decisiones y cambios.
Es una visión arraigada en los
medios de prensa, y en la opinión pública (y también entre muchos académicos).
Ya Sarney, en ocasión de la aprobación de la Constitución de 1988, había
predicho que esta tornaría al país ingobernable. Sobrevuela la idea de un
presidente modernizador que quiere reformas y un congreso conservador que las
impide. Una noción complementaria es la de un presidente que defiende el
interés general vs un congreso en el que se atrincheran intereses locales y particularistas,
que lo limita.
A-a: disperso-ingobernable
* Los que consideran Brasil
ingobernable lo hacen, sobre todo, en base a los criterios institucionales
básicos que le dan la forma al régimen político.
El sistema político brasileño es
considerado en muchos análisis que le son dedicados, así como en gran parte de
la literatura comparada, como caracterizado por un diseño institucional de baja
eficacia en la decisión e implementación de políticas públicas -en otras
palabras, como adoleciendo de un serio problema de ingobernabilidad (Lamounier,
1994; Mainwaring, 1991; 1997; Mainwaring y Shugart, 1997; Sartori, 1997;
Shugart y Carey, 1992). Con gran frecuencia en los análisis comparativos
aparece como un caso extremo: entre los más ineficaces (Mainwaring, 1997), caso
extremo de federalismo (Stepan, 1999), etc. Para muchos es esta ineficacia lo
que está en la raíz de los problemas de consolidación democrática (v.g. Stepan,
1999). La clave de la cuestión, según este punto de vista, es que un conjunto
de factores institucionales se refuerza entre sí para “dispersar todavía
más el poder en un sistema político fragmentado” (Mainwaring, 1997). Habría un
“consociativismo exagerado” del sistema político, porque este combina alta
fragmentación partidaria con baja disciplina de los partidos en la arena
parlamentaria, produciendo un sistema más propenso al veto que a la toma de
decisiones.
Los elementos claves de esta
interpretación son: régimen presidencialista, federalismo y sistema partidario.
Una primera aproximación combina régimen y sistema electoral: el
presidencialismo tiene sus propios y serios problemas (el Ejecutivo precisa
obtener respaldo parlamentario en el marco de un sistema que no ofrece muchos
incentivos institucionales para ello (Mainwaring, 1991, Lamounier, 1991). Pero
estos se agravan con un sistema electoral de representación proporcional
(combinación generalmente considerada como la peor; Lijphart, 1994; Jones,
1995) que fomenta el multipartidismo (Mainwaring), y con la forma federal
(Mainwaring, Kinzo, 1999). En suma, presidencialismo, federalismo, y sistema
partidario, como factores que inciden en las características del proceso
decisorio.
Presidencialismo. El primer parámetro
institucional está dado por el presidencialismo. Siguiendo a Shugart &
Carey (1992), y a Sartori (1994) en el sistema presidencialista cuentan las
siguientes características: el jefe del Ejecutivo es electo popularmente; los
mandatos de los poderes ejecutivo y legislativo son fijos y no dependen de la
confianza mutua; el jefe del ejecutivo nombra y dirige la composición del
gobierno; el presidente tiene poderes legislativos constitucionales.
Comparativamente, se considera que tal como en la mayoría de América Latina, en
Brasil el presidente posee poderes legislativos fuertes vis à vis el Congreso
(Mainwaring y Shugart, 1997). El presidente tiene poderes constitucionales
extensos (Mainwaring, 1997). Especialmente a partir de la Constitución de 1988
los presidentes han ganado amplios poderes constitucionales (proactivos y
reactivos). La presidencia brasileña es una presidencia fuertísima en términos
legislativos, administrativos y asignativos (Almeida 1998, Limongi e Figueiredo
1998, Monteiro 1997; Pessanha 1997; Power 1998; Santos 1997, Panizza, 1999).
Federalismo. Aunque el
federalismo en Brasil se remonta a la tradición de gobiernos regionales fuertes
en relación al poder central (dados los recursos económicos y administrativos y
la configuración de los partidos), prevaleciente en la República Velha,
el peso de la dimensión federal varió a lo largo del siglo XX y alcanzaría su
momento más expresivo con la democratización desde 1985.
La interpretación dominante
caracteriza a la estructura federativa brasileña como un caso extremo, de
“federalismo centrífugo” (Couto, 1996), “robusto”: Mainwaring (1997), considera
que de las cuatro naciones federales de América Latina -Argentina, Brasil,
México y Venezuela-, Brasil es el caso de federalismo más robusto. En un
trabajo reciente, organizado en una perspectiva comparativa sobre la dimensión
básica del federalismo, Stepan (1999) considera a las instituciones brasileñas
colocadas en el extremo de mayor demos constraining. Mainwaring estima
que la dimensión federal es un importante elemento de continuidad entre el
sistema democrático hasta 1964 y el actual, y que el federalismo ha dado forma
al funcionamiento del presidencialismo: un robusto federalismo refuerza la
dispersión de poder creada por la fragmentación del sistema de partidos.
En general hay coincidencia en resaltar
las complicaciones que en la materia introdujo la Constitución de 1988, que
introdujo cambios en las relaciones entre el presidente y los estados,
vigorizando el federalismo (Mainwaring, 1997). Por un lado, se concretaron
claras y sustanciales transferencias financieras desde la unión a los estados y
municipios (Kinzo, 1999, Souza, 1999); y en pocos países los gobiernos locales
y estaduales toman una porción tan grande de los ingresos fiscales totales
(Dain, 1995). Por otro lado, los cambios crearon nuevas distorsiones, en la
medida en que no fueron acompañados por una redefinición de las atribuciones
que corresponden a cada nivel. Así (Kinzo, 1999), la nueva constitución generó
zonas oscuras “al atribuir responsabilidad común en salud, educación, vivienda...
en muchas áreas ninguna esfera tiene clara y total responsabilidad...”. Esta
transferencia constitucional de recursos sin responsabilidades, puede ser
considerada una distribución de recursos fiscales, caracterizada por "un
grado de descentralización fuera de lo común: transferencias sustanciales
automáticas, débil condicionalidad sobre el uso de los fondos, poderes
tributarios subnacionales acrecentados, y una débil definición de las
responsabilidades" (Willis, Garman y Haggard,1999).
Finalmente, la fuerza del
federalismo no sería, en Brasil, morigerada por características del sistema de
partidos. Históricamente, los partidos se consolidaron alrededor de los centros
de poder regional y son coaliciones de élites locales (Murilo de Carvalho,
1993); con el paso del tiempo, la diferenciación de los reductos electorales de
los partidos se reprodujo o se acentuó.
Debido a las características de
estos últimos, la lealtad de los parlamentarios se vincula más a sus estados
que a los partidos o a una lógica nacional (Mainwaring, 1997; Abrucio, 1998).
Por lo tanto, los gobernadores inciden poderosamente en las bancadas
legislativas (Kinzo, 1999).
Sistema de partidos. Si los poderes
constitucionales del presidente son extensos, las características del sistema
de partidos hacen que los poderes partisanos (entendiendo por tal que
pueden descansar en mayorías disciplinadas en el congreso) son muy débiles
(Mainwaring, 1997). Esto se debe a la fragmentación del sistema de partidos
tanto como a su baja disciplina.
La visión consagrada de los
partidos brasileños (véase por ejemplo Kinzo, 1997, y Panizza, 1999) subraya en
general tres rasgos: fragmentación partidaria extrema, inestabilidad, y
fragilidad: baja disciplina y fisiologismo. Los partidos serían frágiles dado
que sus elementos constitutivos están aún mal definidos -poco enraizamiento en
el electorado, bajos índices de identificación partidaria, debilidad
organizacional, salvo el PT (liderazgos que se limitan a los que ejercen cargos
electivos, poca participación de miembros y afiliados). Se trataría de partidos
catch all comparativamente indisciplinados, de organización interna
básicamente clientelar.
