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SITUACION  JURIDICA DEL GRAN MAESTRO

A principios de los años 90’s, el Sr. Isaac Schuster Smith solicitó al Sr. Juan Chaljub un prestamo personal por Col. $25’000.000 (US $20.000 aprox.), y avaló el credito con dos cheques personales por valor de Col. $15’000.000 uno, y Col. $10’000.000 el otro, a favor del Sr. Juan A. Chaljub Chaljub, hijo de quien le prestó el dinero.  El Sr. Juan Chaljub (padre) murió de un ataque al corazón; y al vencimiento del crédito su familia trató de cobrar los cheques girados por el Sr. Isaac Schuster Smith, pero la cuenta sobre la que habían sido librados estaba saldada.

Ante esta situación, la familia Chaljub le pidió personalmente al Sr. Isaac Schuster Smith que pagara la deuda contraída con su padre.  El Sr. Isaac Schuster Smith manifestó que no tenía dinero en ese momento para pagar, pero que podía entregar un titulo de capitalización de la firma Selfiducia S.A. que estaba pagando y la familia Chaljub podía cobrarlo al vencimiento del mismo, y cobrarse de esta forma la deuda.  La familia Chaljub aceptó esta forma de pago y recibió el titulo de capitalización.

Al vencimiento de los términos pactados entre el Sr. Isaac Schuster Smith y la familia Chaljub para el cobro del titulo valor, el Sr. Juan A. Chaljub Chaljub, representante legal de su familia, se presentó en las oficinas de la firma Selfíducia S.A, para cobrar el título valor que había recibido de Isaac Schuster Smith como pago de la deuda por Col. $25’000.000, y encontró que este ya había sido cobrado por el mismo Sr. Isaac Schuster Smith días atras.

Ante la gravedad de estos hechos, el Sr. Juan A. Chaljub Chaljub procedió a entablar denuncia penal contra el Sr. Isaac Schuster Smith.  En la Físcalía 1ª de la Unidad de Delitos Contra el Patrimonio Económico se abrío el Proceso Nº 13497, contra el Sr. Isaac Schuster Smith por el delito de ESTAFA AGRAVADA, con fecha Junio 4 de 1997.

Adicional a este proceso de carácter penal, la familia Chaljub instauró demanda civil contra el Sr. Isaac Schuster Smith, para que este pague la deuda contraída años a tras.  De acuerdo con las Leyes de la República de Colombia y el Código de Procedimiento Penal Colombiano, aún llegando a una conciliación para el pago de la deuda, la conducta cometida de ESTAFA AGRAVADA es dolosa y punible, y sigue siendo materia de investigación y sanción por parte del Estado Colombiano.
 


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COINCIDENCIAS ?

En el proceso que la Fiscalía General de la Nación le sigue al Sr. Isaac Schuster Smith, 33º, por el delito de ESTAFA AGRAVADA, hemos encontrado lo siguiente; y nos preguntamos si serán solo coincidencias:

José Iván Ascanio Peñas Guerra vió la Luz Masónica en la Resp\ Log\ COLOMBIA Nº 61, de la que su padre Ascanio Peñas Ricaute fuera uno de los fundadores en 1.949. En esta Logia ocupó el cargo de Segundo Vigilante y de ella pidió su Carta de Quite, para formar con otros Maestros Masones del Valle de Cartagena y del Valle de Bogotá una Logia jurisdiccionada a la Serenísima Gran Logia Nacional de Colombia con el nombre de GERMINACIÓN DEL CARIBE Nº 78.

En la vida profana, José Iván Ascanio Peñas Guerra estuvo vinculado a la Fiscalía General de la Nación en el Cargo de Fiscal Delegado ante el Tribunal de Bolívar. Después de su retiro de la Fiscalía se ha desempeñado como Abogado Litigante con la firma Toncel - Botero Abogados Asociados. Isaac Shuster Smith, 33º, le dio poder amplio y suficiente para que lo defendiera en la denuncia por el delito de estafa en su contra.

Wilson Toncel Gaviria vio la Luz Masónica en la Resp\ Log\ HOSPITALIDAD GRANADINA Nº 1, Logia Madre de Colombia, de la que fue su Venerable Maestro y pidió su Carta de Quite para hacer parte del grupo de Maestros Masones fundadores de la Res\ Log\ GERMINACIÓN DEL CARIBE, de la que fue su primer Venerable Maestro. En la vida profana, Wilson Toncel Gaviria es socio de la firma Toncel - Botero Abogados Asociados,

Julián González Roa vio la Luz Masónica en una Logia del Valle Capital de Bogotá , y fue exaltado al sublime grado de Maestro Masón en la Resp\ Log\ GERMINACIÓN DEL CARIBE Nº 78 jurisdiccionada a la Serenísima Gran Logia Nacional de Colombia, con sede en el Valle Capital de Cartagena, en la que se desempeña como Secretario para el período 98-99. En la vida profana, Julián González Roa es abogado y litiga en forma independiente. La familia Chaljub le otorgó poder amplio y suficiente para que los representara, y en su nombre colocara denuncia penal en la Fiscalía General de la Nación contra Isaac Schuster Smith, 33º.

De la misma Logia, GERMINACIÓN DEL CARIBE Nº 78, son miembros activos y cotizantes el abogado defensor y el abogado acusador del Sr. Isaac Schuster Smith, 33º

En el ESTATUTO DEL ABOGADO, reglamentado por el Decreto Nº 196 de 1991 (Febrero 12), por el cual se dicta el estatuto del ejercicio de la abogacía; en su TítuloV, DEBERES PROFESIONALES DEL ABOGADO, Artículo 47, Numeral 4º, a la letra dice: "Obrar con absoluta lealtad y honradez en sus relaciones con los clientes".

A nosotros nos queda esta inquietud: ¿Julián González Roa, antes de aceptar ser el apoderado de la familia Chaljub, le manifestó a ella sus nexos y dependencia masónica de Isaac Schuster Smith, 33º, Gran Maestro de la Serenísima Gran Logia Nacional de Colombia, a quién debería denunciar penalmente?

Nos agradaría que el Sr. Juan Chaljub nos respondiera esta pregunta.


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