Así, el sistema partidario es
calificado como subdesarrollado (Mainwaring, 1993; 1997) y de baja
consolidación (Kinzo, 1999); el cuadro partidario se modifica mucho con el
tiempo, y lo hace rápidamente. La distribución de las bancadas varía mes a mes;
junto a la fragmentación y el fisiologismo, todo ello torna para los electores
más difícil diferenciar programas y distinguir quien es quien, porque no
siempre se presentan los mismos actores (cambios de siglas, coaliciones); es
difícil por ende crear identidades partidarias (Kinzo, 1999). La cultura
política prevaleciente presentaría a su vez muchos elementos “antipartido”
(Fausto, 1995). A eso se agrega que si bien los partidos tendrían alcance
nacional, todos ellos estarían fuertemente regionalizados, con las bases de su
poder (organizacionales y electorales) muy desigualmente distribuidas (Nicolau,
1996), lo que los tornaría extremadamente sensibles a las demandas locales y
estaduales. Mainwaring (1997) considera que tanto partidos como políticos
siguen una lógica hiper-federalista y que en gran medida los partidos políticos
nacionales son todavía una federación de partidos estaduales. Como catch all
parties, estarían afectados por un elevado grado de fraccionalismo y falta
de disciplina partidaria, y los políticos tenderían a focalizar excesivamente
en cuestiones locales y estaduales, y serían menos propensos a seguir la línea
de los liderazgos nacionales del partido.
* La consecuencia de todo ello es
que la estructura del poder nacional está fragmentada. Las preferencias
políticas se agregan más en términos estaduales y municipales y se produce un
aglutinamiento de grupos políticos (que atraviesa los partidos) en pro de
intereses estaduales. Las acciones de estados y municipios pueden afectar la
eficacia gubernativa (Kinzo, 1999, Souza, 1999). Los intendentes y gobernadores
han sido poderosos actores con significativa autonomía vis a vis el gobierno
federal y con significativos recursos (Mainwaring, 1993; 1997) y capacidad de restringir severamente la acción del
gobierno federal (Stepan, 1999). Debido a la influencia que tienen sobre sus
bancadas, los gobernadores pueden entorpecer o facilitar los propósitos
presidenciales (Abrucio, 1994), y se constituyen en poderes de veto nacionales
(Abrucio, 1994; Kinzo, 1999).
La relación que puede establecer
según este punto de vista es que las poderosas perrogativas presidenciales que
tienden a la concentración, mal contrapesan los poderosísimos factores de
dispersión. Así lo sintetiza Mainwaring (1997) “sweeping presidential powers
only partially offset the fragmentation created by other institutional arrangements”.
La cabeza del ejecutivo, en
virtud del régimen presidencialista, tiene, como se sabe, la prerrogativa de
estructurar su gabinete, el gobierno es del presidente y no del partido (o la
coalición electoral). En Brasil, el poder de nominación (Panizza, 1999) es
alto. Pero el Ejecutivo precisa obtener respaldo parlamentario (en el marco de
un sistema en que hay, hipotéticamente, bajos incentivos institucionales para
ello). Así, los presidentes necesitan ofrecer posiciones de alto nivel e importante
recursos, y por lo general se embarcan en ese curso de acción. No obstante,
cuando el presidente ofrece un cargo en el gabinete a un partido, el liderazgo
nacional puede apoyarlo pero de eso no se sigue el respaldo de los líderes
estaduales. Si la lealtad de los parlamentarios se vincula más a sus estados
que a los partidos y a una lógica nacional, el presidente, para obtener mayoría
se ve en la necesidad de responder en gran medida a las bases locales y menos a
los liderazgos políticos instalados en estructuras centralizadas (Loureiro y
Abrucio,1999).
Debido a las características del
sistema de partidos, los presidentes están habitualmente en un gobierno de
coalición informal o, excepcionalmente, en un gobierno minoritario. Los
presidentes proceden a conformar coaliciones, pero debido por un lado a la
fragmentación parrtidaria, y por otro a la fragmentación y diversidad regional,
esta configuración es compleja e insatisfactoria porque deben prestar atención
a ambos factores como fuentes de posibles vetos. En suma, la fragilidad
partidária (número, indisciplina, cambio de “legendas”) y el federalismo
“centrífugo” obligarían al presidente a montar un gabinete heterogéneo y
extremadamente difícil de controlar e inefectivo para mantener un respaldo
perdurable en el Congreso. Para constituir la coalición a veces es el caso de
“reclutar el respaldo de legisladores uno por uno ofreciendo acceso a cargos y
recursos...” (Mainwaring, 1997). Los presidentes pueden organizar una coalición
multipartidaria de sustento pero, dado el carácter catch all y la
indisciplina, descansar exclusivamente en el respaldo de canales partidarios es
muy riesgoso para ellos: “cuando son populares, los políticos lo apoyan, cuando
su popularidad cae, tienen dificultades para obtener respaldo para sus
proyectos” (Mainwaring, 1997).
En términos más generales, para
los problemas planteados por los rasgos basicos de fragmentación del sistema de
partidos y federalismo robusto, la formación de coaliciones no sería una
solución efectiva en el marco de regímenes presidencialistas (Kinzo, 1999, y
Jones, 1997) son representativos de este punto de vista). Dado que “no
presidencialismo não existem mecanismos formais que permitam afiançar de forma
eficaz acordos de coalizão, tais quais o caráter colegiado das decisões do
gabinete e a moção de censura ao governo presentes no parlamentarismo”
(Mainwaring, 1993), las coaliciones formadas en una matriz presidencialista
tienen a ser más inestables. El conjunto de prerrogativas formales, y de
instrumentos informales, con los que cuenta el presidente para configurar las
coaliciones, no compensa estas dificultades estructurales, agravadas en el caso brasileño.
En esta clave interpretativa del
funcionamiento de las instituciones brasileñas, régimen y configuración
partidaria se combinan conflictivamente, en lugar de hacerlo cooperativamente
como sería el caso de un régimen parlamentarista: “en regímenes parlamentarios,
los gobiernos de coalición se hacen necesarios cuando el sistema partidario es
fragmentado... la fragmentación aumenta la inestabilidad de los gabinetes pero
no impide necesariamente la cooperación en el proceso decisorio... en Brasil es
distinto... la dinámica del gobierno de coalición en un régimen
presidencialista no es necesariamente producto de la relación de cooperación
entre partidos y gobierno como en el parlamentarismo” (Kinzo, 1999). La
construcción de una coalición es imperativa pero no resuelve el problema sino
que mantiene y reproduce el conflicto. Dada la elevada fragmentación del sistema
partidario, en Brasil es imposible que las urnas produzcan un gobierno
unificado, pero tampoco se produce una situación típica de gobierno dividido,
porque no se constituye una mayoría opositora en el Congreso. Entonces,
“...utilizando los recursos típicos del parlamentarismo se busca crear una
coalición gubernamental con la expectativa de que procediendo de esta manera
se establecerá una relación de cooperación entre presidente y Congreso...
pero en el contexto presidencialista no es lo mismo que una coalición de
partidos integrantes de un gabinete en el régimen parlamentario... y tampoco es
lo mismo que un gobierno unificado a la americana, porque aunque integran la
misma coalición los objetivos electorales específicos de cada partido influyen
en sus posiciones y estrategias. De ahí que la situación brasileña parece
aproximarse más a la dinámica de gobierno dividido que a la de unificado, y
entre Congreso y Ejecutivo predomina una dinámica conflictiva, basada en la
amenaza mutua. Por lo tanto, la probabilidad de cambios de política es más
reducida y por eso las reformas constitucionales cuestan tanto y las Medidas
Provisórias son la forma más frecuente de reformar o implementar.
En suma, poder disperso e
ingobernabilidad (entendiendo por tal extrema dificultad para la toma de
decisiones de efectiva implementación). Como sostiene Mainwaring (1997):
“between 1985 and 1994, the combination of extreme party system fragmentarism,
weak party discipline and loyalty, presidentialism, and robust federalism, hampered
democratic governments from achieving stabilization and state reform. These
institutional features limit the extent to which presidents can implement major
reforms... This attribute in the context of pressing need for stabilization and
state reform... proved to be a liability”.
* El indicador fuerte de
ingobernabilidad sería, por ejemplo en los trabajos de Lamounier (1994) o
Lamounier y Bacha (1994), el fracaso de las sucesivas tentativas de combatir la
inflación. El fracaso en estabilizar, ajustar y reformar se atribuye
principalmente a las características del sistema institucional (Lamounier,
Mainwaring, Stepan).
Uno de los problemas que tienen
diagnósticos de este tipo es que, si ninguno de esos rasgos institucionales
básicos se modificó luego de 1994, porqué a partir de ese año el proceso
político sí cambia, y muy claramente? En el mismo marco institucional, desde
1994 hay dos novedades en términos de desempeño (Palermo, 1998). En primer
lugar, la performance de estabilización y reformas. En segundo lugar, la
relativa estabilidad de la coalición. Importa aquí llamar la atención a la
experiencia de 1999: la popularidad de FHC cayó muchísimo y el respaldo
coalicional se mantuvo (aunque el ritmo de las reformas disminuyó). Hay un
problema analítico serio entonces, porque el tipo A-a (disperso - ingobernable)
no puede dar cuenta satisfactoriamente del proceso político. Dos formas
posibles de resolver este problema analítico serían otras dos interpretaciones
de la tipología (B-a y B-b). Las dos tienen en común sostener que, a pesar de
que los rasgos institucionales identificados en A-a son en general reales
(aunque con importantes excepciones), los presidentes de todas formas
concentran poder decisorio. Las veremos seguidamente.
* B-a: concentrado-ingobernable
Esta perspectiva de
interpretación está muy emparentada con la anterior -al punto que para algunos
de los analistas serían dos caras de una misma moneda. Prevalece una pauta
conflictiva en la interacción de poderes, en base exactamente a los mismos
rasgos institucionales y de morfología partidaria identificados en el tipo
anterior. Sólo que, para superar los extremos riesgos de parálisis decisoria
planteados, los presidentes se valen de las prerrogativas de que disfrutan (que
se conjugan según distintos analistas con diferentes factores políticos). Así,
en virtud de las mismas, los presidentes logran concentrar poder, pero en el
sentido de que lograr excluir del proceso decisorio a otros actores. El precio
que se paga por ello es altísimo; por un lado esta salida afecta al sistema de
representación y a la propia democracia (debido a los constantes riesgos de
quiebra de las reglas constitucionales que esto supone). Por otro, no es sino
una solución temporaria - más temprano que tarde los excluídos se vengan y el
resultado es, recurrentemente, un cuadro de ingobernabilidad.
El elemento central de esta
perspectiva de interpretación es la utilización excluyente, por parte de la
presidencia, de los fuertes poderes legislativos, administrativos y asignativos
de los que cuenta. Dado un polo individual con fortísimos poderes (el
presidente), y otro disperso pero con capacidades de veto (el congreso, los
estados y los partidos), los presidentes tienen un incentivo poderoso para
valerse de los recursos a disposición para intentar excluir a los otros
actores. Lo consiguen, como se puede ver desde 1985 en adelante, a través del
gobierno por decreto. El uso exacerbado de las Medidas Provisorias,
prácticamente en todas las áreas de política pública, las desvirtua al convertirlas
en un instrumento ordinario de legislación, que excluye al Poder Legislativo y
tiende a emascularlo[1].
Muchos de estos autores consideran, no la institución constitucional de las
MPs, sino el uso efectivo que los presidentes hacen de la misma desde 1985,
como una auténtica usurpación de los poderes del Congreso por parte del
Ejecutivo, que procura mantenerlo subordinado (Diniz, 1997; Monteiro 1997;
Santos 1997; Pessanha 1997).
Así, los medios de acción
legislativa a disposición del presidente son entendidos como cumpliendo las
funciones de centralizar el proceso decisorio, de excluir del mismo a otros
actores: “el brasileño es un caso extremo... proceso complejo de toma de
decisiones sobre un contexto de alta fragmentación política... (el) resultado
final no es el fin deseado... el fin deseado a veces se alcanza porque el
Ejecutivo... utiliza los medios de acción legislativa que le garantizan centralización
decisoria...” (Kinzo, 1999).
De tal modo, el riesgo de
conflicto sería sumamente elevado, porque la emisión constante de MPs le
plantea al Congreso el dilema de aceptar como habitual un funcionamiento del
Ejecutivo en ausencia de controles institucionales, o bien de confrontación con
el mismo.
Una variante de esta línea
interpretativa la esboza el propio Stepan (1999). La forma en que, según este
autor, Brasil escapa cuando es “necesario”, a las restricciones (especialmente
derivadas del formato federativo y de las características de los partidos) por
él puntualizadas, consiste en una modalidad “delegativa” -en la clave consagrada
por O’Donnell (1994) -, que estriba en la introducción por decreto de leyes que
contarían con apoyo popular pero que serían bloqueadas por minorías con poder
institucional. Este sería el caso, para autores como Kinzo (1999), si la
distribución electoral de las preferencias arroja como resultado un presidente
sin partido y/o sin base parlamentaria significativa (como lo fue Collor): “en
gobierno dividido (donde predomina la competencia), los recursos a disposición
del presidente van desde la centralización del poder, que es limitada en el
caso norteamericano, a la apelación directa a la opinión pública”.
* Se puede entender que en un
sistema político de régimen presidencialista pero caracterizado a la vez por
una presidencia investida de fuertes poderes proactivos y por muy fuertes
restricciones institucionales, los gobiernos con una voluntad de reforma y
amplio respaldo popular (aunque no mayorías parlamentarias) se vean tentados a
usar los instrumentos de que disponen para excluir a otros actores[2],
y que eso no resulte sino en un espiral de conflicto y un deterioro del sistema
de representación. Pero como forma de interpretar instituciones y gestiones
brasileñas de la Nueva República, el tipo B-a también presenta problemas
analíticos. Ya señalamos la importante discontinuidad existente en el proceso
político a partir de 1994-95. Sin embargo, la información empírica disponible
nos habla de un uso, durante la presidencia de Cardoso, de los instrumentos
proactivos (como las Medidas Provisórias) no menos intenso
cuantitativamente en relación a las presidencias anteriores. Tenemos, no
obstante, un proceso político relativamente exitoso en sus resultados de
estabilización y reforma y continuidad coalicional, y la ausencia de un patrón
abiertamente conflictivo en los vínculos entre los poderes Ejecutivo y
Legislativo, dos conjuntos de acontecimientos que el tipo B-a no puede explicar[3].
* B-b y A-b: gobernable
Los dos siguientes tipos
interpretativos tienen en común, por oposición a los anteriores, la percepción
de que los vínculos entre los actores institucionales no están dominados por
una pauta conflictiva. Para ellos no hay ningún conflicto estructural de
intereses insalvable entre los poderes Ejecutivo y Legislativo. Otro punto en
común es que identifican a la presidencia como el actor central. En ambos casos
se sostiene que dada la estructura de representación (muchos partidos y
relativa debilidad organizacional de la mayoria de los partidos, o foco
particularista de la actuación de sus miembros en el Congreso), los problemas
de coordinación no se resolverían como podría ser el caso con un partido fuerte
y mayoritario - ocupando presidencia y cámaras; sería el caso de gobierno
unificado. La presidencia, en virtud de las condiciones que derivan del propio
formato de régimen, y en su condición de actor individual, puede actuar como
pivote de interrelación del sistema político -casi el único posible. Así, a
diferencia de otros casos en los que el actor central puede ser un partido, una
coalición, una burocracia estatal, etc., el presidente tiene un papel dominante.
Otro elemento en común consiste en la identificación de los principales
instrumentos institucionales y políticos que distinguen (es decir lo
diferencian de muchos otros casos) al presidencialimo brasileño: por un lado,
la importancia de la formación de gabinetes de coalición (Abranches 1988;
Amorim Neto 1994; Deheza 1997; Mainwaring 1997; Thibaut 1998; Meneguello,
1998), a través de los cuales los partidos integran la conducción del Ejecutivo
y proporcionan el necesario respaldo parlamentario; por otro, las instrumentos
proactivos a disposición del presidente. Así, la forma de interacción entre el
Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo es vista como una que se distancia
muchísimo de las interpretaciones enraizadas en la opinión pública más
informada: o bien la del Congreso como un actor que limita la acción
gubernamental, o bien la del Ejecutivo como uno que consigue excluir a aquel
del proceso decisorio.
Pero de aquí en adelante se
dividen nuevamente las aguas; la diferencia básica entre ambos puntos de vista
radica en la interpretación acerca de cómo puede desenvolverse ese actor
central que es el presidente, si de una manera concentradora-excluyente
(concentra capacidad de decisión y excluye a otros del proceso decisorio) o
coordinadora (se constituye en el lugar central de decisiones coordinadas,
negociadas).
* B-b: concentrado-gobernable
Entre los autores más
representativos de este punto de vista se encuentran Figueiredo y Limongi
(1995, 1997; Limongi y Figueiredo, 1998) y Santos (1997; 1999). Para Figueiredo
y Limongi (1995, 1997), el Congreso “está longe de se constituir em obstáculo à
ação governativa do Executivo... o argumento segundo o qual o Congresso se
constitui em bloqueio incontornável às pretensões presidenciais de governar não
se sustenta, quer a partir da leitura dos textos legais, quer a partir das
evidências empíricas. Las evidencias empíricas son en efecto concluyentes,
tanto en lo que se refiere a la edición (elevada), como al rechazo (bajo), de
las MPs por parte del Congreso. La raíz explicativa está colocada en los
mecanismos institucionales a disposición del jefe del Ejecutivo, vigentes a
partir de la Constitución de 1988, y que lo dotan de un poder de agenda
definitorio.
La relación de cooperación en un
sistema “ni unificado ni dividido” se daría en virtud de que el ejecutivo
cuenta con instrumentos decisorios para asegurarla si: a. organiza coaliciones
y b. utiliza los instrumentos para forzar la cooperación de los que ingresan
en la coalición. Es indispensable resaltar el aporte analítico decisivo que
realizan estos autores, en relación al grueso de la literatura que forjó los
patrones interpretativos dominantes hasta hace muy pocos años.
A las imputaciones de parálisis
decisoria y conflicto esta réplica implica que, por el contrario, el país es
gobernable -o está siendo gobernado- con eje en la concentración de poder sobre
una base esencialmente institucional. Si se presta atención a aspectos y
dimensiones que la literatura más convencional apenas considera, resulta claro
que el cuadro institucional producido por la Constitución de 1988 (que mantiene muchas de las atribuciones con
que los gobiernos militares a partir de 1964 habían ido dotando al ejecutivo)
proporciona a los presidentes de varias herramientas para tomar decisiones
efectivas y para forzar la cooperación del parlamento (las Medidas
Provisórias; son la principal de ellas, pero no la única). Como señalan
(Limongi y Figueiredo, 1998): en el presidencialismos los poderes legislativos
del ejecutivo varían... Shugart y Carey argumentan que afectan la estructura de
incentivos presidenciales únicamente; pero los efectos son de otra naturaleza:
determinan el poder de agenda (como capacidad de determinar qué propuestas, y
cuándo, considerará el Congreso), lo que implica influir directamente en los
trabajos, reducir los efectos de la separación de poderes e inducir a los
parlamentarios a la cooperación.
Asimismo, el cuadro de reglas de
juego definido por los reglamentos internos del Congreso actúa convergentemente
al neutralizar el otro de los grandes problemas identificados por la literatura
convencional: esto es, que el sistema electoral no ofrece incentivos a un
comportamiento partidario disciplinado de los parlamentarios. Los trabajos
legislativos están en el Congreso fuertemente centralizados (Limongi y
Figueiredo, 1997, Santos, 1997, 1999) y ello contribuye a asegurar la neta
preeminencia del Ejecutivo. De esta forma, es posible compensar los débiles
poderes partisanos del jefe del Ejecutivo que emergerían de los rasgos institucionales
y partidarios básicos del sistema político brasileño. De acuerdo a este punto
de vista, el presidente sería, en los términos de Mainwaring y Shugart (1997)
(pero en oposición a lo que sostienen estos autores), constitucional y
partidariamente fuerte.
Este doble conjunto de
instrumentos institucionales -las prerrogativas legislativas del presidente, y
los reglamentos que dan forma al proceso de producción legislativa dentro del
Congreso- permite al Ejecutivo actuar congruentemente en dos esferas diferentes
de acción. En una de ellas, la clave sería la capacidad de iniciativa autónoma
del Ejecutivo. Así, como señala Couto (1999), avanzando a partir de los
trabajos de varios de los autores citados, en el caso de Brasil “podríamos
hablar de una lógica mayoritaria en lo que se refiere a la implementación
unilateral de dispositivos legales a través del recurso a las medidas
provisorias...”.
La pasividad del Congreso delante
de la edición y reedición frecuentísimas de MPs por parte del Ejecutivo, sería,
en esencia, la forma a través de la cual el Congreso coopera forzadamente con
la producción legislativa del Ejecutivo que él, debido a la fragmentación y a
la baja cohesión de los partidos, no está en condiciones de llevar adelante.
La otra esfera es la producción
legislativa que no puede concretarse a través de medidas provisórias,
como obviamente es el caso de las reformas constitucionales. Pero hay que
señalar que el rasgo brasileño distintivo en ese sentido no es este, sino, más
bien, la importante “constitucionalización” de regulaciones que concretó la
Constitución de 1988. Es esto último lo que limita severamente la capacidad de
iniciativa autónoma del Ejecutivo. Dada la fragmentación del sistema
partidario, es casi imposible que las urnas produzcan un “gobierno unificado”
(entendiendo por tal que un mismo partido controle el ejecutivo y disponga de
mayoría en el legislativo); pero los umbrales exigidos por la propia
constitución para dar paso a una enmienda exigen la formación de “super-mayorías”
(de 3/5) y por tanto cambia el número de partidos que se precisan para formar
una mayoría en condiciones de aprobar legislación.
Es en relación a este problema
que tanto Figueiredo y Limongi, como Santos (1997), identifican la relevancia
de las formas en que los reglamentos de las cámaras organizan el proceso
legislativo, para sortear el peligro técnico de parálisis decisoria /
ingobernabilidad que podría hacerse efectivo en virtud de las características
de las variables que la literatura más conocida considera en Brasil (régimen
presidencialista, estructura federativa, sistema electoral, partidos).
De tal modo la interpretación
general de estos autores no es la de exclusión, sino la de cooperación forzada.
Santos (1997), por ejemplo, nos habla de “...docilidade do Legislativo para com
o Executivo” y considera suficientemente demostrado que la estructura del poder
decisorio del sistema político brasileño es fuertemente concentrada[4].
* Esta interpretación del
funcionamiento institucional y de las gestiones de gobierno resulta,
claramente, una refutación bastante convincente del tipo A-a (disperso -
ingobernable). Quienes afirman que la fragmentación institucional brasileña
genera una pauta de ingobernabilidad, lo hacen porque no toman en cuenta otras
variables relevantes; una vez que estas se toman en cuenta, se puede entender
porqué los gobiernos -a pesar de que las variables identificadas por
Mainwaring, Kinzo, Stepan y otros autores, funcionen en el sentido que ellos
sostienen-, puedan estabilizar y reformar. Por otra parte, refuta también
convincentemente al tipo B-a: no es correcto que cuando los presidentes optan
por concentrar poder de decisión, lo hagan vía exclusión de actores que,
alienados, encontrarán tarde o temprano la forma de responder generando un
espiral de conflicto e ingoberanbilidad. Los instrumentos a disposición de la
Presidencia alteran, sobre todo (Limongi y Figueiredo, 1998), los incentivos de
los restantes actores a cooperar con la misma -se ven, en esencia, forzados a
hacerlo. Pero no son alienados.
Esta perspectiva tiene el gran
mérito de llamar la atención a variables que en general eran poco tomadas en
cuenta por los diagnósticos anteriores. Pero a su vez tienen un problema semejante,
a nuestro entender, al del tipo A-a, porque, en efecto, los desempeños de
estabilización/reforma son bien diferentes para el período 88-94 y el resto de
la década del 90; entonces, dado que tampoco las variables analíticas que
resalta el tipo B-b cambian desde la Constitución de 1988, la explicación de
las diferencias debe descansar en otras variables.
* A-b: disperso-gobernable
Asumamos que los riesgos de
parálisis institucional son inherentes al presidencialismo. Si constatamos que
las gestiones democráticas brasileñas no han desembocado en situaciones de
parálisis, ¿cómo y porqué las evitaron? Sabemos cómo no las evitaron; se
puede coincidir, parcialmente, con los autores B-a (concentrado -
ingobernable): los intentos de concentrar-excluir pueden ser efectivos en el
corto plazo pero al cabo fracasan en su propósito de gobernabilidad y, además,
deterioran las instituciones democráticas. Si el diseño presidencialista
es proclive a esos riesgos, debido a la existencia de potenciales puntos de veto,
la inteligencia política aconseja (lo
que no significa que esto siempre ocurra) “que toda su dinámica se mueva en la
dirección de la búsqueda de fórmulas de cooperación presidente - Congreso”
(Mustapic, 1997). Si, por otra parte, el presidente es el pivote del sistema
político, ¿en qué carriles debe enderezar sus esfuerzos?[5]
¿En los de fórmulas de cooperación basadas en la sujeción o en las que
predomine la negociación y la búsqueda de consensos?
La interpretación B-b
(concentrado - gobernable) muestra cómo los instrumentos legislativos a
disposición del presidente, fueron frecuentemente mal interpretados: entendidos
como incentivos a excluir, deben ser entendidos como incentivos para alterar
las disposiciones de los congresales, incentivos que los hacen cooperar (ya que
es lo mejor para sus propios intereses), ajustando sus pasos al poder de agenda
presidencial. Con esto el análisis, acertadamente, sale del campo de la
exclusión para pasar al campo de la cooperación. Pero, ¿se trata de incentivos
para someterse por parte de los congresales, o incentivos a organizar la
negociación por parte de la presidencia? A nuestro entender el componente de
negociación no es suficientemente resaltado.
Para defender esta interpretación
del proceso político y las relaciones institucionales brasileñas, precisamos
regresar, en parte, al casillero A-a de la tipología: el poder decisorio
disperso en las instituciones, en múltiples actores con capacidad virtual de
veto. Pero, aun asumiendo este rasgo como un rasgo fundamental del sistema
político brasileño, importa llamar la atención a diferencias cruciales en lo
que se refiere a cómo son percibidos algunos de los actores en juego,
principalmente los partidos políticos.
La visión convencional sobre los
mismos nos presenta unos partidos
débiles - fragmentación partidaria, baja disciplina, fisiologismo, etc.,
problemas que harían que no puedan cumplir con la función que la literatura
identifica como necesaria en un esquema de división de poderes: uno de los
puentes posibles entre el Ejecutivo y el Legislativo, cerrando la brecha del
principio de división. Para lo cual deberían ser pocos, estables y
disciplinados.
Ni pocos, ni muy estables ni muy
disciplinados, los partidos, para algunos investigadores, han cumplido un papel
relevante dentro del funcionamiento de la democracia brasileña, papel que los
aproxima mucho a esa función de “puente” (y que les otorga, al mismo tiempo, un
poder de veto). La cuestión central de un libro reciente (Meneguello, 1998), es
si los partidos son o no importantes para la formación y el desenvolvimiento de
los gobiernos post-1985 en Brasil. La conclusión a la que llega su autora es
que “os partidos exercem papel central na organização e funcionamento do poder
executivo... a dinâmica de coalizões partidárias, compostas pelas maiores
agremiações no Congresso e caraterizadas por um significativo grau de coerência
ideológica, constitui a fórmula dominante para a sua organização e é um aspecto
fundamental das relações entre os poderes legislativo e executivo...”
Un requsito básico para que esto
sea posible es la disciplina partidaria. Y, en efecto, la visión consagrada
sobre los partidos brasileños como adoleciendo falta de disciplina en el
Congreso está siendo puesta seriamente en duda. Los trabajos de Jairo Nicolau
(1999), entre otros, resaltan la existencia de una importante disciplina
partidaria en el parlamento. En parte, la explicación de la disciplina de los
partidos radica en la asimetría que, a favor de los líderes parlamentarios,
establecen los poderes reglamentarios en el Congreso, en relación a los
diputados rank and file (Santos, 1997).
Así las cosas, el panorama
general emergente sobre el sistema político brasileño es uno de dispersión de
poder decisorio en una pluralidad de actores, pero estos actores son más
sólidos y consistentes de lo que la visión convencional ha tendido a creer.
Actores más sólidos tienen una mayor capacidad para desempeñarse como veto
players tanto como para negociar. Con todo -o, al mismo tiempo- el proceso
político brasileño está connotado por una incertidumbre mucho mayor que la que
los autores representativos del tipo B-b (concentrado - gobernable) perciben.
Para autores como Figueiredo y
Limongi, y Santos, la disciplina partidaria en el parlamento contribuye a dar
previsibilidad al proceso de producción legislativa - todo lo contrario de la
hipótesis de la incertidumbre. Pero esto no parece muy convincente. Por de
pronto, por disciplina, en los trabajos empíricos del caso, se considera
la fidelidad de un diputado a la posición del líder de bancada en las
votaciones nominales de los plenarios. Esto es, se trata de un indicador
extremadamente valioso desde el punto de vista analítico, empero nada nos dice
en cuanto a las eventuales dificultades que tienen los líderes para ordenar a
su tropa. Desde luego, en el caso de que el Poder Ejecutivo utilice su
prerrogativa de solicitar tratamiento de urgencia, la votación tendrá que tener
lugar dentro del lapso de los siguientes 45 días y, por lo tanto, sea cual
fuere el estado de la tropa en ese momento. La disciplina en las votaciones en
plenario sería, en este caso, un indicador del control efectivo de los líderes
sobre el baixo clero[6].
Pero, una vez más, esto no resuelve el problema, ya que la solicitud de ese
tratamiento puede depender de la evaluación que conjuntamente efectúen los
líderes gubernistas y el Poder Ejecutivo sobre cómo responderán las bancadas
(se pueden dar unos cuantos ejemplos importantes en ese sentido). En
definitiva, no parece correcto evaluar certeza e incerteza analizando solamente
el tramo final de la formulación de una ley, o sea la votación en la cámara -la
disciplina medida mediante la consideración de cómo votan los diputados una vez
que los líderes se han pronunciado sobre una materia. Ello da certeza en lo que
se refiere al funcionamiento del plenario (aunque también se registran
excepciones significativas), lo que sin duda representa un bien político de
extraordinario valor, pero no da certeza al presidente o al Ejecutivo a la hora
de decidir lanzar o formular una política que suponga tratamiento legislativo.
Como señala Stepan (1999):
“...los líderes políticos tienen mucho capital y recursos políticos, y también
saben hacer las cuentas. Si un poderoso grupo minoritario se coloca en contra
de muchos de sus proyectos favoritos, los líderes serán parsimoniosos en la
medidas que intentarán hacer pasar por ese poderoso grupo de obstrucción.
Metodológicamente, ¿cual de los dos hechos es más importante: que la mayoría de
las medidas propuestas por el presidente sea aprobada, o que el presidente decida
no someter formalmente al Congreso la mayor parte de las medidas que desea
aprobar porque percibe la existencia de grupos de obstrucción? La última opción
es políticamente más significativa[7]”.
Pero, aún más importante, la
disciplina partidaria no es un indicador de que el partido, o los
partidos miembros de la coalición, respondan disciplinadamente al presidente.
La cuestión del número de partidos, variable a la que otorgan importancia
autores como Mainwaring, es nuevamente relevante; tenemos partidos con cierta
disciplina en un sistema multipartidario -el juego no es el mismo que en el
caso de dos partidos (gobierno y oposición); si son varios partidos, el hecho
de que sean disciplinados ciertamente le da previsibilidad al cumplimiento de
los acuerdos, cuando estos se “firman”. Estamos hablando de varios
actores que tienen capacidad de condicionar y eventualmente vetar[8].
La disciplina de las bancadas, en suma,
no asegura por sí sola la efectividad de un gobierno de coalición. Si
los partidos, en coaliciones multipartidarias, han sido en Brasil un puente
entre el Ejecutivo y el Legislativo, no creemos que esto pueda entenderse como
que la preponderancia del Ejecutivo sobre el Congreso equivalga simplemente a
un proceso decisorio concentrado en el presidente y un Congreso sometido al
mismo. Los mecanismos que acertadamente identifica el tipo B-b (concentrado -
gobernable) como aquellos a través de los cuales es posible “transferir el
control de la producción legislativa para un número reducido de actores como el
presidente y los líderes partidarios” (Santos, 1997), no parece razonable
interpretarlos en ese sentido: si líderes partidarios tienen efectivo poder,
hay realmente poder en el Congreso, y poder disperso si el número de partidos
que cuentan es alto.
Con todo, creemos que lo que se
desprende de todo esto no es, como afirma Stepan (1999), en clave B-a
(concentrado - ingobernable), el peligro de que con “un presidente menos capaz
y menos comprometido con la democracia, el componente demos constraining...
podría contribuir para lo que O’Donnell llama ‘democracia delegativa’”. Es, por
el contrario, que el Poder Ejecutivo, como pivote del sistema político, debe
negociar la formulación y la implementación de sus iniciativas políticas,
requieran o no respaldo parlamentario. Esto debe discutirse atendiendo a varias
cuestiones.
* Una de ellas tiene que ver con
los poderes proactivos o autónomos de la presidencia. Hay buenas razones para
pensar que su intensa utilización no equivale ni a un patrón excluyente (como
quiere el tipo B-a) ni a un patrón de sometimiento (como sugeriría el tipo
B-b). En primer lugar, ya hemos visto que existen áreas en las que la producción
legislativa no puede técnicamente hacerse a través de los mismos, por ejemplo
no puede hacerse a través de MPs -las medidas provisorias en ese sentido no son
una respuesta a posibles bloqueos en muchas materias. Esto es muy importante
analíticamente porque, como es bien conocido, muchos autores, en la
controversia interpretativa, han creído ver una una lógica de: bloqueo del
congreso => MPs; pero esto no se sustenta analítica ni empíricamente,
simplemente porque gran parte de lo que es o podría ser bloqueado en el
Congreso no puede legislarse a través de MPs.
En segundo lugar, hay un problema
de eficacia política de las MPs. Figueiredo y Limongi argumentan bien en cuanto
a la capacidad de crear situaciones de hecho de difícil reversión a través de
las mismas. Con todo, esto no puede hacerse en cualquier campo, por razones
político institucionales: cuando se trata de producir
cambios de conjuntos amplios de reglas complejas, cuya efectividad depende de
que sean fijadas con efecto de largo plazo y como tales sean percibidas por los
actores en juego, la emisión legislativa por MPs, en especial si ellas no son
votadas, lo que obliga al Ejecutivo a su reedición mensual, puede tornarlas en
muchos casos inefectivas o contraproducentes[9].
Tercero, las ventajas estratégicas a favor del Poder Ejecutivo (más allá de la
limitación recién planteada) debido a las exigencias, elevadas, para derribar
una MP, son evidentes, pero no son insuperables y, de hecho, ha habido
experiencias importantes de votación contraria durante todas las gestiones,
incluyendo el gobierno FHC. De modo que estos problemas desplazan nuevamente la
cuestión al terreno político-parlamentario. El uso de las MPs, permite hablar
de un patrón dual del proceso de toma de decisiones? (Castro Santos, 1997) De
dos lógicas? (Couto, 1997)
En tercer lugar -y principal-,
importa identificar cuál es el tipo de vínculo que se establece en torno al uso
de las medidas provisorias como mecanismo de producción legislativa. Ya sabemos
como interpreta B-a a las MPs: su emisión es un mecanismo para excluir al
Congreso de la producción legislativa. En B-b aparecen de otro modo: más que
para excluir al Congreso, las MPs son esenciales para forzarlo a cooperar. Sin
embargo hay analistas que entienden el uso de las MPs en una clave más próxima
a A-b: en su emisión por parte del Ejecutivo hay relevantes ingredientes de
negociación. Nobre y Torres Freire (1998), por ejemplo, dicen que (al menos
durante la presidencia FHC) “as edições e reedições de MPs são geralmente
negociadas com parlamentares e grupos interessados, o que, na prática, alterou
substancialmente o uso deste instituto, conferindo-lhe um novo sentido”.
Pero, ¿cuál es ese nuevo sentido? A nuestro entender para capturar ese nuevo
sentido hay que observar la dinámica coalicional. Amorim Neto y Tafner (1999)
proporcionan pistas:
“o Congresso tem o poder de
regular... os efeitos de uma MP entre sua data de publicação e sua de data de
rejeição Se isto é fato, então, tais efeitos... não se sobrepõem completamente
ao status quo no cálculo dos parlamentares. Assim, o intervalo entre a emissão
de uma MP pelo Executivo e sua votação pelo Congresso é justamente o período que
tem o último para escutar possíveis “alarmes contra incêndio” acionados pelos
grupos sociais afetados por uma MP. Ou seja... trata-se de um mecanismo de
monitoramento eficiente e de baixo custo, convenientemente à disposição de um
Congresso notoriamente despreparado, do ponto de vista técnico, para avaliar o
impacto de decisões governamentais... Destarte, a alta taxa de reedição de
MPs pode ser entendida como o resultado não da passividade, incapacidade ou
desinteresse do Congresso em apreciá-las, mas, isto sim, como conseqüência de
uma escolha da maioria parlamentar no que concerne à maneira mais eficaz de
obter informações sobre seus efeitos. Posto de outra maneira, o atraso com que
o Congresso decide sobre MPs é uma forma dele adaptar-se às perdas decorrentes
do agenciamento legislativo feito pelo Executivo. Sendo assim, é plausível
afirmar que o Congresso brasileiro tem como saber se uma MP é melhor do que
o status quo... Não à toa que
grande parte das MPs reeditadas tem seus textos modificados para justamente
atender a reclamos dos aliados do governo.”
Del análisis de autores como
Nobre y Torres Freire, y Amorim Neto y Tafner, surge que las MPs forman parte
de los mecanismos a través de los cuales el Poder Ejecutivo negocia sus
iniciativas -esto es, conserva la capacidad de iniciativa, pero en un marco no
de exclusión ni de sometimiento sino de negociación: en la medida en que su
base de sustentación es una coalición partidaria-parlamentaria, la emisión de Medidas
Provisórias recoge reacciones de los intereses que se expresan dentro de
esa coalición, y los ajustes hechos por el Ejecutivo evitan la eventual
obstrucción parlamentaria o el conflicto -que podría expresarse en el rechazo
de la medida o en la reglamentación del instrumento.
La segunda de las cuestiones se
refiere a los proyectos de ley que el Poder Ejecutivo envía al Parlamento, para
su apreciación dentro del proceso legislativo ordinario. En ese caso, como
observa Couto (1999), cuando el Poder Ejecutivo envía un proyecto de ley al
Congreso, técnicamente “actúa en un escenario en que hay dos veto players
institucionales -las dos casas del Congreso nacional- y diversos veto
players partidarios -las distintas bancadas parlamentarias”. Ese poder de
veto no es puramente formal. Como señala Nicolau (1999), “Ainda que o governo
tenha ganho 90% das votações disputadas em plenário, a crônica da relação entre
Executivo e o Legislativo no primeiro governo de Fernando Henrique Cardoso é
marcada por insegurança e incerteza... Antes de algumas votações - sobretudo
das emendas constitucionais - a maioria parlamentar formal não foi suficiente
para que o governo tivesse certeza da vitória e até que fosse derrotado em 10%
dos casos”.
Esa incerteza parece tener una
dimensión “vertical” y otra “horizontal”: la vertical es consecuencia de la
multiplicidad de miembros de la coalición, cuyas partes pueden o no acompañar
al Ejecutivo; la horizontal tiene que ver con la capacidad de cada partido de
poner en caja su tropa. Tales dimensiones se relacionan entre sí, pero son
distinguibles. Si se conectan las dos cosas, es decir, la relativa capacidad
que tienen los líderes de disciplinar sus bancas (observada en el tipo B-b), y
la incerteza que crea la base de sustentación para asegurar los 3/5 al no
ofrecer una garantía de apoyo integral, puede plantearse la hipótesis de que
los líderes de los partidos juegan estratégicamente manejando este recurso en
relación al presidente[10].
El presidente cuenta a su vez con
recursos para contrarrestar esas fuentes de incerteza, pero los mismos son
bastante costosos y no muy seguros. Nicolau explica que “A não garantia de
apoio integral dos deputados da base de sustentação do governo, o faz depender
(e negociar) com deputados e partidos não-governistas.” La experiencia
observada por Kinzo (1997) de que con gran frecuencia no resulta suficiente
recurrir a los líderes de bloque, y el presidente “debe convencer uno por uno a
300 legisladores”, está lejos de encajar en la noción de que los líderes
partidarios controlan sólidamente el proceso legislativo. También Nicolau
(1999) señala que “Um tema pouco explorado nos estudos sobre a relação entre
Executivo e Legislativo no Brasil é o processo de negociação individual do
chefe do executivo com deputados dos partidos que não estão na base de
sustentação do governo.”
La tercera de las cuestiones
alude a los efectos del principal recurso que emplea el presidente para sortear
los riesgo de parálisis decisoria, esto es, la formación de gabinetes de
coalición. En esencia, los partidos proporcionan el necesario respaldo parlamentario
y, como contrapartida, integran la conducción del Ejecutivo. Este procedimiento
cruza las líneas divisorias del régimen presidencialista, configura una
coalición con capacidad de gobierno pero, al mismo tiempo, tiene efectos
sumamente significativos sobre la propia estructura del Poder Ejecutivo.
Básicamente, redefine su naturaleza como arena política al punto de que pueda
distinguirse dos campos: el presidente y la presidencia.
El presidente debe dar en el
gabinete una expresión a los actores partidarios (tomando en cuenta a su vez la
dimensión regional) cuyo respaldo en el Congreso procura garantizar. El
presidente continúa siendo un actor obviamente individual pero, ahora, la
presidencia debe ser percibida como un actor colectivo. Esto, desde luego,
plantea el problema de la cohesión. En tesis, los ministros, designados
por el presidente, pero “representantes” de sus partidos y/o regiones, pueden
expresar intereses y orientaciones relativamente diferentes a las del
presidente, y disponen de cierto margen de acción autónomo en el proceso de
formulación de políticas. El peligro puede identificarse en las líneas clásicas
de la literatura sobre políticas públicas y/o políticas de reforma: cuando
dentro del equipo de gobierno hay divisiones, el proceso de toma de decisiones
es más lento y dificultoso y son mayores los riesgos de bloqueo. En otras
palabras, el problema de sortear a través de la cooperación los riesgos de
parálisis e ingobernabilidad, se ha desplazado al interior del Poder Ejecutivo.
Quizás sea por tanto engañoso considerar simplemente como “mayoritaria” la
arena legislativa “autónoma” del Ejecutivo. Al respecto hay evidencia empírica;
es el caso, por ejemplo, de la política de privatizaciones (Tavares de Almeida,
1996; Tavares de Almeida y Moya, 1997), en la que los obstáculos principales
emergen mucho menos en la relación Ejecutivo - Legislativo y mucho más de los
conflictos al interior del gabinete del presidente. La autonomía del presidente
encuentra límites de importancia, por lo tanto, en un arco doble: la
Presidencia como tal los encuentra en el Congreso y, a su vez, el presidente
los encuentra dentro de la propia Presidencia.
Desde luego, esto no asignifica
en modo alguno que el presidente pierda capacidad de iniciativa -significa, una
vez más, que el presidente debe negociar y que los partidos cuentan, en la
propia arena presidencial, con canales abiertos de acceso e influencia
permanentes. Los recursos con los que el presidente cuenta para conservar la
iniciativa en este juego complejo son muchos, y, hábilmente utilizados, en
general decisivos, pero su naturaleza nos revela, a su vez, la índole del
proceso decisorio. Es decir, se trata de recursos que hacen patente que en las
áreas en que son emepleados el presidente no siempre puede definir con libertad
el contenido de las políticas, a veces lo que puede hacer apenas es evitar que
el rumbo sea uno contrario al que le interesa, o llevar adelante acomodamientos
graduales. Siguiendo a Loureiro y Abrucio (1999) y a Panizza (1999), puede
verse que entre los elementos de vinculación de las características del sistema
político y el tipo de burocracia existente en Brasil, algunos juegan a favor de
esta posibilidad. Primero, el presidente, como constructor de su gabinete por
atributo del régimen presidencialista, goza de una importante “capacidade de
montar e remontar estruturas administrativas vinculadas ao seu projeto
político, bem como poder de nomeação independentemente dos arranjos
burocráticos mais perenes (spoil system)”; segundo, los fuertes poderes
legislativos con los que cuenta, ya discutidos, a los que se agrega el hecho de
estar, la carrera de la clase política, “direcionada mais para os postos no
Executivo... no Brasil, a meta principal do parlamentar não é a reeleição mas
ocupar cargos no Executivo, de todos os níveis de governo, que potencializem
sua carreira política” (Abrucio y Samuels, 1997).
Por ejemplo, Loureiro y Abrucio
(1999) muestran la importancia crucial del Ministério de Fazenda para
controlar el comportamiento de los ministerios y áreas en las que no hay
“hombres del presidente” -aquellas “cedidas” a los partidos miembros de la
coalición o aún a sectores del propio partido del presidente cuya afinidad
puede no ser plena en lo que se refiere al contenido de la política del caso.
Mediante la liberación administrada (contingenciamento, en la jerga
ministerial) de los recursos establecidos en la ley del presupuesto, el
ministerio económico direcciona, limita y condiciona a los restantes cuando es
necesario. No menos importante es el uso presidencial de la capacidad de
nominar por debajo de los niveles ministeriales que ha tenido que ceder. Así lo
explican Loureiro y Abrucio: “...pode ocorrer que o ministro não tenha sido
escolha do presidente, mas foi nomeado por força de negociações necessárias a obtenção do apoio parlamentar
de seu partido ao Executivo, em governos de coalização partidária ou que
dependem de negociações clientelísticas. Mesmo no Ministério da Fazenda, de
modo geral resguardado da barganha parlamentar, houve situações na Nova
República em que isto aconteceu. Nessas circunstâncias, o poder do presidente
pode se manifestar na escolha do secretário executivo e/ou de outros cargos
estratégicos”. Es importante tener en cuenta que los altos escalones de la
administración pública -que, como explican Loureiro y Abrucio, fue edificada a
partir de cargos en lugar de carreras burocráticas-, están siempre ocupados por
una densa capa de funcionarios de alta calificación técnica y experiencia
política y conocimiento de la máquina burocrática (“bons esplanadeiros”),
funcionarios que rotan constantemente entre ministerios y dentro de los mismos[11].
Esto significa que la posibilidad
de valerse plenamente de funcionarios nombrados en segundos o terceros
escalones para ejercer un control efectivo, por parte del presidente, de la
formulación o implementación de políticas en diferentes ministerios “cedidos”,
depende del capital político-burocrático acumulado por cada presidente al
momento de asumir el cargo -si la red de esplanadeiros de confianza
personal de la que dispone es reducida, ello repercutirá negativamente en su
capacidad para mantener la cohesión de la Presidencia.
* Parece conveniente conectar
ahora los tres aspectos recién discutidos, esto es, los poderes de decisión autónoma
la Presidencia, la relación con el Congreso en la tramitación de legislación
ordinaria (y de reforma constitucional), y la formación de gabinetes de
coalición. ¿Se nos presenta, como entienden algunos autores, el panorama de un
“presidente constitucional y partidariamente fuerte”? No parece que sea el
caso; aunque la iniciativa en la formulación de políticas sin duda está en
manos del presidente, el núcleo del poder decisorio parece estar radicado en la
coalición, no en la cabeza del Ejecutivo. En la medida en que la necesidad de
organizar el gabinete en función de poner en movimiento -y mantener en
funcionamiento- la coalición, introyecta en la Presidencia, en cierta medida,
el poder de veto de los partidos que conforman la coalición y que vinculan la
Presidencia con el Congreso, en la misma medida los poderes constitucionales
fuertes son morigerados por la naturaleza de los poderes partidarios.
Creo que el mecanismo que testea
esta interpretación es la relación política que se establece entre presidente y
Congreso en torno a las Medidas Provisórias; como es conocido, de tanto
en tanto los líderes partidarios levantan, en el Congreso, la cuestión de
reglamentar la edición y reedición de las MPs, cubriendo las lagunas que han
permitido al Ejecutivo valerse del decisivo mecanismo de reedición. En algunas
ocasiones, como por ejemplo durante la administración Collor, las advertencias
formuladas tuvieron efectos políticos muy perceptibles. La retórica que
acompaña esta “amenaza” bate, por lo general, en la tecla más conocida, la del
supuesto “decisionismo” con que el presidente excluye del juego al Congreso,
“cuya paciencia no es infinita”, etc. A nuestro entender, la formulación de
estas advertencias es una señal clara de tensiones coalicionales: la mayoría
parlamentaria (o parte de la misma) considerará “abusivo” el mecanismo de
reedición de MPs, no en abstracto, sino cuando hay diferencias significativas
de contenido en las políticas, entre los rumbos que escoge la Presidencia y las
preferencias de toda o parte de la base partidaria, y/o cuando el Ejecutivo se
muestra recalcitrante en relación a demandas provenientes del Congreso para que
sean alterados contenidos en particular de determinadas políticas. Es cuando
los componentes de la coalición tienen una orientación programática común
-como en el caso de las privatizaciones en el Congreso- que el camino está
despejado. Si hay una mayoría parlamentaria que respalda un rumbo general, y la
edición y reedición de MPs incluye de hecho mecanismos de negociación, entonces
el Legislativo no considerará “abusivo” su uso (salvo pour la galerie,
con excepción, claro, de los partidos de oposición).
En suma, una dimensión importante
de esta interpretación, es la que recoloca, en contraste con las visiones
consagradas polares, el papel de la presidencia. En teoría, en el
presidencialismo, el presidente es elegido y estructura el gabinete para llevar
a cabo “sus” políticas. En Brasil el presidente ciertamente cuenta con esta
prerrogativa; sin embargo, debe estructurar el gabinete prestando atención a un
doble propósito, lo que le da al presidencialismo brasileño su color
particular: por una parte, debe hacerlo en función de sus objetivos de política
pública general y sectorial; por otra parte, debe hacerlo en función del objetivo
de organizar el respaldo de los partidos políticos en el Congreso. No sólo no
puede dar por descontado este respaldo (raramente esto ocurre) sino también que
no puede darlo por descontado aún en el caso de que atienda a él intensamente
en la configuración del gabinete. Puede decirse, con Amorim Neto (1994), que
si, para obtener apoyo parlamentario, el presidente distribuye cargos en el
gabinete, esto tiene un efecto paradojal: “garante a maioria ao presidente mas
o torna mais fraco na montagem de seu gabinete”. El tipo A-a
(disperso-ingobernable) identifica esta cuestión como un dilema da
gobernabilidad (Mainwaring, 1993). Sin embargo, el cuadro institucional
brasileño presenta muchos elementos que juegan a favor del presidente de un
modo que le permite mantener, relativamente, tanto la coalición como la
coherencia de sus políticas, en la medida en que su estilo de formulación e
implementación sea congruente con las características básicas de la morfología
político institucional.
Así las cosas, nuestra impresión
es que, a la luz de la literatura más reciente, lo que ha tenido lugar es un
significativo desplazamiento de los términos del debate institucional. Hasta
recientemente el debate central estuvo colocado en el eje de la gobernabilidad:
¿Brasil es o no gobernable? Los términos del debate actualmente han cambiado.
Ya no se trata tanto de discutir si Brasil es gobernable o no (lo es). Se trata
de dilucidar con qué estructura de poder esa gobernabilidad se vincula -cómo
Brasil es gobernable.
Si se asocia gobernabilidad con
producción decisoria, no vemos razones para creer que Brasil es ingobernable.
Dentro de los límites inherentes a la política como tal -el sistema político
brasileño puede parir un Collor, pero también puede darle un basta. Esto significa
que hay una afinidad electiva entre ciertos estilos políticos y determinadas
morfologías institucionales. Pero, desde luego, esta relación está afectada por
variables intervinientes que son, a veces, de decisiva importancia. Lo que por
su vez abre la discusión sobre las limitaciones del análisis puramente
institucional para la comprensión de los procesos políticos. Más adelante
volveremos sobre esta cuestión. Pero, de momento, la hipótesis B-a resiste la
falsación contrastada con las caratcerísticas del proceso político brasileño de
la Nueva República. Desde la Constitución de 1988 la morfología institucional
habría permanecido básicamente sin cambios. Pero los rasgos de las gestiones,
político-coalicionales tanto como de desempeño de gobierno, fueron muy
diferentes. Estas diferencias parecen descansar en la mayor o menor afinidad
entre estilos políticos y morfología institucional.
Bibliografía
Abranches, 1988
Abrucio, 1994
Abrucio, 1998
Abrucio y Samuels, 1997
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Castro Santos, 1997
Couto, 1996
Couto, 1997
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Dain, 1995
Deheza, 1997
Diniz, 1997
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Jones, 1995
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Lamounier, 1991
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Mainwaring, 1991
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Mustapic, 1997
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Nobre y Torres Freire, 1998
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Palermo, 1996
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Panizza, 1999
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Pessanha, 1999
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Tavares de Almeida, 1996
Tavares de Almeida y Moya, 1997
Thibaut, 1998
Willis, Garman y Haggar, 1999
[1] Como explica Pessanha (1999): “A possibilidade de reedições permanentes por parte do Executivo, permite que as medidas provisórias vigorem por longo tempo sem que o plenário da Câmara delibere sobre elas. Durante o governo de Fernando Henrique Cardoso foram editadas 135 medidas provisórias originais e reeditadas 2179 outras. Desse total, apenas 112 foram votadas pelo Congresso. As medidas provisórias, são votadas em sessão conjunta da Câmara dos deputados e Senado.”
[2] De hecho, esta es la discusión teórica que plantean Carey y Shugart (1995).
[3] Para una discusión sobre los límites de este enfoque analítico para los casos brasileño y argentino, ver Palermo, 1999 y 2000.
[4] El propio vocabulario que utilizan Figuereido y Limongi hace patente la interpretación. Uno de sus textos lleva en el título las palabras abdicación y delegación (los autores concluyen en que el congreso delega, no abdica). Abdicación tiene todo que ver con exclusión, quien abdica es excluído del juego: desistir, renunciar, resignar, abandonar; en portugués, en lenguaje coloquial, abrir maão. El presidente fuerza al congreso a abrir mão, lo excluye del proceso decisorio. En el segundo caso, delegar puede ser entendido en dos formas diferentes: la primera, más próxima al lenguaje común, es la consagrada (como interpretación de los procesos políticos latinoamericanos) por O’Donnell: Investir na faculdade de obrar; transmitir poderes; enviar (alguém) com poderes de julgar, resolver, obrar; encarregar, incumbir; la segunda tiene que ver con la teoría de la delegación (...). En ambos casos, sin embargo, de lo que se trata es de que el presidente utiliza los medios institucionales a su alcanca para forzar al Congreso, no a abdicar, sino a cooperar delegándole.
[5] Aclaramos que el debe no es normativo, sino en arreglo a la efectividad; maquiavelianamente, lo que la prudencia política aconsejaría conforme al entorno en que un presidente se ha de desenvolver.
[6] Cualitativamente, Amorim y Tafner (1999) ponen en duda esta capacidad, insistiendo en la debilidad de los partidos (del punto de vista del control que sus liderazgos nacionales ejercen sobre el “baixo clero”.
[7] Stepan agrega que su afirmación encuentra respaldo en las entrevistas con ministros del gobierno Cardoso que sostuvo en distintas ocasiones.
[8] En el caso de Meneguello (1998), su estudio hace patente la relevancia de los partidos en un enfoque que tendería a considerarlos bastante claramente como veto players en el marco de las coaliciones gobernantes.
[9] Véase esta discusión para el caso de los decretos de necesidad y urgencia en Argentina, en Palermo (1996).
[10] Como vimos, un aporte fundamental del tipo interpretativo B-b, es en relación a la organización del proceso legislativo dentro del Congreso. Santos lo ve, en Brasil, extremadamente centralizado, en el plenario y con eje en los líderes partidarios, que al formarse una comisión temporaria especial, redefinen la composición del grupo que formulará el parecer. Por lo tanto, intervienen; pero ¿bajo qué condiciones se forma una comisión especial? El proyecto tiene que haber sido enviado a tres o más comisiones permanentes... Pero, sobre todo, si hay más de 50 comisiones especiales, eso significa que los líderes no pueden centralizar de hecho el proceso legislativo en el plenario.
[11] Para un análisis del funcionamiento informal del sistema burocrático brasileño de “carreiras e nomeações” y de sus consecuencias no previstas por el abordaje convencional de la teoría de las organizaciones, véase Schneider (1994).